Región de Murcia

Convocatoria y bases específicas por consolidación de empleo temporal de tres plazas de Trabajador/a Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula.

Borm Nº 212, lunes 13 de septiembre de 2021

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula

Nº de Publicación:

5677

NPE: A-130921-5677

TEXTO

IV. Administración Local

Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula

5677 Convocatoria y bases específicas por consolidación de empleo temporal de tres plazas de Trabajador/a Social de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula.

Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:

« Convocatoria y bases específicas por consolidación de empleo temporal tres plazas de Trabajador/a Social

Primero. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de las presente convocatoria la selección, por el sistema de concurso-oposición, para su posterior nombramiento como funcionario/a de tres plazas de trabajadora social, en aplicación de lo establecido en el Título II, artículo 9 Título II, artículo 9 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con indicación de los emolumentos que correspondan y descripción de la clasificación y denominación que corresponda, atendiendo, esto último, a la siguiente estructura:

Grupo/Subgrupo: A, A2

Escala: de Administración Especial,

Subescala: Servicios Especiales

Clase: trabajador/a social

Denominación: Trabajador/trabajadora Social.

Dichas plazas están incluidas en la oferta de empleo público, publicada en el BORM de 26 de marzo de 2021.

Segundo. Condiciones de admisión de aspirantes.

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:

a) Ser español o miembro de la Unión Europea o de terceros países no pertenecientes a la Comunidad Europea que tengan reconocida o concedida la autorización de residencia y trabajo, tanto en situación de residencia temporal como permanente. En los dos últimos casos, los aspirantes deberán acreditar el dominio hablado y escrito del idioma castellano.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por ley se limite esta última a una edad menor.

c) Estar en posesión de la titulación requerida para cada puesto de trabajo o categoría profesional, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias, en cada caso.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separa o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a la que se aspira. A tal efecto, quienes superen las pruebas serán sometidos a reconocimiento médico por parte de esta Mancomunidad antes de su nombramiento.

Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los/as aspirantes en el momento en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Tercero. Forma y plazo de presentación de instancias.

Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En el Boletín Oficial del Estado, se publicará un anuncio de la convocatoria. Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases, se dirigirán a la Sra. Presidenta de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula, y se presentarán en el modelo que se publicará en la sede electrónica, en el registro de la Mancomunidad o de cualquiera de las formas que determina el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas, en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente al que aparezca publicado el anuncio de convocatoria en el BOE.

La solicitud deberá ir acompañada por:

Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.

Curriculum Vitae y documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.

Justificante del pago de los derechos de examen.

La acreditación de la experiencia profesional, deberá hacerse mediante certificación de vida laboral y contratos de trabajo o nóminas que acrediten la duración y categoría de la relación laboral.

Juntamente con la instancia, se presentarán los documentos, originales o fotocopias compulsadas, acreditativos de los méritos que se aleguen.

Cuarto. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidenta de la Mancomunidad dictará Resolución en el plazo máximo de diez días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica (https://sede.mancriomula.regiondemurcia.es) y se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, en la forma establecida en el párrafo anterior.

Si no se presentare ninguna reclamación contra la lista provisional en el plazo previsto, la misma devendrá definitiva, sin necesidad de nueva publicación.

Los restantes anuncios correspondientes al desarrollo de la fase de concurso-oposición se harán públicos en el tablón de anuncios de la mancomunidad y en la sede electrónica (https://sede.mancriomula.regiondemurcia.es).


Quinto. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará integrado por un Presidente y cuatro vocales, a designar por la persona titular de la Presidencia, actuará como Secretario el de la Mancomunidad o funcionario en quien delegue, el cual formará parte del tribunal como vocal, debiendo designarse el mismo número de suplentes.

No podrán formar parte del Tribunal, el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, que le prestarán su colaboración exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, con voz y sin voto.

5.2. Todos los Vocales deberán poseer un nivel de titulación o especialización igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada.

5.3. Cuando concurra en los miembros del Tribunal alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, estos se abstendrán de intervenir y notificarán esta circunstancia a la Alcaldía; asimismo, los aspirantes podrán recusarlos en la forma prevista en el artículo 24 de la citada ley.

5.4. Para la válida actuación del Tribunal se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes le suplan y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Los acuerdos serán adoptados por mayoría de los votos de los presentes. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto.

5.5. El Tribunal actuará con plena autonomía funcional, velando por la legalidad del procedimiento y garantizando su objetividad, adoptando los acuerdos necesarios para el buen orden en el desarrollo de esta convocatoria. Será competente para aplicar e interpretar todas las cuestiones derivadas de la aplicación de estas bases, así como para determinar la forma de actuación en los casos no previstos.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviese conocimiento de la existencia de aspirantes que no cumplen alguno de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud.

5.6. El Tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.

Sexto. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.

El sistema de selección es el de concurso-oposición.

La realización de las pruebas selectivas constará de dos fases:

A) Fase de concurso:

La fase de concurso que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio, ni la puntuación obtenida podrá ser utilizada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Constará de:

a.1) Valoración de los méritos alegados.

Los méritos alegados que sean justificados documentalmente en original o fotocopia compulsada, por los aspirantes en el momento de presenciar la instancia, serán valorados con arreglo al siguiente baremo:

· Por servicios prestados en la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula, como personal contratado laboral fijo en puesto similar a razón de 0,60 puntos por mes.

1. Por la realización de cursos, cursillos o seminarios de formación y perfeccionamiento, hasta un máximo de 5 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

a) Por cada curso, cursillo, jornada, seminario, relacionados con servicios sociales de la plaza a la que se opta:

• De hasta 15 horas, 0,15 puntos.

• De 16 a 30 horas, 0,25 puntos.

• De 31 a 60 horas, 0,35 puntos.

• De más de 60 horas, 0,45 puntos.

Los cursos cuya duración no venga acreditada en horas, se valorarán a razón de 0,15 puntos cada uno.

b) Por cada curso, cursillo, jornada, seminario, relacionados con cometidos propios de la plaza a la que se opta:

• De hasta 15 horas, 0,10 puntos.

• De 16 a 30 horas, 0,15 puntos.

• De 31 a 60 horas, 0,25 puntos.

• De más de 60 horas, 0,35 puntos.

Los cursos cuya duración no venga acreditada en horas, se valorarán a razón de 0,10 puntos cada uno.

B) Fase de oposición:

La oposición consistirá en la defensa de un proyecto que presentarán los aspirantes, junto con la solicitud de participación en el proceso selectivo, en formato pdf, que no podrá tener una extensión inferior a 15 páginas, ni mayor de 40, con tipo de letra Times New Roman, paso 12, interlineado sencillo y márgenes no inferiores a tres centímetros. La no presentación del mismo, así como la presentación que no respete las anteriores características supondrá la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas.

El proyecto versará sobre las materias del Temario Especifico anexo.

Dicha memoria o proyecto será defendido ante el Tribunal de selección, en acto público, por su autor, durante un tiempo máximo de 15 minutos, pudiéndosele formular preguntas por los miembros del tribunal sobre su contenido durante un tiempo máximo de 10 minutos.

Segundo ejercicio, entrevista personal: tendrá por objeto conocer y valorar las aptitudes de los aspirantes para el desarrollo de las funciones propias del puesto a cubrir.

Este ejercicio será calificado con un máximo de 5 puntos.


Séptimo. Calificación.

La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y la obtenida en la fase de oposición.

Octavo. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Realizadas las valoraciones, el Tribunal elevará a la autoridad convocante, ordenada de mayor a menor por las puntuaciones obtenidas, la relación de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

Los aspirantes propuestos aportarán ante esta Administración, en el plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la Resolución sobre la propuesta de nombramiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Las resoluciones de nombramiento serán adoptadas por el órgano competente a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, de acuerdo con el orden de prelación, quienes deberán tomar posesión o incorporarse en el momento que se solicite su incorporación al puesto de trabajo.

En el supuesto de tener la condición de funcionarios público, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para su anterior nombramiento, debiendo presentar, únicamente, certificación del organismo de quien depende, que acredite su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a los artículo 107 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Noveno: Régimen de la convocatoria. Incidencias. Recursos.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las presentes bases, y siempre que no se oponga a las mismas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

Las presentes bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


Anexo I

Anexo I: Temario general

Temario

Advertencia. Programa: En el supuesto de que algún tema de los integrantes en el temario se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa durante el transcurso de la misma, se exigirá en todo caso la legislación vigente en el momento de la realización de las respectivas pruebas.

Materias comunes

Tema 1: La Constitución española de 1978: Los principios constitucionales: El Estado Social y Democrático. Los valores superiores de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2: La Corona. El Poder Legislativo: Composición y funciones. El poder Judicial.

Tema 3: El Poder Ejecutivo. La Administración Pública en el ordenamiento español: Administración territorial e institucional. La Administración General del Estado. La Administración Autonómica. La Administración Local. La Administración Institucional y Corporativa.

Tema 4: Organización territorial del Estado. Los Estatuto de Autonomía: Su significado. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.

Tema 5: El acto administrativo. Concepto, clases, forma, eficacia, motivación, la invalidez del acto administrativo, La notificación y publicación de resoluciones y actos administrativos. Computo de actos.

Tema 6: La Ley 39/2015 de 1 de octubre, El Procedimiento Administrativo Común: concepto, fases. La obligación de resolver. El silencio Administrativo. La revisión de actos administrativos en vía administrativa.

Tema 7: El municipio. Concepto y elementos del municipio. El término Municipal, La población, El empadronamiento. Formas de Organización del municipio.

Tema 8: La Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula: Estatutos, Órganos de gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados; Constitución, convocatoria, sesiones, orden del día y votaciones. Competencias mancomunadas.

Tema 9: El personal al servicio de la Administración Local: clasificación y organización. Personal funcionario: Requisitos para el acceso a la función pública. Causas de la pérdida de la condición de funcionario. Sistemas de acceso a la función pública. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional interna trabajo. Promoción profesional interna.

Tema 10: Derechos y deberes del personal funcionario de las Administraciones Locales. Régimen de Incompatibilidades.

Tema 11: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Publico

Tema 12: La Protección de datos, régimen Jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información. Principios básicos y requisitos mínimos en el Esquema Nacional de Seguridad.

Tema 13: La ley de haciendas locales. Principios inspiradores. El presupuesto: Contenido, aprobación ejecución y liquidación.

Tema 14. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones de los trabajadores.

Materias específicas:

Trabajador/ra Social

Tema 1: Competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de Servicios Sociales. Ley 3/2003 de del 10 de abril, del sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia y posteriores modificaciones.

Tema 2: Los Servicios Sociales en las Entidades Locales: Competencias y funciones en materia de Servicios Sociales.

Tema 3: El Instituto Murciano de Acción Social. Estructura, Competencias y funciones.

Tema 4: El Plan concertado de Prestaciones Básicas. El Catalogo de Referencia de los Servicios Sociales (BOE 117, de 16 de mayo de 2013)

Tema 4: EL Derecho Internacional Público en relación con los Servicios Sociales. Declaración Universal de Derechos Humanos. La Carta Social Europea.

Tema 5: La información, orientación y valoración como prestación básica de servicios sociales de atención primaria.

Tema 6: Causas estructurales y sociales de la exclusión social. Situaciones de exclusión.

Tema 6: Pensiones no contributivas. Tipos y requisitos de acceso. Las prestaciones económicas individuales de la Ley de Integración social de Minusválidos.

Tema 7: El sistema Español de Seguridad Social. Régimen General y Regímenes especiales. La acción protectora: prestaciones del régimen general de la Seguridad Social.

Tema 8: Niveles de intervención en Trabajo Social. De la Intervención individual a la dimensión comunitaria. Trabajo social de casos, con grupos y comunitario.

Tema 9: Las fases del método en Trabajo Social: Estudio, Diagnóstico, Planificación, Ejecución y Evaluación.

Tema 10: El código deontológico del Trabajo Social. Deontología y ética del Trabajo Social.

Tema 11: Necesidades sociales: Concepto, características y tipología. Análisis de las necesidades sociales según la taxonomía de Bradshaw.

Tema 12: La familia. Tipos. Ciclos de la familia: Fases. Riesgos potenciales, oportunidades. Ciclo individual y ciclo familiar.

Tema 13: La familia como sistema. Teoría general de sistemas. Definición y clases de sistemas. Propiedades de los sistemas abiertos. Retroalimentación: Positiva y negativa. Homeostasis y morfogénesis familiar. Dinámicas del sistema familiar.

Tema 14: Instrumentos del trabajo con familias: El genograma, mapa de relaciones familiares, ecomapa, historiograma familiar.

Tema 15: La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

Tema 16: Derecho de familia: Filiación. La separación y el divorcio, la patria potestad. La pensión de manutención. La pensión compensatoria. El derecho de alimentos. La incapacidad judicial.

Tema 17: Procedimiento administrativo en materia de protección a la infancia en la Región de Murcia: Desamparo, tutela y guarda de menores. El acogimiento familiar: conceptos y clases. Acogimiento residencial: centros de acogida y de observación.

Tema 18: Contenido de la reforma de la Ley Orgánica 8/2015 del 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y la Ley 26/2015 de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Estructura y contenido

Tema 19: La Ley 3/1995, de 21 de marzo, de la Infancia de la Región de Murcia: Estructura y contenido.

Tema 20: El maltrato infantil. Factores de riesgo. Indicadores. Estrategias de intervención.

Tema 21: La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tema 22: Reconocimiento de grado de dependencia y del derecho a las prestaciones y servicios del sistema de atención a la dependencia y del derecho a las prestaciones y servicios del sistema de atención a la dependencia de la Comunidad Autónoma de Murcia (CARM)

Tema 23: La integración social de las personas con discapacidad. Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

Tema 24: Reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad La enfermedad mental grave: concepto, protocolo de coordinación socio sanitaria de la Región de Murcia.

Tema 25: Salud. Concepto de salud. Importancia de los factores sociales en los conceptos de salud y enfermedad: La salud un problema comunitario.

Tema 26: El envejecimiento. Aspectos Biológicos, psicológicos y sociales de la vejez.

Tema 27: Los Servicios sociales para Mayores de los Ayuntamientos de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula.

Tema 28: Los servicios Sociales de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula, organización y funcionamiento: Organigrama. El Centro de Servicios Sociales: Estructura, organización y funcionamiento.

Tema 29: Los Planes de lucha contra la Pobreza Infantil y Pobreza Energética de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula: Procedimientos, Prestaciones, requisitos de acceso.

Tema 30: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectivas de mujeres y hombres.

Tema 31: La violencia de género: Tipos de violencia, concepto, recursos y marco normativo. Recursos de la CARM

Tema 32: La protección social en la Región de Murcia de las personas excluidas o en riesgo de exclusión. La ley 372007 de 16 de marzo de Renta Básica de Inserción de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tema 33: Plan de Prevención de Drogodependencias de la Mancomunidad de Servicios Sociales del Río Mula.

Tema 34: Sistema de información de usuarios de servicios sociales (SIUSS): Introducción, objetivos utilidades y resultados.

Tema 35: Programa de acompañamiento para la inclusión social del centro de servicios sociales de la Mancomunidad Río Mula

Tema 36: El. Centro de Atención Temprana de la Mancomunidad Río Mula.

Tema 37: Integración social en personas inmigrantes. Reagrupación familiar. Autorización por circunstancias excepcionales: Arraigo social y laboral. El informe de inserción social. Marco normativo.

Tema 38: La enfermedad mental grave: concepto, protocolo de coordinación socio sanitaria de la Región de Murcia.

Tema 39: Prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad: Normativa, tipos y requisitos.

Tema 40: Trabajo en equipo. El trabajo interdisciplinar.

Tema 41: Empleabilidad: Elementos de valoración y diagnóstico de empleabilidad.

Tema 42: Servicio de Teleasistencia domiciliaria en los Ayuntamientos de la Mancomunidad Río Mula.

Tema 43: Los programas de reparto de Alimentos para personas en riesgo de exclusión de los Ayuntamientos de la Mancomunidad.

Tema 44: Los centros y puntos de Atención a Víctimas de violencia de Género (CAVI y P.A.E) y de Atención a Víctimas de violencia sexual (cavax) en la Mancomunidad Río Mula.

Tema 45: Planificación en los Servicios sociales, indicadores. Evaluación de programas de servicios sociales.

Tema 46: El Ingreso Mínimo Vital, Real Decreto-Ley 20/2020, de 29 de mayo.»

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica de esta Mancomunidad https://sede.mancriomula.regiondemurcia.es.


Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el/la Presidente/a, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Mula, 3 de julio de 2021. La Presidenta, M.ª Dolores Muñoz Valverde.

NPE: A-130921-5677