Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.

Borm Nº 102, viernes 4 de mayo de 2012

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Puerto Lumbreras

Nº de Publicación:

6912

NPE: A-040512-6912

TEXTO

IV. Administración Local

Puerto Lumbreras

6912 Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.

El Pleno del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras, en sesión celebrada el día 31 de enero de 2.012, se adopta acuerdo de aprobación provisional de la Ordenanza Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, habiendo sido expuesto al público en el Tablón de Anuncios y en el B.O.R.M. n.º 52 de fecha 2 de marzo de 2012, por plazo de 30 días y publicado en el Diario “La Verdad” de fecha 29 de marzo de 2012, sin que se hayan presentado reclamaciones, por lo que dicho acuerdo ha quedado elevado a definitivo.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se procede a la publicación íntegra de dicha modificación:

“Se adiciona al artículo 3 el apartado 4, del siguiente tenor literal:

Artículo 3.º4- La condición de sujeto pasivo se pierde:

a) Por el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en el apartado 3 de este artículo..

b) A partir de la fecha de la resolución en la que se reconozca al beneficiario cualquiera de las prestaciones del sistema de dependencia regulado por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia, o desde que se genere el derecho de acceso a la prestación económica que en, en su caso, fuera reconocida, una vez transcurrido el plazo máximo de seis meses desde la solicitud, sin que se haya notificado resolución expresa de reconocimiento de la prestación.

Los Servicios Sociales municipales verificarán anualmente que los beneficiarios del servicio reúnen la condición de sujeto pasivo conforme a lo establecido en el presente artículo, a efectos de tramitar las bajas que corresponda.”

Puerto Lumbreras, 12 de abril de 2012.—El Alcalde, Pedro Antonio Sánchez López



NPE: A-040512-6912