Región de Murcia

Exposición pública del padrón de carga y descarga de mercancías de cualquier clase, correspondiente al año 2023 y anuncio de cobranza.

Borm Nº 89, miércoles 19 de abril de 2023

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

San Javier

Nº de Publicación:

2433

NPE: A-190423-2433

TEXTO

IV. Administración Local

San Javier

2433 Exposición pública del padrón de carga y descarga de mercancías de cualquier clase, correspondiente al año 2023 y anuncio de cobranza.

Aprobado por Decreto de Alcaldía número 1.620/2023 de fecha 5 de abril, el padrón de carga y descarga de mercancías de cualquier clase correspondiente al año 2023; se expone al público, en el Negociado de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, durante un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, al objeto de que pueda ser examinado por los contribuyentes, pudiendo interponerse ante esta Corporación recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la finalización del periodo de exposición al público, de conformidad con lo regulado en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por la que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

El periodo voluntario de pago de las cuotas del padrón aprobado es de dos meses, contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, surtiendo los efectos de notificación a los contribuyentes, de conformidad con lo regulado en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria.

El pago podrá efectuarse en las oficinas de las entidades colaboradoras, utilizando el documento de ingreso que pueden obtener en la Oficina de Recaudación, sita en San Javier, calle Príncipe número 5, bajo, de lunes a viernes, de 08:00 a 15:00 horas, mediante tarjeta de crédito/débito en esta misma oficina o a través del enlace de Pago de impuestos y tasas de la Oficina Virtual del Contribuyente de este ayuntamiento.

Se informa a los contribuyentes que pueden domiciliar sus impuestos a través de las entidades bancarias clasificadas, según lo establecido en los artículos 25.2 y 38 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Transcurridos los plazos indicados, las cuotas no pagadas serán exigidas por el procedimiento de apremio, y devengarán el recargo de apremio, los intereses de demora y las costas que se ocasionen.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

En San Javier, 5 de abril de 2023. El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.

NPE: A-190423-2433