Región de Murcia

Aprobación definitiva del expediente incoado en orden a la modificación de la actual ordenanza reguladora del Precio público por la prestación de servicios de carácter deportivo del Ayuntamiento de San Javier, en relación con el acuerdo adoptado en sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de San Javier el día 19 de octubre de 2023.

Borm Nº 298, jueves 28 de diciembre de 2023

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

San Javier

Nº de Publicación:

7419

NPE: A-281223-7419

TEXTO

IV. Administración Local

San Javier

7419 Aprobación definitiva del expediente incoado en orden a la modificación de la actual ordenanza reguladora del Precio público por la prestación de servicios de carácter deportivo del Ayuntamiento de San Javier, en relación con el acuerdo adoptado en sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de San Javier el día 19 de octubre de 2023.

No habiéndose presentado alegaciones ni sugerencias durante el periodo de exposición al público del expediente relativo a la modificación de la actual Ordenanza reguladora del Precio Público por la prestación de servicios de carácter deportivo del Ayuntamiento de San Javier, en relación con el acuerdo adoptado en sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de San Javier el día 19 de octubre de 2023, se considera ésta definitivamente aprobada y se procede a su publicación íntegra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, quedando la misma redactada con el siguiente texto:

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS POR EL AYUNTAMIENTO DE SAN JAVIER

Artículo 1. Concepto

De conformidad con lo establecido en el artículo 127, en concordancia con los artículos 41 a 47, ambos inclusive, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establecen los precios públicos por la prestación de servicios especificados en las Tarifas contenidas en la presente ordenanza.

Artículo 2. Obligados al pago

Están obligados al pago de los precios públicos regulados en esta Ordenanza quienes se beneficien de los servicios o actividades prestados o realizados por el Ayuntamiento, al que se refiere el artículo anterior.

La obligación de pago del precio público regulado en esta Ordenanza nace desde que se presta el servicio solicitado, exigiendo el Ayuntamiento de San Javier el pago por anticipado del mismo.

En caso de que el receptor del servicio sea un menor de edad o incapaz, resultarán obligados al pago quienes ejerzan la patria potestad, tutela, curatela o sea persona responsable del mismo según el ordenamiento vigente.

Podrán ser considerados obligados al pago las personas jurídicas o entidades a las que se refiere el art. 35 de la Ley General Tributaria, si lo solicitan previamente al Ayuntamiento, por las personas físicas que asistan a las instalaciones mediante visitas o cursos organizados. En los casos de carencia de personalidad jurídica de grupo, el pago material deberá efectuarlo una persona responsable del mismo contra quien se dirigirán todas las acciones derivadas del impago o del incumplimiento de las normas.



Artículo 3. Tipos de Usuarios.

3.1. Usuario abonado: podrán acceder a esta condición cualquier persona que así lo solicite. Se adquiere esta condición abonando una cuota anual, que da derecho a tarifas bonificadas, preferencia en plazos de inscripciones y en reservas de determinadas instalaciones deportivas.

3.2. Usuario no abonado: Aquellos usuarios que no han solicitado y pagado la tasa correspondiente a abonado.

Todos los usuarios quedarán sujetos a la normativa general de instalaciones y usuarios y/o Reglamento de Régimen interior.

Artículo 4. Tarifas

4.1. Carné de usuario.

4.1.1 Concepto.

Carné anual mediante tarjeta o sistema de proximidad tanto para abonados como no abonados, que permite acceder a las instalaciones, al alquiler de las instalaciones deportivas, a la realización de las distintas actividades y servicios descritos en esta ordenanza, con unas tarifas o condiciones económicas determinadas y preferencias en plazos de inscripciones y en reservas de instalaciones según sea usuario abonado o no abonado.

4.1.2. Características carné usuario abonado.

El carné de usuario abonado tendrá validez de año natural, desde el 1 de enero al 31 de diciembre del año abonado, o desde el día que se efectúe el alta hasta el 31 de diciembre, según tarifas reflejadas en el apartado 4.1.3.

A los usuarios que adquieran el carné de abonado, se les suministrará una tarjeta para su acceso a los distintos servicios e instalaciones deportivas. Y que deberán presentar a requerimiento del personal de servicios de la Concejalía de Deportes.

La pérdida física del carné conllevará el abono de 3 € para su reposición. (las causas pueden ser diversas: pérdidas, robo, deterioro…)

4.1.3. Tarifas según modalidad:

Modalidad usuario ABONADO Cuota anual en función del trimestre en el que se realice el abono.
Primer trimestre Segundo Trimestre Tercer Trimestre Cuarto Trimestre
Familiar. Engloba a toda la unidad familiar, excepto descendientes mayores de 18 años. 60 € 45 € 30 € 15 €
Estudiante matriculado en Centros de enseñanza, F.P., Bachillerato o Universidad. 25 € 20 € 15 € 10 €
Individual mayor de 18 años. 30 € 25 € 20 € 15 €
Individual hasta los 18 años. (incluido) 20 € 15 € 10 € 5 €

4.1.4. Reducciones.

Se contempla una Reducción del 100% de la cuota de abonado anual a favor de:

· Mayores de 65 años.

· Personas con discapacidad reconocida de al menos el 33%.

· Personas en Riesgo de Exclusión social acreditado por el Negociado de Servicios Sociales del Ayuntamiento de San Javier, con informe favorable del Jefe de Deportes y autorización del Concejal Delegado de Deportes.

4.1.5. Acreditación de condición.

Será necesario acreditar documentalmente en el momento de la solicitud del carné, cada una de las circunstancias habilitantes.

Condición Documentación a presentar
Familiar Libro de familia
Estudiante DNI y certificado de matrícula o del centro educativo.
Mayor de 65 años. DNI en vigor.
Discapacidad de al menos el 33% Certificado de la administración pública que lo otorga.

4.1.6. Gestión.

· Para cualquier gestión será necesaria la presentación del DNI.

· Los carnés de usuario, sea cual sea su modalidad, se deberán solicitar presencialmente en oficinas. Las renovaciones del carné abonado se harán por domiciliación bancaria.

· Salvo por indicación expresa, el Ayuntamiento entenderá que el usuario opta por la renovación del carné de usuario abonado, en cuyo caso se renovará automáticamente durante la primera quincena del mes de enero. Si el usuario desea darse de baja, deberá presentar solicitud a través del registro municipal por escrito o mediante correo electrónico a deportes@sanjavier.es

El plazo finalizará el último día hábil del mes anterior a la vigencia anual del carné.

· La no renovación en plazo del carné de usuario abonado comportará la baja en esa condición, así como de la aplicación de ventajas y beneficios que esta condición lleva asociada.

Se podrán permutar los carnets de abonados individuales a uno familiar y viceversa. En el caso de que resulte de aplicación una diferencia de cuotas a favor de la Concejalía, el usuario deberá abonarla para poder hacer la permuta.

Carné de usuario no abonado:

Carné dirigido a usuarios que no quieren adquirir la condición de abonado. El carné de usuario no abonado permite el acceso de un usuario no abonado a los controles físicos necesarios para acceder a las actividades o servicios contratados.

La pérdida física del carné conllevará el abono de 3 € para su reposición. (las causas pueden ser diversas: pérdidas, robo, deterioro…)

4.2. Alquiler y uso de instalaciones deportivas.

El alquiler de las instalaciones deportivas municipales permite su utilización previo pago del precio público establecido, en el horario correspondiente. El uso de las instalaciones será exclusivo por la persona que realice la reserva y pago, siendo obligatoria su presencia en las instalaciones de uso múltiple.

Las instalaciones deberán utilizarse únicamente para la práctica del correspondiente deporte y sin fines lucrativos, debiendo el usuario tener en su poder, durante todo el periodo de uso, el recibo del pago del precio público. Este recibo se deberá mostrar a requerimiento del personal de servicios de la Concejalía de Deportes.

4.2.1. Piscinas

Piscina al aire libre Abonado No abonado
Entrada de 0 a 3 años. gratuita gratuita
Entrada adultos mayor de 15 años. 3 € 7 €
Entrada niños menor o igual de 15 años. 2 € 4 €
Abono de temporada familiar piscina verano. (desde su apertura hasta su cierre) Engloba a toda la unidad familiar, excepto descendientes mayores de 18 años. 50 €
Abono familiar de 30 días temporada de verano. Válido para 30 días naturales desde su adquisición. Engloba a toda la unidad familiar, excepto descendientes mayores de 18 años. 40 €
Alquiler piscina completa para eventos deportivos o docentes. (por hora) 100 € 150 €
Alquiler de tumbona de piscina por día. 2 € 3 €

Piscina climatizada Abonado No abonado
Entrada de 0 a 3 años. gratuita gratuita
Entrada adultos mayor de 15 años. (1 hora de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 h.) 2 € 5 €
Entrada adultos mayor de 15 años. (1 hora) 4 € 5 €
Entrada niños menor o igual de 15 años (1 hora) 2 € 4 €
Alquiler de una calle. (1 hora) 25 € 30 €
Alquiler 1/2 vaso piscina aprendizaje. (1 hora) 40 € 50 €
Alquiler vaso de aprendizaje completo. (1 hora) 80 € 100 €
Alquiler de vaso de competición. (1 hora) 130 € 150 €

4.2.2. Campos de fútbol, Rugby y Vóley Playa

Campos de fútbol Abonado No abonado
Campo de fútbol 11 césped artificial o natural (1 hora) 44 € 66 €
Campo de fútbol 11 de tierra (1 hora) 25 € 30 €
Campo de fútbol 7 césped artificial o natural (1 hora) 32 € 54 €
Campo de fútbol playa / vóley playa (1 hora) 15 € 25 €

4.2.3. Pabellones.

Abonado No abonado
Pabellón pista completa (1 hora) 20 € 30 €
1/3 Pabellón (1 hora) 12 € 18 €
Pabellón cubierto / campo de fútbol para actos deportivos, con taquilla (1 hora) 300 € 350 €
Pabellón cubierto / campo de fútbol para actos no deportivos, con taquilla (1 hora) 1.800 € 2.000 €
Pabellón cubierto / campo de fútbol para actos no deportivos, sin taquilla (1 hora) 1.200 € 1.400 €

4.2.4. Instalaciones deportivas exteriores.

Abonado No abonado
Pista de tenis tierra batida (1 hora) 8 € 12 €
Pista de tenis dura (1 hora) 4 € (uso tenis) 6 €
Pista de pádel (1 hora) 8 € 12 €
Frontón (1 hora) 5 € 7 €
Squash (1/2 hora) 4 € 8 €
Pista polideportiva exterior (1 hora) 10 € 15 €
Pista recreativa infantil (1 hora) 3 € 5 €
Pista de atletismo uso libre gratuito 2 €
Pista de atletismo con derecho a material (por persona 1 hora)(previa autorización) 3 € 5 €
Pista 800 m. Gratuito Gratuito
Rocódromo uso libre (imprescindible licencia federativa y por parejas) 3 € 5 €
Tiro con arco uso libre (imprescindible licencia federativa, previa autorización) 3 € 5 €
Mesa de tenis de mesa (1 hora) 3 € 5 €

4.2.5. Suplementos luz artificial.

Pistas de tenis, pádel, frontón, pista polideportiva (1 hora) (con pago por bonos: 1 bono) 3 € (1,5 € media hora)
Pabellones deportivos y campos de fútbol y fútbol playa (1 hora) 5 €

4.2.6. Bonos multiuso.

Abonado No abonado
Bono de 10 usos 35 € 55 €
Los bonos son personales e intransferibles y solo se podrán utilizar por el titular del bono.
El titular del bono debe estan presente entre los jugadores de la reserva.
Valido para pistas de tenis, padel, squash, fronton, piscina climatizada, piscina exterior, sala de musculación y clases colectivas.
La concejalía de deportes se reserva el derecho de añadir o eliminar instalaciones con posibilidad de pago con bono.

4.2.7. Cuenta monedero.

Se establece la posibilidad de efectuar recargas de saldo por importe indefinido a cargo de un sistema de pago por saldo. Este saldo en cuenta monedero podra ser utilizado para el pago de cualquiera de los servicios ofrecidos en esta ordenanza. El saldo del monedero no procederá en ningún caso a derecho de devolución. Quedará acumulado en la cuenta personal de cada usuario.

4.3. Otros servicios.

Abonado No abonado
Entrenador personal (1 hora) 30 € 40 €
Clase polideportiva / animación para grupos (1 hora) 40 € 45 €
Alquiler aula o sala polivalente (1 hora) 15 € 20 €
Entrada guardería / ludoteca 2 € 4 €
Uso toalla 2 € 4 €
Uso juego de sábanas 5 € 5 €
Alquiler balón o raqueta 2 € 3 €
Alquiler bicicleta (1 día) 6 € 10 €
Alquiler de tv, video, DVD o proyector 6 € 10 €
Servicio de orden / guardia (1 hora) 30 € 40 €
Inscripciones a eventos populares (carreras, partidos, exhibiciones, torneos, etc.) de tipo 1, catalogado por la concejalía. 3 € 3 €
Inscripciones a eventos populares (carreras, partidos, exhibiciones, torneos, etc.) de tipo 2, catalogado por la concejalía. 5 € 5 €
Inscripciones a eventos populares (carreras, partidos, exhibiciones, torneos, etc.) de tipo 3, catalogado por la concejalía. 10 € 10 €
Inscripciones a eventos populares (carreras, partidos, exhibiciones, torneos, etc.) de tipo 4, catalogado por la concejalía. 15 € 15 €
Alquiler de piragua o paddle sup (1h/2h/3h) 5€/9€/13€ 10€/18€/25€
Alquiler embaración tipo pastinaca/laser (1h/2h/3h) 18€/33€/42€ 20€/35€/45€
Alquiler embaración tipo gamba/vita (1h/2h/3h) 25€/45€/65€ 30€/50€/70€
Alquiler windsurf iniciación (1h/2h/3h) 10€/20€/30€ 15€/25€/35€
Alquiler windsurf freeride (1h/2h/3h) 15€/30€/40€ 20€/35€/45€
Alquiler catamarán (2h/3h) 45€/65€ 50€/70€
Primera tarjeta de usuario Gratuita 3 €
Renovación de carné de usuario por perdida, robo o deterioro. 3 €
Pulsera de abonado 3 €

4.4. Actividades dirigidas y escuelas deportivas.

Abonado No abonado
Mes Mes
Fitness Pack Total. Actividades Colectivas + Musculación. Entrada a sala de musculación, más paquete de actividades colectivas. 38 € 48 €
Fitness Pack Total medio día. Actividades Colectivas + Musculación. Entrada a sala de musculación, más paquete de actividades colectivas. Desde la apertura hasta las 15:00 horas. 30 € 40 €
Fitness Pacck Actividades Colectivas. Paquete de actividades colectivas previa reserva hasta completar el aforo. 28 € 40 €
Fitness Pack Musculación. Sala de musculación San Javier. 28 € 40 €
Entrada 1 sesión musculación San Javier 4 € sesión
(o 1 bono)
6 € sesión
(o 1 bono)
Sala de musculación La Manga 20 € 25 €
Entrada 1 sesión musculación La Manga 3 € sesión 5 € sesión

Actividades jóvenes y adultos Abonado No abonado
Mes Trimestre Mes Trimestre
Actividad física para la 3.ª edad. Campaña de invierno 25 € (anual) 50 € (anual)
Natación 3.ª edad. 1 sesión a la semana. 20 € 25 €
Natación 3.ª edad. 2 sesiones a la semana. 30 € 40 €
Natación 3.ª edad. 3 sesiones a la semana. 40 € 50 €
Actividad dirigida generalista 1 sesión a la semana. (excepto las que tengan tarifa propia en la presente ordenanza) 15 € 25 €
Actividad dirigida generalista 2 sesiones a la semana. (excepto las que tengan tarifa propia en la presente ordenanza) 20 € 30 €
Actividad dirigida generalista 3 sesiones a la semana. (excepto las que tengan tarifa propia en la presente ordenanza) 25 € 40 €
Tenis y pádel 1 sesión a la semana 20 € 25 €
Tenis y pádel 2 sesiones a la semana 30 € 45 €
Tenis y pádel 3 sesiones a la semana 40 € 55 €
Programas individualizados deportivos 45 € 60 €
Curso de multiaventura para centros de enseñanza del municipio, por alumno/ día 8 €
Curso de multiaventura para centros de enseñanza de fuera del municipio, por alumno/ día 18 €

Actividades niños y jóvenes Abonado No abonado
Mes Mes
Actividad dirigida generalista 1 sesión a la semana. (excepto las que tengan tarifa propia en la presente ordenanza) Natacion 15 € 25 €
Actividad dirigida generalista 2 sesiones a la semana. (excepto las que tengan tarifa propia en la presente ordenanza) 20 € 30 €
Actividad dirigida generalista 3 sesiones a la semana. (excepto las que tengan tarifa propia en la presente ordenanza) 25 € 40 €
Tenis y pádel 1 sesión a la semana 15 € 22 €
Tenis y pádel 2 sesiones a la semana 20 € 35 €
Tenis y pádel 3 sesiones a la semana 30 € 45 €
Tenis y pádel 4 horas a la semana 40 € 65 €
Tenis y pádel 6 horas a la semana 50 € 80 €
Programas individualizados deportivos 45 € 55 €

Actividades Deportivas distintas duraciones Abonado No Abonado
Curso de natación una quincena de lunes a viernes. Menores de 15 años. 30 € 40 €
Curso de natación una semana de lunes a viernes. Menores de 15 años. 15 € 20 €
Curso de natación una semana 2 días. Menores de 15 años. 10 € 15 €
Curso de natación una semana 3 días. Menores de 15 años. 15 € 20 €
Curso de natación una quincena de lunes a viernes. Mayores de 15 años. 30 € 40 €
Curso de natación una quincena 2 días. Mayores de 15 años. 10 € 15 €
Curso de natación una quincena 3 días. Mayores de 15 años. 15 € 20 €
Escuela Deportiva de verano (quincena) 80 € 110 €
Escuela Deportiva de verano, con comida incluida (quincena) 160 € 190 €

Actividades náuticas invierno Abonado No abonado
Mes Trimestre Mes Trimestre
Vela y windsurf 3 horas semanales fin de semana o 4 horas entre semana. (de septiembre a junio) 40 € 100 € 60 € 160 €
Vela y windsurf 6 horas semanales fin de semana o 6 horas entre semana. (de septiembre a junio) 55 € 140 € 80 € 190 €
Piragüismo 2 horas semanales. 30 € 50 €

Actividades náuticas verano Abonado No abonado
niños adultos niños adultos
Vela de lunes a sábado (18 horas) 80 € 100 € 100 € 120 €
Windsurf de lunes a sábado (12 horas) 70 € 90 € 90 € 100 €

4.4. Servicio de medicina deportiva.

Reconocimiento médico-deportivo Abonado No abonado
Reconocimiento “BÁSICO” 20 € 40 €
Reconocimiento “BÁSICO”, para inscritos en actividades físicas para mayores de 65 años Gratuito Gratuito
Reconocimiento “BÁSICO”, para inscritos en actividades dirigidas 10 €  15 €
Reconocimiento “BÁSICO”, para Deportistas de clubes y entidades deportivas con sede en San Javier  8 €  12 €
Reconocimiento “NORMAL” 50 € 90 €
Reconocimiento “NORMAL” para inscritos en actividades dirigidas 20 € 25 €
Reconocimiento “NORMAL” para Deportistas de clubes y entidades deportivas con sede en San Javier 20 € 25 €
Reconocimiento “AVANZADO” 60 € 120 €
Reconocimiento “AVANZADO” para inscritos en actividades dirigidas 30 € 50 €
Reconocimiento “AVANZADO”, para Deportistas de clubes y entidades deportivas con sede en San Javier 30 € 50 €
PRUEBA DE ESFUERZO 30 € 60 €
PRUEBA DE ESFUERZO CON ANÁLISIS DE GASES 50 € 90 €

Consultas Abonado No abonado
Consulta básica 15 € 30 €
Cineantropometría 15 € 30 €
Test de Salto en plataforma 13,2 € 30 €
Consulta con E.C.G. en reposo y/o espirometría 16,5 € 33 €
Consulta con Prueba de Esfuerzo  30 €  60 €
Consulta con Prueba de Esfuerzo y análisis de gases 40 € 80 €
Consulta con colocación vendaje funcional o compresivo 17 € 35,2 €
Consulta y colocación de férula de escayola 19 € 39,6 €
Consulta y colocación de vendaje de escayola 22 € 44 €
Consulta e infiltración 19,8 € 39,6 €
Consulta y cura local 16,5 € 33 €
Consulta y punción evacuadora articular 22 € 44 €

Prestaciones adicionales Abonado No abonado
Suplemento por análisis de gases respiratorios durante la prueba de esfuerzo 10 € 20 €
Suplemento por análisis de lactato en sangre durante la prueba de esfuerzo  22 €  44 €

4.5 Albergue deportivo.

Abonado No abonado
Estancia en régimen de acampada en las instalaciones deportivas municipales. 4 € 4 €
Por uso de cabaña de madera, aseos y duchas, precio por persona y día 12 € 14 €
Uso de espacios para publicidad de terceros (m2/año) Previa aprobación del órgano competente. 70 €

Eventos de carácter extraordinario, no incluidos en otros apartados: Para estos casos, la Concejalía de Deportes realizará un estudio de costes específico para fijar la tarifa aplicable en cada caso, la cual se incluirá en la autorización que se otorgue a la Alcaldía Presidencia o, por delegación, el Concejal Delegado de Deportes, para su celebración y que en todo caso tendrá carácter discrecional en su concesión, atendiendo a razones de interés social y/o deportivo.

Artículo 5. Convenios

Se podrán establecer convenios con Entidades privadas o de derecho público a propuesta del Concejal Delegado de Deportes y con la aprobación del Ayuntamiento de San Javier por la prestación de servicios de interés social y deportivo, para el uso de las instalaciones municipales y/o para otros fines.

Artículo 6. Reducciones

6.1. Para las inscripciones en actividades dirigidas y pago de servicios de medicina deportiva, se aplicarán los siguientes descuentos:

· 20% de descuento sobre la cuota que corresponda a:

? Familia numerosa de categoría general.

? Jubilados.

? Pensionistas.

? Discapacitados con grado igual o superior al 33%.

· 30% de descuento sobre la cuota que corresponda a:

? Familia numerosa de categoría especial.

· 10% de descuento en la suma de las cuotas mensuales por el abono del curso completo de una actividad dirigida de la Campaña de invierno. (de septiembre a junio)

· 5% de descuento sobre la suma de las cuotas mensuales por el abono de un trimestre completo. Se entienden por trimestre los 3 periodos siguientes: de octubre a diciembre, de enero a marzo y de abril a junio.

Los descuentos no son acumulables entre sí, solo se aplicará el mayor descuento de todos.

Para inscripciones específicas en actividades de tercera edad, no se aplicarán estos descuentos.

Los días festivos nacionales y locales, suspensiones por causas meteorológicas o de cualquier otra índole, no serán motivo de descuento o prorrateo en los precios.

Artículo 7. Exenciones.

? Residentes en el término municipal de San Javier, mayores de 65 años, estarán exentos del pago de la cuota de abonado.

? Los voluntarios deportivos que participen colaborando en actividades y eventos programados por la Concejalía de Deportes, previo informe favorable del Jefe de Negociado de Deportes y posterior autorización del Concejal Delegado de Deportes. Exención en actividades, bonos y/o servicios que determine el informe preceptivo.

? Todas aquellas personas o entidades que participen en actividades y eventos que organice la propia Concejalía de Deportes de San Javier estarán exentas del pago de precios públicos, para esa actividad o evento, cuando así se determine, previo informe favorable del Jefe de Negociado de Deportes y posterior autorización del Concejal Delegado de Deportes.

? Las entidades que suscriban convenios de colaboración con el Ayuntamiento de San Javier para el desarrollo de campañas, programas o eventos deportivos reflejados en el convenio.

? Las actividades que siendo organizadas por cualquier entidad pública o privada y sin ánimo de lucro, se puedan considerar de interés promocional o general, así como aquellas que, aun suponiendo un beneficio para los organizadores, estos destinen el total o al menos un 30% de dicho beneficio a colaborar en los fines sociales de cualquier asociación con domicilio social o que desarrollen su acción en el municipio, previo informe favorable del Jefe de Negociado de Deportes y posterior autorización del Concejal Delegado de Deportes.

? La asistencia que el Centro de Medicina del Deporte preste con carácter urgente, en el momento de producirse un accidente dentro de las instalaciones Municipales.

? Las actividades que realicen de forma periódica o esporádica los centros docentes de San Javier, sin personal de apoyo para su realización, siempre y cuando se realicen dentro del horario lectivo, y estén incluidas en el Plan del Centro.

? Los espacios necesarios para entrenamientos por parte del colectivo de protección civil y policía local de San Javier, previa solicitud de la jefatura del colectivo interesado y autorización del Concejal Delegado de Deportes, en las instalaciones y horarios que marque la jefatura de negociado de deportes.

? Aquellas personas individuales o grupos pertenecientes a entidades del municipio que cuenten, por su interés social, con un informe favorable de la Concejalía de Servicios sociales, con una autorización posterior de la Concejalía de Deportes.

? Los entrenamientos de equipos federados, para clubes pertenecientes al municipio de San Javier, previa solicitud del interesado y autorización por parte del Concejal de delegado de Deportes.

Artículo 8. Devoluciones.

Devoluciones de cuotas de actividades dirigidas.

8.1. Si la solicitud de devolución se produce antes del comienzo del periodo que se abona, procederá la devolución de todas las cantidades ingresadas, ya se haya hecho el pago del curso completo o por cuotas trimestrales o mensuales.

8.2. Si la solicitud de devolución se produce una vez iniciado el periodo abonado, no procederá devolución alguna. Solo en actividades pertenecientes a la campaña de invierno y en el caso de que se haya abonado la temporada completa, procederá la devolución de la cantidad abonada descontados los importes de las cuotas mensuales o trimestrales íntegras que hayan transcurrido desde el comienzo de la actividad hasta la fecha en que se solicitó la devolución (incluida esta última).

8.3. El usuario que haya abonado la cuota de una actividad dirigida podrá canjear la cantidad abonada con cualquier otro servicio de la Concejalía de Deportes, siempre y cuando lo solicite con antelación al inicio del periodo que abonó.

8.4. En caso de inclemencia meteorológica o causa de fuerza mayor, que obligue a la Concejalía a suspender alguna sesión de una actividad dirigida durante la campaña, ya sea de verano o invierno, no procederá ninguna devolución parcial de las cuotas satisfechas por los usuarios, ni la Concejalía estará obligada a la recuperación de las clases.

Artículo 9. Gestión

9.1. Para el pago de las cuotas de alquiler de instalaciones deportivas, servicios o actividades dirigidas propias de la Concejalía de Deportes, los usuarios deberán utilizar los medios de pago que indique y habilite al efecto el Ayuntamiento de San Javier para cada caso concreto. En particular, el pago en metálico solo se utilizará para los recibos que determine específicamente la Concejalía de Deportes.

9.2. La forma de pago de las actividades dirigidas deberá realizarse en el momento de la inscripción. En el caso de que la actividad sea renovable, las sucesivas cuotas de renovación serán por adelantado, mediante domiciliación bancaria.

9.3. En los casos en los que la Concejalía de Deportes retrase el comienzo de una actividad respecto a la fecha inicialmente prevista, la cuota abonada por el usuario se trasladará al nuevo inicio.

9.4. El pago de las actividades convenidas o de terceros se hará directamente a la entidad organizadora de la actividad en los términos que se determinen.

9.5. La condición de empadronado en San Javier, se verificará de oficio por parte de la Concejalía de Deportes, siempre que el usuario lo autorice. En caso contrario el solicitante deberá presentar volante de empadronamiento.

9.6. El pago del alquiler de las instalaciones deportivas será, de forma general, en el momento en el que se realice la reserva y será siempre anterior al uso de la misma.

9.7. Una vez realizada la reserva de una instalación deportiva no habrá derecho a devolución. Se podrán anular reservas de instalaciones a petición del interesado cuando este comunique la anulación con uno o más días de antelación al día reservado. La Concejalía de Deportes podrá anular la reserva de una instalación por causas de fuerza mayor, por circunstancias climatológicas adversas, por motivos de programación y de cualquier otra índole que impidan el uso razonable de la instalación. En los casos de anulación descritos, la reserva será permutada por cualquier otro día y hora de acuerdo con el régimen establecido de reservas.

9.8. La inscripción en una actividad dirigida, se entiende por la duración del curso completo y da derecho a tener una plaza para el resto del curso mientras se abone las cuotas en los periodos establecidos.

9.9. Plazo de baja voluntaria: el alumno que no desee continuar en una actividad dirigida hasta el final del curso, deberá comunicarlo directamente en oficinas de atención al público de la Concejalía de Deportes con antelación al periodo en el que causa baja.

9.10. Finalizado el plazo de pago establecido sin que el usuario haya abonado la cuota correspondiente, ni se haya podido cobrar la cuota por el medio de pago convenido, la concejalía se reserva el derecho de dar de baja al usuario y disponer de su plaza para otro usuario si así lo cree oportuno.

9.11. En el caso de que un usuario cambie de actividad durante una misma campaña, la cuota depositada por la actividad inicial se considerará como cuota de la nueva actividad, debiendo el usuario depositar la diferencia en el caso de que el importe de la cuota de la nueva actividad sea mayor que el de la cuota anterior. Si el importe de la nueva actividad es inferior al de la anterior actividad, no procederá la devolución ni la compensación de ninguna cantidad.

Artículo 10. Otras consideraciones

10.1. Ningún organizador de actividades a realizar en instalaciones autorizadas por la Concejalía de Deportes podrá percibir ingreso alguno por concepto de entrada al recinto o remuneración por formación, salvo autorización expresa de la Concejalía de Deportes.

10.2. A las nuevas actividades sobrevenidas se les aplicará el precio de las ya existentes que se consideren análogas por número de horas y número de alumnos.

10.3. Para las actividades, alquileres o servicios que programe la Concejalía de Deportes con duración distinta a la establecida en la presente ordenanza, se aplicara como precio público la parte proporcional que resulte como referencia la actividad, alquiler o servicio de duración inmediatamente inferior.

10.4. Por lo que respecta a la preferencia de uso de las instalaciones, será el Concejal Delegado de Deportes, previo informe emitido por el Jefe de Negociado de Deportes, quien determine dicha preferencia de uso, teniendo en cuenta en líneas generales la siguiente escala:

1.º- Actividades propias de la Concejalía de Deportes.

2.º- Actividades propias de los clubes y entidades deportivas de la localidad con convenio de colaboración subscrito con el Ayuntamiento, teniendo en cuenta categorías, número de federados, antigüedad, niveles de los equipos y actividad programada.

3.º- Actividades de las entidades públicas.

4.º- Actividades privadas.

10.5. Serán responsables los usuarios de todo desperfecto, rotura o daño general, causado a las instalaciones, elementos y elementos materiales, como consecuencia de la mala utilización o conducta negligente, generándose la obligación del abono de los costes de reparación que procedan, así como de los posibles daños y perjuicios.”

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

De acuerdo con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.

San Javier, 20 de diciembre de 2023. Alcalde de San Javier, José Miguel Luengo Gallego.

NPE: A-281223-7419