Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal reguladora del precio público por el servicio de piscina, cursos de natación, instalaciones deportivas y otros servicios análogos del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras.

Borm Nº 154, jueves 6 de julio de 2017

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Puerto Lumbreras

Nº de Publicación:

4910

NPE: A-060717-4910

TEXTO

IV. Administración Local

Puerto Lumbreras

4910 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal reguladora del precio público por el servicio de piscina, cursos de natación, instalaciones deportivas y otros servicios análogos del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de fecha 28 de marzo de 2017, aprobatorio de la modificación de la Ordenanza Municipal Reguladora del precio público por el servicio de piscina, cursos de natación, instalaciones deportivas y otros servicios análogos del ayuntamiento de Puerto Lumbreras, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Modificación de la ordenanza municipal reguladora del precio público por el servicio de piscina, cursos de natación, instalaciones deportivas y otros servicios análogos del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras:

Artículo 5. Bonificaciones:

Se introducen las letras d), e) y f) del siguiente tenor literal: una nueva bonificación en los siguientes términos:

d) Sobre el importe del precio público establecido en el artículo 3, se establece una reducción del 50% para personas que acrediten mediante la presentación del Certificado del IMAS una minusvalía superior al 33% y un 25% para familias numerosas, acreditado mediante la presentación del carnet de familia numerosa en vigor.

e) Sobre el importe del precio público establecido en el artículo 3, se establece una bonificación del 10% para los que presenten el “carné joven local en vigor.

f) Sobre el importe del precio público establecido en el artículo 3, se establece una bonificación del 10% para los que estén en situación de desempleo acreditado mediante la presentación de la tarjeta u otro documento válido.

Puerto Lumbreras, 26 de junio de 2017.—La Alcaldesa-Presidenta, M.ª Ángeles Túnez García

NPE: A-060717-4910