Administración Local
Puerto Lumbreras
12630
NPE: A-281215-12630
IV. Administración Local
Puerto Lumbreras
12630 | Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles. |
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo
“Se modifica el artículo 9.3, a) y 9.3 c) 9.3 a) y 9.3 c) de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, que quedará con la siguiente redacción:
9.3. Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes:
a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 0,500%
c) Bienes inmuebles rústicos será de 0,450%”
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Puerto Lumbreras, 9 de diciembre de 2015.—La Alcaldesa, María Ángeles Túnez García
NPE: A-281215-12630