Administración Local
San Javier
6621
NPE: A-281224-6621
IV. Administración Local
San Javier
6621 | Acuerdo del Pleno del municipio de San Javier (Murcia) celebrado con carácter ordinario el día 19 de diciembre de 2024, por el que se aprueba definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles 2024. |
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Se trasncribe a continuación el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto de Bienes Inmuebles 2024:
“Artículo 10.2.1. Bienes de naturaleza urbana: Para los bienes inmuebles de naturaleza urbana se establece el tipo general del 0,55%, estableciéndose un tipo de gravamen específico cuando se trate de bienes inmuebles urbanos que, excluidos los de uso residencial, tengan asignados como uso predominante los establecidos en la normativa técnica de valoración catastral y su valor sea igual o superior al que a continuación se detalla:
USO VALOR CATASTRAL TIPO ESPECÍFICO
(C) COMERCIAL 500.000 euros 0,62%
(M) SUELO SIN EDIFICAR 500.000 euros 0,62%
(O) OFICINA 320.000 euros 0,62%
En referido cuadro se indica el límite de valor por cada uso, de tal forma que en aquellos inmuebles cuyo valor catastral sea igual o superior al indicado en el cuadro anterior, será de aplicación el tipo específico indicado, siempre dentro del límite del 10% de inmuebles por uso
2.2. Bienes de naturaleza rústica: 0,75%
2.3. Bienes de características especiales: 1,3%”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de de la Región de Murcia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
San Javier, a 19 de diciembre de 2024. El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.
NPE: A-281224-6621