Región de Murcia

Notificación a interesados en decreto de aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación correspondiente al Plan Especial de Reforma Interior denominado Polígono K del Plan “Hacienda Dos Mares” de La Manga del Mar Menor.

Borm Nº 61, jueves 14 de marzo de 2013

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

San Javier

Nº de Publicación:

3942

NPE: A-140313-3942

TEXTO

IV. Administración Local

San Javier

3942 Notificación a interesados en decreto de aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación correspondiente al Plan Especial de Reforma Interior denominado Polígono K del Plan “Hacienda Dos Mares” de La Manga del Mar Menor.

Habiéndose intentado sin efecto la notificación del decreto de Alcaldía n.º 33, de 11 de enero de 2013, se hace saber a todos los interesados que a continuación se relacionan, la aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación correspondiente al Plan Especial de Reforma Interior denominado Polígono K del Plan “Hacienda Dos Mares” de La Manga del Mar Menor, redactado en abril de 2012 por el arquitecto don Jesús Zafra Serrano.


INTERESADOS
Elema Rentas, S.L.
D. Edward Smith Simón
D.ª Nuria García Carrillo
D.ª Teresa Faura Martínez
D.ª Isabel López Bo
D.ª Isabel M. Gómez Segovia
D.ª Alicia Gómez Ferrández
D. Diego Vivo Faura


De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109, letra c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el presente decreto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde la fecha de notificación del decreto, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde la notificación del decreto, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (artículos 10 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998), sin que puedan simultanearse ambos recursos.

De interponerse recurso potestativo de reposición, el mismo se entenderá desestimado transcurrido un mes sin que se notifique su resolución, quedando expedita la vía contenciosa-administrativa, y pudiendo interponerse recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a aquél en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición, o de seis meses desde que éste deba entenderse presuntamente desestimado.

San Javier, 18 de febrero de 2013.—El Alcalde, Juan Martínez Pastor



NPE: A-140313-3942