Región de Murcia

Aprobación definitiva del expediente n.º 4-A/2025 modificación presupuestaria en el Presupuesto para 2025 en vigor, de suplemento de crédito financiado bajas o anulaciones en otras partidas.

Borm Nº 247, viernes 24 de octubre de 2025

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Totana

Nº de Publicación:

5019

NPE: A-241025-5019

TEXTO

IV. Administración Local

Totana

5019 Aprobación definitiva del expediente n.º 4-A/2025 modificación presupuestaria en el Presupuesto para 2025 en vigor, de suplemento de crédito financiado bajas o anulaciones en otras partidas.

Aprobada inicialmente la modificación n.º 4-A/2025 de Crédito Extraordinario en el Presupuesto prorrogado de 2024 para 2025 en vigor, en sesión ordinaria de fecha 25 de Septiembre de 2025, financiado con bajas o anulaciones en otras partidas presupuestarias.

Publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia edicto de aprobación inicial con fecha 29 de septiembre de 2025 transcurridos quince días de exposición pública de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose producido reclamaciones en el citado periodo, de conformidad con el artículo 170 y 179 del citado Real Decreto Legislativo se considera definitivamente aprobado.

A continuación se publica resumido por capítulos la modificación del Presupuesto que lo integran, según establece el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

Capítulo Modificaciones positiva Modificación negativa
II 2.278.000,00
III 150.000,00
IV 12.000,00
VI 60.000,00
IX 2.200.000,00
SUMAS 2.350.000,00 2.350.000,00


Contra el mismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia” o, en su caso de la notificación personal a los interesados que presentaron reclamación contra la aprobación inicial de la modificación. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Totana, 21 de octubre de 2025. El Alcalde-Presidente, Juan Pagán Sánchez.

NPE: A-241025-5019