Región de Murcia

Aprobación del calendario fiscal para el ejercicio 2025.

Borm Nº 19, viernes 24 de enero de 2025

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Torre Pacheco

Nº de Publicación:

350

NPE: A-240125-350

TEXTO

IV. Administración Local

Torre Pacheco

350 Aprobación del calendario fiscal para el ejercicio 2025.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los tributos locales se procede a publicar en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el calendario fiscal para el ejercicio 2025, con los períodos de cobro en voluntaria de los tributos de vencimiento periódico y notificación colectiva, aprobado por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, de fecha 30 de diciembre de 2024:


CONCEPTO PERÍODO PLAZO DE COBRANZA
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica Año 2025 Del 03-03-2025 al 05-05-2025
Impuesto sobre Bienes Inmuebles Año 2025 Del 25-08-2025 al 5-11-2025
Sistema Especial de Pago (IBI) Año 2025 Primer pago: 1-06-2025
Segundo pago: 5-11-2025
Impuesto sobre Actividades Económicas Año 2025 Del 20-07-2025 al 01-12-2025 (*)
Tasa por instalación de Quioscos Año 2025 Del 22-09-2025 al 25-11-2025
Tasa por instalación de Anuncios (Rótulos) en vía Pública Año 2025 Del 22-09-2025 al 25-11-2025
Tasa por entrada de Vehículos a través de la vía Pública Año 2025 Del 22-09-2025 al 25-11-2025
Tasa por Licencias de Auto taxis Año 2025 Del 22-09-2025 al 25-11-2025
Tasa por instalación de cajeros automáticos en las fachadas de los inmuebles con acceso directo desde la vía pública Año 2025 Del 22-09-2025 al 25-11-2025


En relación con el Impuesto de Actividades Económicas, en virtud del Convenio de Colaboración suscrito entre la Agencia Tributaria de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Torre Pacheco (BORM N.º 91 de fecha 21/04/2023) quedan delegadas, entre otras, la gestión, liquidación y recaudación del IAE a favor de la citada Agencia, en consecuencia, el plazo voluntario de ingreso (*) ha sido fijado por dicha Agencia. Las fechas de cargo de los recibos domiciliados de dicho tributo se pueden consultar en la web de la entidad (https://agenciatributaria.carm.es/contribuyentes) o en sus propias oficinas.

Cuando los vencimientos del plazo coincidan con un sábado o un día inhábil se considerarán trasladados al primer día hábil siguiente.

El presente calendario podrá ser modificado, cuando por causas imprevistas no pueda ser cumplido, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, lo que se comunicará con suficiente antelación, mediante edicto en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Otros aspectos a tener en cuenta:

a) Modalidad de cobro: Los recibos domiciliados se cargarán directamente en las cuentas autorizadas. Para los no domiciliados, el documento preciso para efectuar el pago de la deuda será enviado por correo ordinario al domicilio fiscal de los deudores. Cuando no se dispusiere del referido documento, el deudor u otra persona que pretenda realizar el pago lo solicitarán, dentro del periodo voluntario, en la Oficina de Recaudación, en horario de atención al público.

b) Lugares, días y horas de ingreso: Su pago se efectuará en el cajero situado en la Oficina de Recaudación Municipal o cualquiera de las oficinas o cajeros automáticos de las Entidades colaboradoras, en los horarios habituales establecidos para tal fin: Banco Sabadell, Banco Santander, Caixabank, Caja Rural Central, Caja Rural Regional de San Agustín, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria y Cajamar.

También se podrá realizar el pago por internet a través de la sede electrónica de la página web del Ayuntamiento de Torre-Pacheco mediante el siguiente enlace web: https://sede.torrepacheco.es/sta/CarpetaPublic/Public?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_PAGOS.

c) Domiciliación bancaria. Surtirán efecto las solicitudes de domiciliación bancaria presentadas en el mes anterior al inicio del plazo en voluntaria de los correspondientes tributos.

d) Transcurrido el plazo de ingreso, sin haberse efectuado el mismo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que procedan.

En Torre Pacheco, 7 de enero de 2025. El Concejal Delegado de Hacienda, Cultura y Turismo, José Javier Plaza Martínez.

NPE: A-240125-350