Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales 2015.

Borm Nº 126, miércoles 3 de junio de 2015

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Villanueva del Río Segura

Nº de Publicación:

6940

NPE: A-030615-6940

TEXTO

IV. Administración Local

Villanueva del Río Segura

6940 Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales 2015.

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura en sesión de 26.03.15, mediante el que se aprobó la modificación para el 2015 de las ordenanzas fiscales que abajo se detallan, sin que, desde su publicación en el B.O.R.M. n.º 86 del día 16.04.15, se haya producido reclamación alguna, se eleva a definitivo aquel. Por lo que, para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica íntegramente el texto de las modificaciones introducidas:

3.- PRECIOS PUBLICOS

Disposición Adicional

La cuantía de los Precios Públicos regulada en esta Ordenanza es la que se señala en cada una de las tarifas que a continuación se detallan:

…/…

4.- Bonificaciones sobre las anteriores tarifas:

1.- Se establece la siguiente bonificación del 25% sobre las anteriores tarifas: A los sujetos pasivos que formen parte de una unidad familiar que tenga la consideración de  familia numerosa.

2.- Para tener derecho a esta bonificación por familia numerosa, se deberá aportar fotocopia compulsada del título correspondiente, debiendo actualizar dicha documentación cada vez que finalice el periodo de vigencia de dicho título.

3.- Las familias numerosas deberán cumplir el requisito de que sus beneficiarios figuren empadronados en el municipio de Villanueva del Río Segura.

Disposición final.- La presente modificación de esta Ordenanza Fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra las modificaciones de las Ordenanzas publicadas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, conforme a lo previsto en el art. 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Villanueva del Río Segura a 26 de mayo de 2015.—El Alcalde en funciones, José Luis López Ayala



NPE: A-030615-6940