Administración Local
Blanca
1320
NPE: A-190216-1320
IV. Administración Local
Blanca
1320 | Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicio de centro de conciliación. |
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Blanca en sesión del 22 de diciembre de 2015, mediante el que se aprobó la modificación de las Ordenanzas Fiscales que abajo se detallan, sin que se haya producido alegación alguna, se eleva a definitivo de manera automática el mismo, por lo que para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica íntegramente el texto:
1.º- Modificación de ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicio de centro de conciliación.
A.- Se modifica la denominación, que pasa a ser:
Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de punto de atencion a la infancia y escuela infantil.
B.- Se modifica el articulado, que pasa a ser:
Artículo 1.- Será objeto de esta tasa la prestación del servicio educativo infantil en los Punto/s de Atención a la Infancia y/o Escuelas infantiles municipales
Artículo 3.- Vendrán obligados al pago de la Tasa los padres/madres de los niños/as que estén en situación de alta en cualquier de los Punto/s de Atención a la Infancia y/o Escuelas infantiles municipales, y en su defecto, los familiares o tutores a quienes corresponda el ejercicio de la patria potestad
Artículo 5.- La cuantía de la Tasa regulada en estas normas será la fijada en las tarifas que siguen:
Epígrafe A - Servicios básicos
Tipo | Sin comedor | Con comedor* |
Matricula 1 mes | 160€/mes | 210€/mes |
Matricula de 4 a 6 meses | 145€/mes | 195€/mes |
Matriculo más de 6 meses consecutivos | 130€/mes | 180€/mes |
* Segundo hijo: Pago del 50% cuota.
* Servicio comedor: Queda sujeta su prestación a la existencia de 8 matriculas con dicho servicio.
Epígrafe B - Servicios complementarios
Tarifa | |
Comedor (niños escolarizados) | 85€/mes |
Epígrafe C - Otros servicios/cuotas
Tarifa | |
Seguro | 12,02 niño/año escolar |
Contra los presentes acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Blanca, 10 de febrero de 2016.—El Alcalde, Pedro L. Molina Cano
NPE: A-190216-1320