Región de Murcia

Orden de 29 de diciembre de 2009, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se modifica la Orden de 30 de abril de 2009, por la que se aprueba las bases reguladoras y la convocatoria para 2009 de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas al comercio minorista.

Borm Nº 301, jueves 31 de diciembre de 2009

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Consejería de Universidades, Empresa e Investigación

Nº de Publicación:

20454

Análisis:

NPE: A-311209-20454

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Consejería de Universidades, Empresa e Investigación

20454 Orden de 29 de diciembre de 2009, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, por la que se modifica la Orden de 30 de abril de 2009, por la que se aprueba las bases reguladoras y la convocatoria para 2009 de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas al comercio minorista.

La Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, en el ejercicio de las competencias que tenía atribuidas, publicó la Orden de 30 de abril de 2009, por la que se aprueba las bases reguladoras y la convocatoria para 2009 de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas al comercio minorista, publicada en el B.O.R.M. n.º 116, de 22 de mayo, modificada por la Orden de 31 de julio de 2009, publicada en el B.O.R.M. n.º 182, de 8 de agosto.

Habiéndose agotado la partida presupuestaria prevista en el apartado 1 del artículo 4 de la citada Orden de 30 de abril de 2009. así como la ampliación prevista en el apartado 2 del artículo 4 de la misma Orden, realizada mediante Resolución del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de 9 de octubre de 2009 (B.O.R.M. n.º 244, de 22 de octubre), y quedando pendientes de resolución un importante número de solicitudes de subvención que no han pedido resultar atendidas ante la falta de recursos económicos, se considera necesario, modificar la meritada Orden de 30 de abril de 2009, en su artículo 4, con el fin de dotar de un mayor presupuesto a la convocatoria realizada al amparo de la misma, y de este modo, resolver la totalidad o el mayor número posible de solicitudes de comercios minoristas que no han podido obtener la correspondiente subvención.

En su virtud, a propuesta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, y de conformidad con las facultades que me atribuye el Artículo 52.1 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y el Artículo 16.2.d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en relación con el Artículo 13.1 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,


Dispongo:

Artículo único: Se modifica la Orden de 30 de abril de 2009 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se aprueba las bases reguladoras y la convocatoria para 2009 de las ayudas del Instituto de Fomento de la Región de Murcia dirigidas al comercio minorista, en los siguientes términos:

1.- Se modifica el artículo 4, que queda redactado como sigue:

Artículo 4.- Financiación.

1. El crédito disponible máximo con que cuenta el programa de ayudas contenido en estas Bases para la convocatoria 2009, es de 1.800.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria: 1603.731A.77103, incluida la ampliación realizada mediante Resolución del Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de 9 de octubre de 2009 (B.O.R.M. Nº 224, de 22 de octubre).

2. El agotamiento del crédito establecido en cada convocatoria producirá la imposibilidad de continuar otorgando subvenciones al amparo de dicha convocatoria, con la obligación de resolver desestimatoriamente las solicitudes pendientes de concesión, de conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 12.

2.- Se modifica el apartado 2 del artículo 12, que queda redactado como sigue:

Cuando la suma total de las subvenciones otorgadas alcance el crédito disponible previsto en el apartado 1 del artículo 4, la Presidencia del Instituto de Fomento procederá al cierre de la correspondiente convocatoria, que se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Disposición final

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Murcia a 29 de diciembre de 2009.—El Consejero de Universidades, Empresa e Investigación, Salvador Marín Hernández.



NPE: A-311209-20454