Región de Murcia

Anuncio de aprobación definitiva de Estudio de Detalle en Avda. Romería de la Virgen del Carmen, C/ Formentera y C/ Fuerteventura. Referencia: 2024/5666P.

Borm Nº 101, lunes 5 de mayo de 2025

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

San Pedro del Pinatar

Nº de Publicación:

1998

NPE: A-050525-1998

TEXTO

IV. Administración Local

San Pedro del Pinatar

1998 Anuncio de aprobación definitiva de Estudio de Detalle en Avda. Romería de la Virgen del Carmen, C/ Formentera y C/ Fuerteventura. Referencia: 2024/5666P.

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria, celebrada el día seis de marzo de dos mil veinticinco, acordó aprobar definitivamente, el Estudio de Detalle de la parcela delimitada por la Av. Romería Virgen del Carmen, C/ Formentera y C/Fuerteventura, de este término municipal, promovido por la mercantil “Villas de Diseño S.L, y dejar sin efecto la suspensión de licencias, debiéndose ajustar en lo sucesivo los terrenos, las instalaciones,las construcciones y las edificaciones al destino que resulte de su clasificación y calificación y al régimen urbanístico que consecuentemente les sea de aplicación derivado del nuevo instrumento de planeamiento.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que sea notificada la Resolución, de conformidad con lo establecido en el Art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa. Asimismo, según lo dispuesto en los Arts. 123 y 124 de la Ley 39/15, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter potestativo podrá formularse Recurso de Reposición ante el mismo órgano que ha dictado la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición, o en que deba entenderse desestimado por silencio administrativo, sin perjuicio de cualesquiera otros que los interesados deseen ejercitar.

El contenido integro del Estudio de Detalle aprobado se puede consultar de forma digital, en al sede electrónica de este Ayuntamiento, en la página web https://ayto.sanpedrodelpinatar.es/concejalias/urbanismo/, en el apartado Planeamiento de desarrollo, Estudio de detalle.

Murcia, 10 de abril de 2015. El Alcalde Presidente, Pedro Javier Sánchez Aznar.

Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada medianteel CSV: 15704561410005617031 en https://sede.sanpedrodelpinatar.es

NPE: A-050525-1998