Región de Murcia

Convenio urbanístico para la Reordenación de la Reparcelación del Plan Parcial Sector “E”.

Borm Nº 41, sábado 18 de febrero de 2012

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Santomera

Nº de Publicación:

2834

NPE: A-180212-2834

TEXTO

IV. Administración Local

Santomera

2834 Convenio urbanístico para la Reordenación de la Reparcelación del Plan Parcial Sector “E”.

Don José María Sánchez Artés, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santomera (Murcia).

Habiéndose aprobado inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santomera, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2011, el Convenio de Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Santomera y D. Ireno Fernández Sanz para la Reordenación de la Reparcelación del Plan Parcial Sector “E”, de Santomera. Por la presente, se somete a consulta pública, en la Secretaría General de esta Casa Consistorial, por plazo de un mes desde la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en horario de oficina, a los efectos de formular alegaciones o sugerencias a la misma, de conformidad con lo establecido en el art. 158 de la Ley 1/2001, de 24 de abril, del Suelo de la Región de Murcia, elevándose tácitamente a definitivo el referido acuerdo en el caso de no formularse alegaciones en dicho plazo.

La presente publicación edictal servirá de notificación a los propietarios desconocidos, indeterminados o que rehúsen su conocimiento, al amparo de lo establecido en el art. 59.5 y 6, así como de publicación ordinaria de conformidad con lo determinado en el art. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El presente acuerdo no pone fin a la vía administrativa, no pudiendo interponerse contra el mismo recurso administrativo o judicial alguno, sin perjuicio de su alegación en la resolución que ponga fin al procedimiento. Vencido el plazo de un mes desde la presente publicación edictal para presentación de alegaciones, será tácitamente elevado a definitivo el citado acuerdo en el caso de no presentarse alegación al mismo, a cuyo efecto podrá interponerse ante la Junta de Gobierno Local el correspondiente recurso de reposición en el plazo de un mes desde dicha fecha o potestativamente en el plazo de dos meses el correspondiente recurso contencioso administrativo.

En Santomera, 4 de enero de 2012.—El Alcalde-Presidente, José María Sánchez Artés



NPE: A-180212-2834