Región de Murcia

Anuncio de aprobación definitiva de modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

Borm Nº 154, viernes 6 de julio de 2018

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Ojós

Nº de Publicación:

4345

NPE: A-060718-4345

TEXTO

IV. Administración Local

Ojós

4345 Anuncio de aprobación definitiva de modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles.

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Ojós, en sesión de 8 de marzo de 2018, mediante el que se acordó la aprobación provisional de la modificación para el 2018 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, sin que, desde su publicación en el BORM n.º 74 del día 02.04.18, se haya producido reclamación alguna, se eleva a definitivo aquel, y para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 17 del Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se publica íntegramente el texto de las modificaciones introducidas:

Artículo 12. Bonificaciones.

Se establecen las siguientes bonificaciones:

...///…

c) Se establece una bonificación del 40%, que se llevará a cabo de oficio, sobre la cuota resultante del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, a las parcelas integradas dentro de las delimitaciones de las Unidades de Actuación, en suelo urbano no consolidado, UA-OJ1, UA-OJ2, UA-OJ3, Y UA-OJ4, por encontrarse sin desarrollar, así como los comprendidos en el Sistema General de Equipamientos Preferentes y Espacios Libres denominado El Reconque junto a la Avda. Río Segura sin obtener y en el Sistema General de Vial para calle de nueva apertura sin realizar, de conformidad con el informe de la Oficina Técnica Municipal que se une a la presente.

Disposición final.- La presente modificación de esta Ordenanza Fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín oficial de la Región de Murcia y será de aplicación a partir del 1 de enero de 2018, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Contra la modificación de la ordenanza publicada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, conforme a lo previsto en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Ojós, 11 de junio de 2018.—El Alcalde, Pablo Melgarejo Moreno

NPE: A-060718-4345