Administración Local
Puerto Lumbreras
1794
NPE: A-230323-1794
IV. Administración Local
Puerto Lumbreras
1794 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal reguladora del servicio de taxi de Puerto Lumbreras. |
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 29 de noviembre de 2022, aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora del Servicio Taxi de Puerto Lumbreras, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
“Modificación del Artículo 17 de la Ordenanza reguladora de la prestación del servicio de taxi en Puerto Lumbreras (BORM, n.º 243, de 21 de octubre de 2015), que quedará con el siguiente tenor:
“Artículo 17. Color y distintivos de los vehículos
Los vehículos que presten el servicio de taxi dentro del ámbito de aplicación de esta Ordenanza deberán ser, preferentemente, de color blanco y llevarán un distintivo de color rojo Cartagena de diez centímetros de ancho, que cruzará las puertas del vehículo con una franja lateral, exhibirán el escudo municipal y el número de licencia concedido.
Deberá colocarse en la parte exterior del vehículo el número de licencia municipal correspondiente.”
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Puerto Lumbreras, 10 de marzo de 2023. La Alcaldesa, M.ª Ángeles Túnez García.
NPE: A-230323-1794