Administración Local
Ricote
6915
NPE: A-040512-6915
IV. Administración Local
Ricote
6915 | Aprobación definitiva de ordenanzas fiscales. |
En el Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 56 de 7 de Marzo de 2012, fue publicada la aprobación inicial de modificación de las ordenanzas fiscales referidas a Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana e Impuesto Sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Resultando que no ha habido reclamaciones al acuerdo inicial de aprobación, durante el plazo de exposición de treinta días especificado en el acuerdo de modificación provisional se eleva este a definitivo, y se publica el texto íntegro de la modificación de dichas ordenanzas
BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA
Los titulares de bienes inmuebles de naturaleza urbana, en posesión del Título de Familia Numerosa en vigor, tendrán derecho a una disminución del 25% en el recibo al amparo de lo dispuesto en la Ley 51/2002 de 27 de Diciembre
La bonificación se podrá solicitar, durante la exposición pública del padrón correspondiente, su prorroga deberá ser solicitada antes del 31 de Diciembre del ejercicio inmediato anterior al que debe tener efectividad, sin que pueda tener carácter retroactivo.
Para tener derecho a esta bonificación se deberá acreditar y aportar junto con la solicitud,
- Certificado de convivencia en este municipio
- Certificado de familia numerosa
IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
Quedan exentos del abono del impuesto, los vehículos con una antigüedad superior a los 25 años conforme al art. 25.6 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo.
Una bonificación de hasta el 100% para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Ricote a 25 de abril de 2012.—El Alcalde, Celedonio Moreno Moreno
NPE: A-040512-6915