Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios de alquiler de instalaciones deportivas municipales del municipio de La Unión.

Borm Nº 147, lunes 27 de junio de 2016

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

La Unión

Nº de Publicación:

5633

NPE: A-270616-5633

TEXTO

IV. Administración Local

La Unión

5633 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios de alquiler de instalaciones deportivas municipales del municipio de La Unión.

El Pleno del Ayuntamiento de La Unión, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de junio de 2016, acordó la aprobación definitiva, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios de alquiler de instalaciones deportivas municipales del municipio de La Unión, cuyo texto íntegro de dicha modificación se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.


“Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios de alquiler de instalaciones deportivas municipales”

FUNDAMENTO Y NATURALEZA

Artículo 1.º- En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20 a 27 sobre tasas y 41 a 47 sobre precios públicos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por la prestación del servicio de “Alquiler de instalaciones deportivas municipales y otros servicios análogos”, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 57 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

HECHO IMPONIBLE

Artículo 2.º- Constituye el objeto de la presente tasa por la utilización de las instalaciones deportivas municipales (polideportivos, pabellones, piscinas, etc.), entendiéndose por dicha utilización el uso esporádico o circunstancial, o mediante reserva, de los espacios deportivos destinados a tal fin o la participación como alumno o usuario de programas de actividades docentes o libres. Se entiende por Espacio Deportivo dentro del conjunto de cada instalación los referidos a Pistas, Campos, Salas, Aulas o Calles de Piscina.

CUANTÍA Y OBLIGACIÓN DE PAGO

Artículo 4.º- El abono de estos precios por prestación de servicios y alquiler de espacios deportivos se realizará con sujeción a la tarifa que figura en el anexo que se aprueba conjuntamente con estas Normas Reguladoras.

A las tarifas se les aplicará el tipo impositivo de IVA correspondiente, conforme al tipo de prestación del servicio, ya sea por gestión indirecta a través de empresa privada, o mediante gestión a través de empresa de titularidad pública, o mediante cualquier forma establecida en la legislación de contratos del sector público.

Artículo 9.º- Cuando la naturaleza de la actividad a realizar en un espacio deportivo de una instalación determinada así lo aconseje, la Concejalía Deportes del Ayuntamiento establecerá, con carácter excepcional y de forma extraordinaria, las condiciones de adjudicación de la reserva correspondiente, siendo singularizadas en cláusulas especiales, pudiéndose solicitar por parte del Ayuntamiento se solicitará el depósito de una garantía-aval en metálico.


ANEXO I

CUADRO DE TARIFAS

Los apartados “A, B C, D” no sufren variación.

El apartado “E” queda integrado en el “F”.

CONCEPTO TARIFA
EUROS
F.- PISCINA CLIMATIZADA MUNICIPAL DE LA UNIÓN
F.1.- Matrícula temporada anual 20,00 €
F.2.- Programas de agua: Periodo Semanal
Natación adultos (2 días) 21,89 €
Natación adultos (3 días) 26,84 €
Natación bebés (1 día) 11,00 €
Entrada infantil 1 uso 2,20 €
Entrada adulto 1 uso 3,30 €
Alquiler de calle (4 horas/día) 38,50 €
Abono mensual (2 horas/semana) 24,20 €
Abono mensual (3 horas/semana) 36,30 €
F,3.- Cursos de natación con profesor
Natación Infantil (2 días/semana) 21,89 €
Natación Infantil (2 días/semana/ 45’) 21,30 €
Natación Infantil (3 días/semana) 26,84 €
Natación Infantil (3 días/45’) 25,30 €
Aquafitness (2 días/semana) 21,89 €
Aquafitness (3 días/semana) 26,84 €
F.4.- Cursos combinados
Aeróbic / Mantenimiento (3 días/semana) 19,91 €
Mantenimiento/Aquafitness (Pensionistas) (2 días/semana) 19,91 €
Mantenimiento/Aquafitness (Pensionistas) (3 días/semana) 24,35 €
Taekwondo (2 días/semana) 17,60 €
Zumba 1 uso 19,91 €
Zumba (2 días/semana) 19,91 €
Musculación (3 días/semana) 31,90 €
Musculación (5 días/semana) 39,93 €
Natación / Musculación (3 días/semana) 31,90 €
Natación / Musculación (5 días/semana) 49,50 €
Musculación 1 uso 3,96 €
Pilates (3 días/semana) 26,40 €
Otros cursos (2 días/semana) 17,60 €
Otros cursos (3 días/semana) 17,60 €
F.5.- Exenciones y bonificaciones
3 miembros inscritos en actividades docentes de la misma familia 20%
4 miembros inscritos en actividades docentes de la misma familia 25%
Tercera edad 25%
Inscripción en dos actividades 15%
Curso de 4 horas / mes para natación escolar Exenta

Los artículos no reseñados no revisten modificación alguna.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

La Unión, 16 de junio de 2016.—La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Elena José Lozano Bleda

NPE: A-270616-5633