Región de Murcia

Aprobación definitiva del expediente n.º 5-A/2024 modificación presupuestaria en el presupuesto 2024 en vigor, de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito financiado con Mayores Ingresos.

Borm Nº 279, sábado 30 de noviembre de 2024

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Totana

Nº de Publicación:

6055

NPE: A-301124-6055

TEXTO

IV. Administración Local

Totana

6055 Aprobación definitiva del expediente n.º 5-A/2024 modificación presupuestaria en el presupuesto 2024 en vigor, de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito financiado con Mayores Ingresos.

Aprobada inicialmente la modificación n.º 5-A/2024 de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito en el Presupuesto 2024 en vigor, en sesión ordinaria de fecha 30 de octubre de 2024, financiado con mayores ingresos sobre los previstos (liquidación positiva Participación Tributos del Estado 2022).

Publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia edicto de aprobación inicial con fecha 5 de noviembre de 2024 transcurridos quince días de exposición pública de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose producido reclamaciones en el citado periodo, de conformidad con el artículo 170 y 179 del citado Real Decreto Legislativo se considera definitivamente aprobado.

A continuación se publica resumido por capítulos la modificación del Presupuesto que lo integran, según establece el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

ESTADO DE GASTOS:

Capítulo C. Extraordinario Suplemento
II 365.000,00
IV 46.349,63 20.000,00
VI 786.000 455.563,16
SUMAS 832.349,63 840.563,16
TOTAL 1.672.912,79

ESTADO DE INGRESOS:

Capítulo Importe
IV 1.672.912,79
TOTALES 1.672.912,79


Contra el mismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del siguiente a la publicación del presente Edicto en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia” o, en su caso de la notificación personal a los interesados que presentaron reclamación contra la aprobación inicial de la modificación. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo dispuesto en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Totana, 27 de noviembre de 2024. El Alcalde-Presidente, Juan Pagán Sánchez.

NPE: A-301124-6055