Comunidad Autónoma
Disposiciones Generales
Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas
3702
NPE: A-110311-3702
I. Comunidad Autónoma
1. Disposiciones Generales
Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas
3702 | Orden de 24 de febrero de 2011, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se modifica la relación de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia. |
La Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, cuyo Texto Refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, así como la normativa reglamentaria que la desarrolla, en especial el Decreto 46/1990, de 28 de junio, configuran las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública Regional, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto así como sus características, estableciéndose, asimismo, el carácter público de las mismas.
Por Orden de 30 de mayo de 1997, de la Consejería de Presidencia, se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia (suplemento n.º 4 del BORM., n.º 131, de 10 de junio).
Por Orden de 22 de enero de 1999, de la Consejería de Presidencia, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la región de Murcia (BORM n.º 36, de 13 de febrero), se hizo pública la misma adaptada al modelo establecido por el Decreto 32/1998, de 4 de junio.
Por Orden de 11 de marzo de 2004, de la Consejería de Hacienda se hizo pública la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia actualizada a fecha 1 de marzo de 2004, ajustada al modelo aprobado.
En la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Agricultura y Agua aparecen configurados actualmente los puestos “Controladores P.A.C.”, códigos C400022, CC00113 y CC00119, estando considerados en la propia relación de puestos de trabajo como a adecuar, y así aparece en el apartado de observaciones de los mismos la clave “A.D.”.
Se trata por tanto de puestos, que conforme al Decreto 46/1990, de 28 de junio, necesariamente ha de adaptar sus requisitos de desempeño al quedar vacantes. En este caso la adecuación, a la vista de la plantilla tipo recogida en la Orden de 23 de mayo de 1997, de la Consejería de Presidencia, y sus posteriores modificaciones, y de la propia naturaleza de las funciones a desempeñar, así como de los criterios de estructuración de los tipos de puesto, pasa por adscribir los puestos únicamente al cuerpo de naturaleza técnica, así como por modificar el nivel del complemento de destino y la cuantía del específico y el código de puesto.
Desde el momento en que la propia relación de puestos de trabajo, disposición de carácter general, atribuye a un puesto de trabajo el calificativo “a adecuar”, contiene implícitamente un mandato de adecuación que ha de ser cumplido por la Administración Pública tan pronto se cumple la condición, fijada por la propia normativa, de que el puesto de trabajo quede vacante.
Quedando los puestos a adecuar vacantes procede, sin más trámites que su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, configurarlos adecuándolos a las exigencias organizativas y de conformidad con la estructura de puestos vigente.
En el ejercicio de la potestad autoorganizadora de la Administración Regional, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 19.5 del Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Función Pública de la Región de Murcia,
Dispongo:
Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, en los siguientes términos:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y AGUA
El puesto de trabajo de Controlador PAC, código C400022, en Cuerpo/Opción debe suprimirse:”Cuerpo Auxiliar Administrativo”, y del apartado observaciones: “A.D.”
Los puestos de trabajo de Controlador PAC, códigos CC00113 y CC00119, donde dicen: “nivel C.D. 20, complemento especifico: 7.684,18€”, debe decir: “nivel C.D. 18, complemento específico: 6.628,30€”, en Cuerpo/Opción debe suprimirse “Cuerpo Administrativo”, y en el apartado observaciones debe suprimirse “A.D.”, y asignarle los códigos C400033 y C400034, respectivamente.
Segundo.- La presente Orden tendrá efectos de 1 de marzo de 2011.
La Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, M.ª Pedro Reverte García.
NPE: A-110311-3702