Administración Local
San Pedro del Pinatar
5857
NPE: A-220921-5857
IV. Administración Local
San Pedro del Pinatar
5857 | Exposición pública del padrón de tasas por la ocupación de la vía pública por mercadillo semanal cuarto trimestre de 2021. |
La Alcaldesa-Presidenta del Excmo. Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar,
Hace saber: Que el padrón de la tasa por la Ocupación de la vía pública por mercadillo semanal cuarto trimestre de 2021, ha sido aprobado en la JGL del 09 de septiembre de 2021.
Que el mismo estará a disposición de los interesados por plazo de Un Mes a contar desde el día en que se inicie el periodo voluntario de pago, en el Negociado de Gestión Tributaria, mediante atención personalizada, debiendo los interesados acreditar tal condición, a efectos de facilitarles el acceso a la información correspondiente, por tratarse de datos protegidos de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal.
Contra los mismos, los interesados podrán interponer el recurso de reposición regulado en los artículos 108 de la Ley 7/85, de 28 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante la Alcaldesa en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública.
Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de sus deudas, en periodo voluntario, durante los días hábiles comprendidos entre:
Del 21 de septiembre al 23 de noviembre de 2021, ambos inclusive.
Los contribuyentes podrán realizar el pago en las Entidades colaboradoras indicadas en el documento de ingreso.
Los obligados al pago podrán domiciliar las deudas a las que se refiere este anuncio en cuentas abiertas en entidades de crédito. Para ello deberán presentar la solicitud de domiciliación en el Negociado de Gestión Tributaria.
Expedición de duplicados: Podrán solicitar un duplicado del documento, en caso de no haberlo recibido en Gestión Tributaria mediante cita previa en la página web del Excmo. Ayuntamiento: Trámites: Recibos-Gestión de Tributos Municipales ó mediante correo electrónico adjuntando copia del DNI a la siguiente dirección rentas@sanpedrodelpinatar.es
Transcurrido el periodo indicado se iniciará el periodo ejecutivo, procediéndose al cobro de las cuotas no satisfechas con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley General Tributaria, intereses de demora y las costas del procedimiento, con los efectos señalados en el art. 161 de la citada Ley.
La publicación de este edicto surtirá los efectos de la publicación colectiva conforme al art. 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y art. 24 del RD 939/2005, de 29 de julio, Reglamento General de Recaudación.
San Pedro del Pinatar, 9 de septiembre de 2021. La Alcaldesa-Presidenta, Visitación Martínez Martínez.
NPE: A-220921-5857