Región de Murcia

Aprobación definitiva del reglamento de uso de Salas de Exposiciones Municipales.

Borm Nº 210, lunes 10 de septiembre de 2012

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Torre Pacheco

Nº de Publicación:

12962

NPE: A-100912-12962

TEXTO

IV. Administración Local

Torre Pacheco

12962 Aprobación definitiva del reglamento de uso de Salas de Exposiciones Municipales.

Por Resolución de esta Alcaldía, de fecha 4 de septiembre de 2012, se ha acordado aprobar definitivamente el Reglamento de uso de Salas de Exposiciones Municipales del Ayuntamiento de Torre Pacheco, cuyo texto íntegro es el siguiente:

REGLAMENTO DE USO DE SALAS DE EXPOSICIONES MUNICIPALES.

El presente reglamento tiene como objeto regular la utilización de las Salas de Exposiciones de titularidad del Ayuntamiento de Torre Pacheco por las personas físicas o jurídicas interesadas en la exposición de obras de arte o de divulgación cultural y educativa, con carácter, en cualquier caso, no lucrativo.

Se trata de proporcionar un espacio en condiciones muy favorables a los artistas, colectivos y entidades que promocionen el arte, con el fin de ayudarles en la difusión de su especialidad artística, dentro del campo de las artes plásticas.

PRIMERO.- SOLICITUDES:

Las solicitudes de las exposiciones deberán remitirse al registro de entrada del Patronato Municipal de Cultura, Educación y Juventud del Ayuntamiento de Torre Pacheco utilizando el impreso de solicitud correspondiente (Anexo I). En el caso de solicitar más de una exposición, se cumplimentará un modelo para cada una. Las solicitudes deberán estar firmadas por el propio interesado y dirigidas al Sr. Alcalde, Presidente del Patronato Municipal de Cultura, Educación y Juventud.

Junto a la solicitud, el solicitante adjuntará una breve explicación de la exposición: tipo, estilo y medidas de las obras, así como cualquier clase de observación que considere relevante al respecto.

Así mismo, el solicitante presentará un dossier de su currículo, con un mínimo de diez fotografías de las obras que expondrán, así como un historial de su actividad y experiencia artística, folletos y catálogos de otras exposiciones que haya realizado.

SEGUNDO.- COMISIÓN DE SELECCIÓN:

Se constituirá una Comisión de Selección que valorará las diferentes propuestas presentadas. Dicha comisión se reunirá tantas veces como se considere necesario y estará compuesta por técnicos del Área de Cultura del Ayuntamiento de Torre Pacheco. Las exposiciones propuestas se aprobarán en la Junta Rectora del Patronato Municipal de Cultura dentro de la programación cultural correspondiente, a propuesta de la citada comisión de selección.

TERCERO.- CRITERIOS DE SELECCIÓN:

Los criterios que la Comisión de Selección utilizará para la selección de las exposiciones y adjudicación de la sala serán los siguientes:

1.- Se tendrán en cuenta en primer lugar la calidad e interés de la exposición.

2.- Se priorizarán, en la medida de lo posible las exposiciones de autores nacidos o residentes en el municipio de Torre Pacheco, así como de las entidades y/o asociaciones ubicadas en la localidad.

3.- Se priorizarán igualmente las exposiciones cuya finalidad sea de carácter solidario y no lucrativo.

4.- Se tenderá a la diversidad de estilos, técnicas y manifestaciones.

CUARTO.- RESERVA DE SALAS Y FECHAS:

Una vez seleccionadas las exposiciones, el Patronato de Cultura fijará las fechas y salas correspondientes. Tras el acuerdo adoptado por la Junta Rectora del mencionado Patronato, dichas fechas y salas de exposición serán comunicadas por escrito a los interesados, que deberán ajustarse rigurosamente a ellas. El Patronato de Cultura podrá modificar fechas o lugares de exposición por motivos justificados, por la realización de proyectos o eventos de importancia cultural o social imposibles de trasladar a otra fecha. En tal caso se buscará una fecha alternativa lo más acorde posible con los intereses del solicitante.

La no aceptación de las fechas o salas asignadas al solicitante supondrá el pase de este al último lugar en el listado de solicitudes para exposiciones.

QUINTO.- CONDICIONES:

La cesión de salas de exposiciones no implica abono de tasa alguna.

Las salas están dotadas de iluminación y soportes adecuados para muestras de obra pictórica.

En el caso de instalación de otro tipo de muestra, el artista autorizado deberá proveer los correspondientes soportes adicionales.

La vigilancia de la Sala de Exposiciones será por cuenta del solicitante. Sólo en casos excepcionales, el Patronato de Cultura se hará cargo del cuidado y vigilancia de la exposición.

El solicitante cederá gratuitamente al Ayuntamiento de Torre Pacheco una de las obras que se hayan expuesto en la sala, de tamaño mediano, a elección del autor. Esta obra pasará a engrosar el patrimonio municipal, siendo incluida en su inventario. Esta donación en exclusiva incluirá los derechos de uso, reproducción y distribución.

En el caso de que se trate de una exposición colectiva se donará una sola obra de uno de los autores de la exposición, a decisión de ellos.

La obra elegida por el autor para entregar al Ayuntamiento, deberá contar con el visto bueno de un técnico de cultura, quien, en el caso de no considerarla representativa, elegirá otra obra entre las tres que señale el autor.

Quedan excluidas de lo expuesto anteriormente en este punto, las exposiciones promovidas por el propio Ayuntamiento, así como aquellas promovidas por entidades sin ánimo de lucro o cuya finalidad sea recaudar fondos para la solidaridad con eventos catastróficos o con asociaciones no lucrativas de ayuda humanitaria o similar.

En este último caso las asociaciones que promuevan a través del Ayuntamiento dichas exposiciones deberán presentar, previamente a la cesión de la sala, un dossier justificativo de la exposición que desea realizar.

SEXTO.- MONTAJE DE EXPOSICIONES:

Cuando se trate de expositores particulares, el montaje y desmontaje de la exposición se realizará por los propios interesados con la supervisión y ayuda técnica del personal del Patronato Municipal de Cultura, por lo que la responsabilidad, por el posible deterioro que pudieran sufrir las obras durante el proceso, será exclusivamente de los interesados.

SÉPTIMO.- PUBLICIDAD:

La publicidad que se haga de las exposiciones correrá a cargo del Ayuntamiento de Torre Pacheco.

El Ayuntamiento se compromete a difundir la publicidad de la exposición.

OCTAVO.- OTRAS CONSIDERACIONES:

La interpretación de las presentes normas y la resolución de aspectos no tratados aquí corresponderán al Patronato de Cultura del Ayuntamiento de Torre Pacheco.

La Junta Rectora del Patronato podrá, mediante el correspondiente acuerdo, modificar o ampliar, la presente normativa si ello se estimara necesario para el mejor funcionamiento del servicio que se pretende regular.


ANEXO I:

D. _________________________________________________________

Mayor de edad, con domicilio en _________________________________

de _______________________, teléfono __________________________

provisto del DNI n.º _________________

correo electrónico _____________________________

Solicita autorización para utilizar la Sala de Exposiciones ________________________________________________ al objeto de realizar la exposición:

Fecha de realización:

y aportando la siguiente documentación:

El solicitante conoce y acepta en su integridad lo estipulado en el Reglamento de Uso de Salas Municipales de Exposiciones del Ayuntamiento de Torre Pacheco.

Torre Pacheco, a de de 201

Firmado: ___________________________________________________

Lo que se hace público en cumplimiento de lo previsto en los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril no entrando en vigor hasta transcurrido el plazo de quince días señalado en el artículo 65.2 de la aludida Ley 7/1985.

Torre Pacheco, septiembre de 2012.—El Alcalde, Daniel García Madrid



NPE: A-100912-12962