Región de Murcia

Resolución de la Alcaldía sobre rectificación de errores.

Borm Nº 286, martes 13 de diciembre de 2022

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Ojós

Nº de Publicación:

6461

Análisis:

NPE: A-131222-6461

TEXTO

IV. Administración Local

Ojós

6461 Resolución de la Alcaldía sobre rectificación de errores.

La Alcaldía-Presidencia, en fecha 29 de noviembre de 2022, ha dictado la siguiente resolución,? que copiada literalmente dice:

“Resolución de Alcaldía rectificación errores

Habiendo detectado un error en la Resolución de la Alcaldía n.º 29/2022, de fecha 16 de mayo de 2022 que fue publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 120, de fecha 26 de mayo de 2022, en donde se aprobada la Oferta de Empleo Público de carácter Extraordinaria dentro del proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración para el año 2022 de este Ayuntamiento, conforme a la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021. Figurando en dicha resolución, una de las plazas con la denominación Técnico de Empleo y Formación cuando lo correcto es Técnico de Centro Local de Empleo, por ser así como se denomina dicha plaza en esta organización municipal. Dicho error se contiene también en el anexo I y anexo II de las correspondientes bases especificas aprobadas por Resolución de la Alcaldía n.º 57/2022, de fecha 07 de noviembre de 2002, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 261, de fecha 11 de noviembre de 2022.

Habiéndose detectado igualmente en el Anexo II de las citadas bases especificas aprobadas por Resolución de la Alcaldía n.º: 57/2022, de fecha 07 de noviembre de 2002, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 261 de fecha 11 de noviembre de 2022, en cuanto a la titulación exigida para el informador Juvenil, que está dentro del grupo de clasificación C2, que aparece por error que la titulación exigida es la de Ingeniería Industrial, cuando lo correcto es que para el Grupo C2, la titulación exigida sea la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

Visto lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,


Resuelvo:


Primero. Llevar a cabo las rectificaciones oportunas, quedando el Anexo I y Anexo II de las Bases Especificas de la siguiente forma:

NPE: A-131222-6461