Región de Murcia

Aprobación definitiva convenio urbanístico cesión anticipada terrenos sector SM-2.

Borm Nº 59, viernes 12 de marzo de 2010

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Santomera

Nº de Publicación:

4459

NPE: A-120310-4459

TEXTO

IV. Administración Local

Santomera

4459 Aprobación definitiva convenio urbanístico cesión anticipada terrenos sector SM-2.

Don José María Sánchez Artés, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santomera (Murcia).

Habiéndose resuelto las reclamaciones formuladas en el plazo legalmente establecido al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en su sesión ordinaria celebrada el día 26 de febrero de 2009, de aprobación del Convenio Urbanístico entre el Excmo. Ayuntamiento de Santomera con la mercantil Promociones Gamo, S.A., que permita la cesión anticipada y gratuita de los terrenos destinados por el Plan Municipal de Ordenación a dotaciones públicas locales y sistema general equipamiento comunitario previstos en el Sector SM-2, calificado como Suelo urbanizable residencial sectorizado (UR/SS/VV/SM-2), en una extensión superficial aproximada de treinta mil doscientos setenta y tres metros cuadrados, 30.273 m2, ordenándose la corrección de superficie a ceder referidas en el convenio urbanístico, dando nueva redacción a las estipulaciones primera, segunda, cuarta, sexta, séptima, décima y undécima de la parte dispositiva del mismo, a los efectos de aclarar la cesión de la propiedad y posesión de los terrenos cedidos anticipadamente, la no suspensión de la vigencia del planeamiento general en el sector SM-2 y la adecuada aceptación autonómica de la justificación municipal de la ampliación del vial SGL-3, el referido acuerdo ha sido aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2010.

La presente publicación edictal servirá de notificación a los propietarios desconocidos, indeterminados o que rehúsen su conocimiento, al amparo de lo establecido en el art. 59.5 y 6, así como de publicación ordinaria de conformidad con lo determinado en el art. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra dicho acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de dicha jurisdicción de Murcia en el plazo de dos meses, en ambos casos a contar desde el día siguiente al de la publicación del edicto correspondiente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, pudiendo, no obstante, formularse cualquier otro recurso que se estime procedente.

Santomera, 1 de marzo de 2010.—El Alcalde-Presidente, José María Sánchez Artés.



NPE: A-120310-4459