Región de Murcia

Aprobación definitiva del cambio de sistema de gestión urbanística y el programa de actuación de la Unidad de Actuación número 11B de San Javier.

Borm Nº 101, viernes 3 de mayo de 2024

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

San Javier

Nº de Publicación:

2171

NPE: A-030524-2171

TEXTO

IV. Administración Local

San Javier

2171 Aprobación definitiva del cambio de sistema de gestión urbanística y el programa de actuación de la Unidad de Actuación número 11B de San Javier.

Mediante decreto de Alcaldía n.º 2.031, de 25 de marzo de 2024, se ha aprobado definitivamente el cambio de sistema de gestión urbanística, sustituyendo el sistema de compensación por el sistema de concertación directa, para la Unidad de Actuación número 11B de San Javier; así como se ha aprobado definitivamente el programa de actuación, que declara la innecesariedad de reparcelación, para la misma Unidad de Actuación.

El contenido íntegro del programa de actuación y del cambio de sistema de actuación podrá consultarse en la siguiente dirección electrónica: https://sanjavier.sedelectronica.es/info.0

La presente publicación servirá de notificación a los propietarios desconocidos, indeterminados o que rehúsen su conocimiento, al amparo de lo establecido en los arts. 42 y 43, así como de publicación ordinaria de conformidad con lo determinado en el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio ante el mismo órgano que haya dictado el acto impugnado, de conformidad con lo establecido en el art. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso judicial contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cartagena, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio. Si se optara por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En San Javier, a 16 de abril de 2024. El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.

NPE: A-030524-2171