Región de Murcia

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de las instalaciones deportivas municipales.

Borm Nº 99, martes 30 de abril de 2024

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Pliego

Nº de Publicación:

2100

NPE: A-300424-2100

TEXTO

IV. Administración Local

Pliego

2100 Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de las instalaciones deportivas municipales.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de fecha 01/02/2.024 del Ayuntamiento de Pliego sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la utilización de las instalaciones deportivas municipales cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Se modifica el artículo 4 (cuota tributaria), quedando como sigue:

ORDENANZAS FISCALES 2024

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

Artículo 4.- Cuota tributaria

La cuota tributaria que regula la presente Ordenanza resultará de aplicar la Tarifa contenida en el apartado siguiente:

Campo de fútbol sin luz: 35 €/hora.

Campo de fútbol con luz: 60 €/hora.

Pista Frontenis sin luz: 3 €/hora.

Pista Frontenis con luz: 5 €/hora.

Pista del Pabellón: 15 €/hora.

Pista de Pádel sin luz: 8 €/90 minutos

Pista de Pádel con luz: 10 €/90 minutos

Alquiler pista por usuarios federados y escuelas deportivas: gratuito.


Pliego, a 18 de abril de 2024. El Alcalde-Presidente, Antonio Huéscar Pérez.

NPE: A-300424-2100