Región de Murcia

Orden de 18 de marzo de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Publicas, por la que se modifica la Orden de 15 de julio de 2009, del citado departamento, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la Región, con destino a la protección civil municipal y a las organizaciones de voluntarios de protección civil para 2009.

Borm Nº 73, martes 30 de marzo de 2010

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

Nº de Publicación:

5610

Análisis:

NPE: A-300310-5610

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas

5610 Orden de 18 de marzo de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Publicas, por la que se modifica la Orden de 15 de julio de 2009, del citado departamento, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la Región, con destino a la protección civil municipal y a las organizaciones de voluntarios de protección civil para 2009.

Orden de 18 de marzo de 2010, de la consejería de presidencia y Administraciones Publicas, por la que se modifica la orden de 15 de julio de 2009, del citado departamento, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a ayuntamientos de la región, con destino a la protección civil municipal y a las organizaciones de voluntarios de protección civil para 2009.

Por Orden de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, de 15 de julio de 2009, publicada en el BORM n.º 172 de 28 de julio , se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a los Ayuntamientos de la Región, con destino a la protección civil municipal y a las Organizaciones de Voluntarios de Protección Civil para 2009, con la finalidad de contribuir a la mejora de las prestaciones que en la citada materia desarrollan las entidades locales y las organizaciones municipales de voluntarios.

El artículo 13.1 de la citada Orden, en el párrafo primero, establece los plazos en que los Ayuntamientos beneficiarios han de justificar las actividades subvencionadas, diferenciando un plazo general que finaliza el día 30 de marzo de 2010 y un plazo referido únicamente a las actuaciones de mejora de locales y obras de infraestructura, que concluye el día 30 de junio.

Como consecuencia de la aplicación de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 30 de octubre de 2009, por la que se regulan las operaciones de cierre de dicho ejercicio, modificada por Orden de 24 de noviembre, se hace necesario modificar el citado artículo 13, estableciendo un nuevo plazo general de justificación de las subvenciones, cuyo término se hace coincidir con el de mejora de locales y obras de infraestructura, a fin de mantener las condiciones en que las subvenciones fueron otorgadas, y evitar un posible perjuicio a los Ayuntamientos beneficiarios.

En su virtud, a propuesta del Director General de Emergencias

Dispongo

Artículo único. Se modifica el párrafo primero, del artículo 13.1 de la Orden de 15 de julio de 2009, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones a Ayuntamientos de la Región, con destino a la protección civil municipal y a las Organizaciones de Voluntarios de Protección Civil para 2009, quedando redactado en los siguientes términos:

“1. El plazo de justificación de las actividades subvencionadas finalizará el día 30 de junio de 2010. La justificación de los fondos percibidos y las actividades realizadas se realizará acompañando la siguiente documentación:”

Murcia a 18 de marzo de 2010.—La Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, María Pedro Reverte García.



NPE: A-300310-5610