Administración Local
San Javier
8930
NPE: A-020611-8930
IV. Administración Local
San Javier
8930 | Aprobación definitiva de la modificación puntual del artículo 26.3 de la ordenanza reguladora de las instalaciones en la vía pública o lugares contiguos a la misma en el municipio de San Javier. |
El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de marzo de 2011, adoptó entre otros, el acuerdo de aprobar provisionalmente la modificación puntual del artículo 26.3 de la ordenanza reguladora de las instalaciones en la vía pública o lugares contiguos a la misma en el municipio de San Javier, debiéndose exponer al público el expediente, por plazo de 30 días, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en un diario de los de mayor difusión de la Región y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Atendido que, expuesto el expediente al público durante el precitado plazo de treinta días, mediante exposición en el tablón de anuncios del Ayuntamiento; anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 6140, de 15 de abril de 2011 y por anuncio en el periódico La Opinión, de fecha 13 de abril de 2011, no se ha presentado reclamación o sugerencia alguna, por lo que se entiende definitivamente adoptado el citado acuerdo, conforme con lo preceptuado en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Por lo expuesto, el texto de la modificación puntual del artículo del artículo 26.3 de la ordenanza reguladora de las instalaciones en la vía pública o lugares contiguos a la misma en el municipio de San Javier, aprobada por el Pleno municipal, sería el siguiente:
“3. Las autorizaciones podrán ser anuales o de temporada, sin que en ningún caso puedan exceder de un año. Se entenderá por autorizaciones de temporada desde el 1 de marzo al 30 de septiembre, ambos inclusive, y anuales de 1 de enero a 31 de diciembre, debiendo, en cualquier caso, solicitarse la renovación por el interesado. La liquidación de la tasa correspondiente se efectuará por el tiempo trascurrido desde la solicitud hasta el final, bien de la temporada, bien del ejercicio.”
Contra la presente aprobación definitiva, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», según el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
San Javier, 23 de mayo de 2011.—La Alcaldesa, Josefa García Hernández.
NPE: A-020611-8930