Región de Murcia

Decreto n.º 116/2016, de 26 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se que se modifica el Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Universidades.

Borm Nº 253, lunes 31 de octubre de 2016

Apartado:

Comunidad Autónoma

Sección:

Disposiciones Generales

Anunciante:

Consejo de Gobierno

Nº de Publicación:

8806

Análisis:

NPE: A-311016-8806

TEXTO

I. Comunidad Autónoma

1. Disposiciones Generales

Consejo de Gobierno

8806 Decreto n.º 116/2016, de 26 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se que se modifica el Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Universidades.

El Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de Reorganización de la Administración Regional, establece la denominación y las competencias de las distintas Consejerías, efectuando la distribución competencial entre los Departamentos de la Administración Regional.

Como consecuencia de dicho Decreto, se establecieron mediante Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio los órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades, habiendo sido modificado el mismo por los Decretos n.º 214/2015, de 6 de agosto y n.º 8/2016, de 10 de febrero, del Consejo de Gobierno.

Razones organizativas y de eficacia en la gestión administrativa hacen necesaria una nueva modificación del Decreto de órganos directivos citado, con el fin de facilitar el desarrollo en los cometidos y competencias atribuidas al departamento y ganar agilidad y eficiencia en la actuación de esta Consejería. En concreto, la presente modificación, que afecta a los artículos 7 y 8, tiene por objeto centralizar en un único órgano directivo las competencias del departamento en materia de convivencia escolar, que se encontraban segregadas entre la Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad y la Dirección General de Calidad Educativa y Formación Profesional.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Educación y Universidades y a propuesta de la Consejera de Presidencia, por delegación del Presidente, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto de la Presidencia nº 29/2015, de 7 de julio, por el que se delega en el titular de la Consejería de Presidencia la competencia para elevar al Consejo de Gobierno los Decretos que establecen los órganos directivos de las distintas Consejerías, y de conformidad con lo en los artículos 22.16 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y 14.1 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización ?y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 26 de octubre de 2016


Dispongo:

Artículo Único. Modificación del Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades.

El Decreto n.º 107/2015, de 10 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Educación y Universidades se modifica en los siguientes términos:

Uno. El artículo 7 queda redactado del siguiente modo:

La Dirección General de Innovación Educativa y Atención a la Diversidad asume las competencias del departamento en materia de atención a la diversidad; enseñanzas artísticas elementales y profesionales; enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; enseñanzas deportivas y enseñanzas de idiomas; educación de personas adultas, programas educativos, así como todas las competencias del departamento relacionadas con la convivencia escolar.

Dos. El artículo 8 queda redactado del siguiente modo:

La Dirección General de Calidad Educativa y Formación Profesional asume las competencias en materia de formación profesional; reconocimiento acreditación y validación de las competencias profesionales, ordenación académica en educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato y evaluación y calidad educativa.

Disposición final única.

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Dado en Murcia a 26 de octubre de 2016.—El Presidente, Pedro Antonio Sánchez López.—La Consejera de Presidencia, María Dolores Pagán Arce

NPE: A-311016-8806