Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local.

Borm Nº 267, jueves 18 de noviembre de 2021

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Santomera

Nº de Publicación:

6955

NPE: A-181121-6955

TEXTO

IV. Administración Local

Santomera

6955 Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local.

Doña Inmaculada Sánchez Roca, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santomera (Murcia).

Por la presente, se pone en público conocimiento que por acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Santomera de 25 de marzo de 2021 se aprobó provisionalmente la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por la Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local, así como por la Prestación de los Servicios Públicos o la realización de Actividades Administrativas de Competencia Municipal por la que se estableció una segunda disposición transitoria en el articulado de la referida ordenanza fiscal. Al no haberse presentado alegaciones, sugerencias o reclamaciones al referido acuerdo durante su exposición pública, se entiende desde dicha fecha elevado tácitamente a definitivo el acuerdo de aprobación provisional al haberse hecho constar dicha circunstancia por el pleno municipal, siendo la segunda disposición transitoria del siguiente tenor literal:

“Disposición transitoria segunda: Reducción de la cuota tributaria de la tarifa por ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa desde noviembre de 2017 hasta diciembre de 2019 por disminución de la capacidad económica de los sujetos pasivos.

1.- Atendida la disminución de la capacidad económica de los sujetos pasivos de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por ocupación de mesas y sillas con finalidad lucrativa previstas en el punto 1, apartado c) del Anexo de Tarifas, ocasionada por la aplicación de las medidas restrictivas sanitarias de cierre total, parcial y reducción de aforos y horarios impuestas en los establecimientos abiertos al público destinados a hostelería y restauración, ordenadas por las autoridades sanitarias estatales y autonómicas a fin de reducir los contagios de la pandemia del COVID -19.

Se aplicará una reducción en la cuota de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por ocupación de mesas y sillas con finalidad lucrativa correspondiente a las liquidaciones anuales de dicha tasa desde noviembre de 2017 hasta diciembre de 2019, para los epígrafes y en los porcentajes que a continuación se indican:

- Del 100 por 100, para todas las cuotas resultantes de la aplicación de las tarifas contenidas en el punto 1, apartado c) del anexo de tarifas.

2.- La reducción a que se refiere esta disposición adicional se aplicará de oficio, sin necesidad de su solicitud por parte del sujeto pasivo de la tasa ”.

Contra el referido acuerdo que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse el recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde la presente publicación ante el juzgado de lo contencioso administrativo de la ciudad de Murcia que por reparto corresponda, sin perjuicio de la presentación de cualquier otro que estimen convenientes los interesados.

La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Santomera.

NPE: A-181121-6955