Administración Local
San Javier
4737
NPE: A-010823-4737
IV. Administración Local
San Javier
4737 | Aprobación definitiva del expediente incoado en orden a la aprobación de la modificación puntual de la disposición transitoria de la actual ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, del municipio de San Javier, adoptado en sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de San Javier el día 20 de diciembre de 2022. |
No habiéndose presentado alegaciones ni sugerencias durante el periodo de exposición al público del expediente relativo a la aprobación de la modificación puntual de la Disposición Transitoria de la actual Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, del municipio de San Javier, adoptado en sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de San Javier el día 20 de diciembre de 2022, se considera ésta definitivamente aprobada y se procede a su publicación íntegra de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, quedando la misma redactada con el siguiente texto:
“DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Con motivo de las numerosas dificultades que están atravesando las actividades de dicho sector que realizan esa utilización, por la delicada situación económica nacional en la que nos encontramos tras dos años de pandemia, y con la inflación disparada desde el otoño pasado, lo que ha llevado a una subida generalizada de los costes y la prestación de los servicios, se suspende durante el ejercicio 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, el devengo de la tasa por ocupación de la vía pública con terrazas (sillas y mesas), contemplada en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local
Dicha suspensión será efectiva desde que se produzca la entrada en vigor de la presente modificación de la ordenanza, es decir, desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de la modificación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023. Con posterioridad a dicha fecha, volverá a aplicarse con normalidad lo dispuesto en la ordenanza ahora modificada”.
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
De acuerdo con el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo.
San Javier, 20 de julio de 2023. El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.
NPE: A-010823-4737