Administración Local
Yecla
5191
NPE: A-030821-5191
IV. Administración Local
Yecla
5191 | Presupuesto Municipal 2021: Anexo de personal (Organigrama, Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo): aprobación definitiva. |
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 21 de abril de 2021, adoptó acuerdo de aprobación inicial del Presupuesto Municipal de 2021, así como del Anexo de Personal.
Presentada reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, referida al Anexo de Personal, la misma fue resuelta por el Ayuntamiento Pleno con fecha 7 de junio de 2021, adoptando acuerdo de aprobación definitiva del Anexo de Personal (Organigrama, Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo) y considerando definitivamente Presupuesto Municipal 2021 en los términos contenidos en el acuerdo de aprobación inicial, cuyo resumen por capítulos ya ha sido publicado a los efectos oportunos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales (R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo), así como en el artículo 127 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (R.D.L. 781/1986, de 18 de abril), se hace saber que, estimada parcialmente la alegación de referencia, y adoptado acuerdo de aprobación definitiva del Organigrama, la Plantilla de Personal (funcionario, laboral y eventual), y Relación de Puestos de Trabajo de 2021, se transcriben los mismos a continuación:
RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO 2021
• DENOMINACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO.
• DOTACIÓN: número de puestos de trabajo de iguales características.
• NIVEL C.D.: Nivel de Complemento de Destino propuesto para cada puesto.
• C. ESPECÍFICO: nivel de Complemento Específico propuesto (véase Informe sobre Propuesta Retributiva, Capítulo 4).
• TIPO PUESTO: Según sea Singularizado (S) o No Singularizado (NS).
• ESTATUS: Funcionario (F), Laboral fijo (L). F (L): El puesto o alguno de los puestos reservados a Funcionario está desempeñado por personal laboral. De conformidad con la legislación (véase art. 15.1.c de la Ley 30/1984, arts. 167-175 del RDL 781/1986), con carácter general los puestos de trabajo deberían ser desempeñados por funcionarios públicos, con las excepciones que la misma legislación determina. En la presente propuesta de RPT se sigue ese principio (en los puestos que pueden ser indistintamente ocupados por funcionarios o laborales se ha consignado F/L).
Los procesos de funcionarización que en su caso se desarrollen se adaptarán a lo dispuesto en el EBEP, aprobado por la Ley 7/2007, de 12 de abril.
• FORMA PROVISIÓN: Forma de provisión propuesta, según sea Libre Designación (LD) o Concurso (C). De conformidad con la legislación vigente, la mayoría de los puestos deben cubrirse mediante Concurso.
• GRUPOS: Según sea A1, A2, B, C1, C2 o E.
• ADSCRIPCIÓN A ESCALAS, SUBESCALAS Y CLASES: Plazas de plantilla que pueden ocupar el puesto.
• TITULACIÓN ESPECÍFICA: En su caso, titulación académica específica, cuando sea necesaria esa precisión por las características del puesto de trabajo. En algunos casos se ofrecen varios códigos como alternativa.
• OBSERVACIONES.
El documento adjunto es una propuesta que debe entenderse sometida al superior criterio del Ayuntamiento y está destinada al mantenimiento futuro de la RPT que se apruebe.
Sin perjuicio de cualquier otro que estimen oportuno, contra la Plantilla de Personal y de la Relación de Puestos de Trabajo, podrá interponerse recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, ante el Pleno del Ayuntamiento, con la indicación de que, interpuesto dicho recurso, no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel haya sido expresamente resuelto o se haya producido su desestimación presunta (arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Asimismo podrá interponerse recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Murcia (arts. 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Yecla, 28 de junio de 2021. La Alcaldesa, M.ª Remedios Lajara Domínguez.
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