Región de Murcia

Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización y anexos de la Unidad de Actuación n.º 1 del Plan Parcial 1 del Área UNP-4R2.

Borm Nº 226, lunes 30 de septiembre de 2019

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

San Pedro del Pinatar

Nº de Publicación:

5883

NPE: A-300919-5883

TEXTO

IV. Administración Local

San Pedro del Pinatar

5883 Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización y anexos de la Unidad de Actuación n.º 1 del Plan Parcial 1 del Área UNP-4R2.

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2019, acordó aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización y anexos de la Unidad de Actuación n.º 1 del Plan Parcial 1 del Área UNP-4R2.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de notificación de la presente resolución, o ser impugnado directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cartagena en el plazo de dos meses, contados igualmente desde la notificación de esta resolución, (artículos 8 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998), sin que puedan simultanearse ambos recursos.

De interponerse recurso potestativo de reposición, el mismo se entenderá desestimado transcurrido un mes sin que se notifique su resolución, quedando expedita la vía contencioso administrativa, y pudiendo interponerse recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses, desde que éste debe entenderse presuntamente desestimado, o de dos meses contados desde el siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición.

San Pedro del Pinatar, 9 de septiembre de 2019.—La Alcaldesa, Visitación Martínez Martínez

NPE: A-300919-5883