Administración Local
Torre Pacheco
1256
NPE: A-120324-1256
IV. Administración Local
Torre Pacheco
1256 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y retirada de vehículos de la vía pública. |
Transcurrido el plazo de exposición al público, de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y retirada de vehículos de la vía pública, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 28 de diciembre de 2023, y no habiéndose presentado durante este plazo ninguna reclamación, se eleva a definitivo el mencionado acuerdo, según lo dispuesto en el art. 17 del R. D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
A continuación, se publica el texto íntegro de las modificaciones efectuadas según lo dispuesto en el R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, sin que quepa contra ella, otro recurso, que el Contencioso- Administrativo, según establece el art. 19 de dicho texto legal:
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y retirada de vehículos de la vía pública
Artículo 6.º- Cuota tributaria
Las cuotas a pagar por la retirada de vehículos, son las siguientes:
1.- Retirada con la grúa municipal o particular contratada, de: ciclomotores, motocicletas, ciclos, triciclos, motocarros y demás vehículos de características análogas, ..........................................................45’00 euros por cada uno.
2.- Retirada con la grúa municipal o particular contratada de: automóviles, remolques, furgonetas y demás vehículos de características análogas con tara inferior a 2.000 kg, ..............................................85’00 euros por cada uno.
3.- Retirada con la grúa municipal o particular contratada de: automóviles, camiones, remolques, furgonetas y demás vehículos con una tara superior a 2.000 kg e inferior a 3.500 kg, ........................... 125’00 euros por cada uno.
4.- Retirada con la grúa Municipal o particular contratada de: camiones, autobuses, tractores, remolques, furgones, furgonetas y demás vehículos de Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a 3.500 kg, ...5’00 euros por cada uno.
5.- Las cuotas establecidas en los apartados: 1, 2, 3 y 4 se reducirán a 25,00 euros, 40,00 euros, 55,00 euros y 125,00 euros respectivamente, si compareciese el conductor o persona autorizada antes de iniciarse el traslado, aunque el vehículo en cuestión este enganchado a la grúa o sobre la plataforma, pero no habrá lugar a la reducción si ya se hubiese iniciado el traslado.
Artículo 7.º-
Los vehículos retirados de la vía pública devengarán, por cada día o fracción de estancia en el depósito autorizado, la siguiente cuota:
De 1 a 10 días de estancia en depósito ........................ 5’00 euros/día.
A partir del día 11 ..................................................... 8’00 euros/día.
Torre Pacheco, 29 de febrero de 2024. El Alcalde-Presidente, Pedro Ángel Roca Tornel.
NPE: A-120324-1256