IV. Administración Local Puerto Lumbreras 12630 Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles. Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo ?Se modifica el artículo 9.3, a) y 9.3 c) 9.3 a) y 9.3 c) de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, que quedará con la siguiente redacción: 9.3. Los tipos de gravamen aplicables en este Municipio serán los siguientes: a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: 0,500% c) Bienes inmuebles rústicos será de 0,450%? Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso?administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En Puerto Lumbreras, 9 de diciembre de 2015.?La Alcaldesa, María Ángeles Túnez García. A-281215-12630