Región de Murcia

Aprobación inicial del Convenio Urbanístico de cesión de terrenos para el establecimiento de un espacio público peatonal en el suelo urbano consolidado de Santomera denominado La Yesera.

Borm Nº 108, jueves 13 de mayo de 2010

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Santomera

Nº de Publicación:

8402

NPE: A-130510-8402

TEXTO

IV. Administración Local

Santomera

8402 Aprobación inicial del Convenio Urbanístico de cesión de terrenos para el establecimiento de un espacio público peatonal en el suelo urbano consolidado de Santomera denominado La Yesera.

Don José María Sánchez Artés, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santomera (Murcia).

Habiéndose aprobado inicialmente por acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2010, el Convenio Urbanístico de cesión de terrenos para el establecimiento de un espacio público peatonal en el suelo urbano consolidado de Santomera denominado La Yesera, formulado por el Excmo. Ayuntamiento de Santomera con la totalidad de los propietarios de los terrenos actualmente destinados a zona común de recreo de los Edificios Procón Oliva n.º I, II y III cuya extensión asciende a la 899,40 metros cuadrados que permita su cesión en propiedad a este Ayuntamiento y el establecimiento de un paseo peatonal y zona de recreo. Por la presente, se somete a consulta pública, en la Secretaría General de esta Casa Consistorial, por plazo de un mes desde la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en horario de oficina, a los efectos de formular alegaciones o sugerencias a la misma, de conformidad con lo establecido en el art. 158 del Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo nº1, de 10 de junio de 2005, elevándose tácitamente a definitivo el referido acuerdo en el caso de no formularse alegaciones en dicho plazo.

La presente publicación edictal servirá de notificación a los propietarios desconocidos, indeterminados o que rehúsen su conocimiento, al amparo de lo establecido en el art. 59.5 y 6, así como de publicación ordinaria de conformidad con lo determinado en el art. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El presente acuerdo no pone fin a la vía administrativa, no pudiendo interponerse contra el mismo recurso administrativo o judicial alguno, sin perjuicio de su alegación en la resolución que ponga fin al procedimiento.

En Santomera, a 29 de abril de 2010.—El Alcalde-Presidente, José María Sánchez Artés.



NPE: A-130510-8402