Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2025.

Borm Nº 300, sábado 28 de diciembre de 2024

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Murcia

Nº de Publicación:

6617

NPE: A-281224-6617

TEXTO

IV. Administración Local

Murcia

6617 Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2025.

Transcurrido el plazo de exposición al público de la aprobación provisional del acuerdo de modificación de diversas ordenanzas fiscales, expediente 2024/020/000092, y habiéndose presentado dentro de plazo alegaciones contra el acuerdo provisional adoptado en sesión de Pleno de este Ayuntamiento de 31 de octubre de 2024, han sido resueltas las mismas y aprobada definitivamente la modificación citada en sesión de Pleno de 26 de diciembre de 2024, conforme al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y cuyo texto íntegro figura a continuación en los documentos ANEXO I y ACTUALIZACION CALLEJERO ORDENANZAS FISCALES-ANEXO, adjuntos a este edicto:

- 1.0 Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de tributos locales.

- 2.4 Tasa por aprovechamiento especial de terrenos de uso público con mesas y sillas.

- 3.1 Impuesto sobre Bienes Inmuebles

- 3.2 Impuesto sobre Actividades Económicas-

- 3.3 Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

- 3.4 Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

- 3.5 Impuesto sobre incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana.

- Aprobar la modificación del Índice fiscal de calles, según se contiene en el documento denominado “ACTUALIZACION CALLEJERO ORDENANZAS FISCALES-ANEXO”.

La modificación que se aprueba entrará en vigor al día siguiente al de la publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2025.

Contra la aprobación definitiva de dicha modificación puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del acuerdo adoptado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, según lo dispuesto en el art. 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, y 10.1.b) y 46.1 de la Ley 29/98, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004 citado.

Murcia, a 26 de diciembre de 2024. El Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Murcia, Antonio Marín Pérez.

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NPE: A-281224-6617