Región de Murcia

Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las bases específicas para la realización del Festival Internacional de Cine de Murcia (IBAFF).

Borm Nº 103, viernes 6 de mayo de 2022

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Murcia

Nº de Publicación:

2214

NPE: A-060522-2214

TEXTO

IV. Administración Local

Murcia

2214 Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las bases específicas para la realización del Festival Internacional de Cine de Murcia (IBAFF).

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 24 de febrero de 2022 aprobó inicialmente la ordenanza reguladora de las bases específicas para la realización del Festival Internacional de Cine de Murcia (IBAFF). Sometida a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días, mediante anuncio publicado en el BORM n.º 58, de 11 de marzo de 2022 y no habiéndose formulado alegaciones dentro del plazo establecido al efecto, y en virtud de lo establecido en el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Base?s de Régimen Local, procede su aprobación definitiva, insertándose a continuación su texto íntegro según dispone el art. 70.2 de la mencionada Ley. Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Murcia a 28 de abril de 2022. El Secretario General del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, Antonio Marín Pérez.


Ordenanza reguladora de las bases específicas del Festival Internacional de Cine de Murcia -IBAFF-

El Festival Internacional de Cine de Murcia Ibn Arabi International Film Festival (en adelante el Festival IBAFF) es una iniciativa del Excmo. Ayuntamiento de Murcia creada en 2010 y cuyo nombre está inspirado en la figura del gran pensador sufí Ibn Arabi, filósofo, poeta y viajero nacido en Murcia en el siglo XII.

Con el fin de fomentar el cine y la cultura cinematográfica y en el marco de las competencias que en materia de cultura le otorga el art. 25.2.m), Promoción de la cultura y equipamientos culturales, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, al Ayuntamiento de Murcia, se convoca este Certamen, que tiene la finalidad de fomentar y estimular la actividad cinematográfica, acercando a la ciudadanía el cine.

A través de sus diferentes secciones, el Ayuntamiento de Murcia, desde la Concejalía de Cultura, Turismo y Deportes quiere ser reflejo de las contradicciones y paradojas de la práctica fílmica contemporánea, una cita anual que sea lugar de encuentro y debate desde el que alimentar el cine con la energía de su vanguardia.

Por todo ello el Excmo. Ayuntamiento de Murcia establece las bases por las que se regirán las convocatorias anuales del Festival Internacional de Cine de Murcia (IBAFF) en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de Desarrollo, recogido en el R.D. 887/2006, de 21 de junio, así como la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para finalidades culturales, turísticas, deportivas, docentes, juveniles, sanitarias, medio ambiente, de cooperación, participación vecinal, consumo, servicios sociales y otras aprobada por el Acuerdo de Pleno de fecha 26 de febrero de 2004 y publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 108, de 12 de mayo de 2004 y las Bases de Ejecución del Presupuesto, el Plan Estratégico de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Murcia 2021-2023, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público, así como la legislación que proceda.

Bases

Primera.- Requisitos de las obras a participar en el Festival IBAFF

Podrán inscribirse las películas en las siguientes categorías, según su duración:

• Largometraje (con una duración mayor de 60 minutos).

• Cortometraje (con una duración menor de 30 minutos).

También podrán participar películas entre 30 y 60 minutos, pero serán incluidas según el criterio del Comité de Selección en una u otra sección, que informará previamente a los interesados.

La temática será libre.

Podrán participar películas de todos los géneros (excluyendo películas publicitarias y corporativas). Las películas deben ser originales y no haber sido premiadas en convocatorias anteriores de este Concurso.

Sólo podrán participar películas producidas con posterioridad al 1 de enero de 2020 y que no hayan participado en ediciones anteriores.

Las películas podrán estar rodadas en cualquier idioma. Todas las películas que no sean en español deberán presentarse para la consideración del comité de programación con subtítulos en inglés y español.

En ningún caso se aceptarán a concurso obras que no respeten los derechos humanos o los valores democráticos, o que tengan contenidos ofensivos o irrespetuosos hacia personas o colectivos.

Los concursantes se responsabilizan de que no existan derechos a terceros por el uso de piezas musicales en las obras presentadas, ni reclamación alguna por derechos de imagen de las personas que aparezcan en ellas, así como de que las obras presentadas no estén sometidas a reclamación legal alguna y se encuentren dentro de lo establecido por la ley de propiedad intelectual, eximiendo a la Organización de cualquier tipo de responsabilidad. En el caso de que se utilice una pista de audio con la grabación de un sonido que sea propiedad de una compañía discográfica sin su permiso, es posible que, por motivos legales, la reproducción de la obra en la web sea sin sonido.

Los participantes deberán aceptar el tratamiento de los datos personales necesarios para la gestión del concurso.

Segunda.- Premios

Los premios a conceder en el Festival IBAFF serán los siguientes:

Sección Oficial

Sólo las películas participantes en esta sección optarán a los premios económicos, que serán los que se establezcan en las Convocatorias anuales:

- Premio al mejor largometraje de la sección oficial.

- Premio al mejor cortometraje de la sección oficial.

Los premios económicos no podrán ser concedidos ex-aequo, además, no podrán ser compartidos, y serán abonados a través de transferencia bancaria una vez descontados las retenciones e impuestos a los que estén sujetos, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

Menciones Especiales: el Jurado podrá otorgar una sola mención especial por categoría.

Otras secciones:

Adicionalmente, el IBAFF establece los siguientes galardones, sin remuneración económica:

Premio del Público. Concedido a una obra de la selección oficial. De este premio quedarán excluidas las producciones murcianas o mayoritariamente murcianas que pudieran participar en la sección oficial.

Premio IBAFF Joven, otorgado por un Jurado de estudiantes de Educación Secundaria o Universitaria de la Región de Murcia.

Premio Honorífico, otorgado a una figura o entidad cultural cinematográfica de especial relevancia.

Premio Arrebato, otorgado (si procede) a un cineasta, película, profesional o institución que esté relacionado con la línea editorial del Festival IBAFF.

Los premios podrían quedar desiertos si el jurado así lo decide. El fallo del jurado será inapelable. Asimismo, la organización no se hace responsable de la mala o ninguna recepción de los materiales.

Tercera.- Cesión de Derechos de Exhibición

Se cederán los derechos de exhibición pública de cada obra para su proyección durante el Festival IBAFF y posible visualización pública previa al Festival.

Dada la situación de pandemia y los posibles efectos que pueda tener sobre los aforos permitidos para la proyección durante el Festival IBAFF, se cederá el derecho a realizar un streaming único en la plataforma de contenidos digitales del Ayuntamiento de Murcia, OCULTO.TV.

Para poder promocionar el Festival IBAFF en los medios de comunicación, el Festival IBAFF se reserva el derecho de uso de extractos de las obras que no excedan los 3 minutos.

Asimismo, en el caso de las obras premiadas, el Festival IBAFF se reserva el derecho de ser utilizadas sin fines de lucro dentro del marco general de este concurso para eventos promocionales, muestras, foros, festivales y otras actividades, previo aviso a sus productores, en cualquiera de sus ediciones, así como para fines de publicidad o promoción del mismo, los cuales se ejercitarán siempre con el reconocimiento de su condición de autor, excepto manifestación en contra de este.

De todos los filmes seleccionados se cederá una copia para el archivo audiovisual del Festival IBAFF, custodiado en el Centro Cuartel de Artillería.

Cuarta.- Condiciones y requisitos de los participantes

Podrán participar en este Certamen personas físicas o jurídicas con plena capacidad de obrar, de nacionalidad española residentes o no en España, y extranjeras con residencia o no en territorio español.

Los participantes deberán cumplir con todas las obligaciones previstas en el artículo 6 de la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 27 del Reglamento que la desarrolla, no podrán obtener la condición de beneficiario de estos premios los participantes que cumpliendo los requisitos específicos de participación recogidos en las presentes bases, estén incursos en alguna de las causas enumeradas en las citadas disposiciones.

Quinta.- Inscripción de las obras. Plazo de Inscripción

El plazo de inscripción se abrirá al día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará 15 días hábiles después de su publicación en el mismo.

Los plazos serán publicados en la web del Festival IBAFF, http://ibaff.es

Procedimiento de inscripción.

Una vez publicada la Convocatoria, los participantes deberán cumplimentar la ficha de inscripción disponible on line en la web del Festival IBAFF http://ibaff.es, y que se encuentra como Anexo II a las siguientes bases.

Deberán anotar el número de referencia de la inscripción on-line.

La inscripción es gratuita.

El formulario online permitirá indicar link privado y clave de acceso para visionado de la película (Vimeo u otro link permanente). El enlace deberá estar operativo hasta la finalización del Festival IBAFF. Los enlaces temporales de descarga (tipo Wetransfer) no serán válidos.

En caso de no disponer de link o archivo de descarga para visionado de la película, podrá remitirse una copia en formato DCP, DVD o Bluray, etiquetada con el Número de Referencia asignado al realizar la inscripción on-line, Título, Director, Productor, Duración, Teléfono y e-mail de contacto a la siguiente dirección:

FESTIVAL IBAFF

Centro Cuartel de Artillería, Pabellón 1

Calle Cartagena, S/N 30002, Murcia SPAIN

En caso de envío internacional, se indicará en el envoltorio lo siguiente: “For cultural purposes. No commercial value”.

Las copias enviadas por vía postal no serán devueltas.

Para poder participar en el Festival IBAFF es necesario cumplir todos los requisitos señalados en los apartados “requisitos de las obras” y “procedimiento de inscripción”, así como aceptar las presentes bases.

Sexta.- Selección

El Comité de Selección estará formado por dos miembros, que serán designados por el Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Murcia a propuesta del Jefe del Área de Producción Audiovisual y Digital.

El Comité podrá requerir a los candidatos que aporten información complementaria, subsanen carencias en la documentación presentada o aporten una copia de la obra en su formato original para poder evaluar que la calidad de proyección cumple las exigencias del festival.


• Obras Seleccionadas

El Comité de Selección determinará las obras que participarán en XlIª Edición del Festival IBAFF.

La selección de las obras se decidirá haciendo especial énfasis en aquellas propuestas que conjuguen radicalidad, exigencia formal y búsquedas narrativas más allá de las formas cinematográficas convencionales.

La lista de películas seleccionadas de la XIIª Edición se darán a conocer aproximadamente un mes y medio antes de la celebración del Certamen en una rueda de prensa junto a la programación y actividades paralelas y será publicada en la página web del Festival IBAFF.

Las películas seleccionadas no podrán ser retiradas de la programación del Festival IBAFF ni podrán ser exhibidas públicamente en la Región de Murcia antes de su presentación oficial en el Festival IBAFF.

Además, se facilitará al Festival IBAFF la información y materiales promocionales necesarios para su presentación y difusión (fotogramas, sinopsis, notas del director, extractos y poster promocional). Asimismo, deberán facilitar una copia de la película para exhibición en formato DCP, Blu-Ray o archivo digital.

Séptima.- Jurados

Para la deliberación de los premiados se designarán dos Jurados. Uno de ellos fallará el premio al mejor largometraje, y el otro el premio al mejor cortometraje.

Los Jurados estarán compuestos por expertos relacionados con la industria cinematográ-fica, los medios de comunicación, la cultura y las artes.

Cada uno de los Jurados será designado por el Concejal de Cultura del Ayuntamiento de Murcia a propuesta del Jefe del Área de Producción Audiovisual y Digital del Ayuntamiento de Murcia, y estará formado por tres miembros cada uno: un Presidente y dos vocales. Uno de los vocales actuará como Secretario.

Una vez designados, se publicará su nombramiento en la página web del Festival IBAFF.

Los fallos del Comité de Selección serán inapelables. Asimismo resolverá a su juicio cualquier eventualidad que pudiera surgir no especificada en estas bases.

Octava.- Concesión de premios

El Jurado emitirá el fallo de los premiados de esta edición del Festival IBAFF quedando reflejado en el Acta y notificándose a los interesados para que en el plazo máximo de 30 días naturales, contados a partir del siguiente a aquél en que reciban la notificación, comuniquen su aceptación del premio propuesto.

Se advierte que sólo habrá lugar a la concesión final de los premios si los seleccionados cumplen todos los requisitos legales y los exigidos en las presentes bases, incluida la entrega de los documentos recogidos en el presente documento y cualquier otro documento requerido que se consideren necesarios.

• Criterios de valoración:

Las películas seleccionadas a concurso, tanto largometrajes como cortometrajes, serán puntuadas por el Jurado de 1 a 10 puntos teniendo en cuenta los siguientes criterios de valoración:

- Idea

- Guión

- Dirección

- Realización

- Interpretación

- Estilo

- Montaje

- Fotografía

- Cualidad artística sobre la producción

- Temática

- Objetivos artísticos del Festival IBAFF: riesgo creativo, renovación del lenguaje y voluntad de experimentación.

Los premiados que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes en su país de residencia, siempre y cuando exista convenio bilateral entre el país de procedencia y España, y una declaración responsable de que se encuentran al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y seguridad social con la administración española, si las tuvieran. En caso contrario, se tendrá que aplicar la correspondiente retención de no residentes.

En el caso de películas de nacionalidad española, declaración responsable haciendo constar que no incurre en ninguna de las circunstancias descritas en el 71 de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), y que cumplen con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Novena.- Programación en el Festival y publicación premiados

El Festival IBAFF tendrá lugar en la ciudad de Murcia en el mes de junio del presente año, y se establecerá el orden y la fecha de exhibición de cada película seleccionada, reservándose el derecho de proyectarla durante las fechas del Festival IBAFF en cualquiera de sus sedes, conforme a la programación del mismo.

Debido a la situación sanitaria producida por la crisis del Covid-19, las fechas previstas para la celebración de la Edición correspondiente del Festival Internacional de Cine de Murcia (IBAFF) podrían variar, anunciándolo con suficiente antelación en la página web del Festival, así como en la sede electrónica y página web de Ayuntamiento de Murcia.

Las películas ganadoras de cualquier premio se proyectarán adicionalmente durante el último fin de semana del Festival IBAFF, una vez conocidos los premios en la Clausura del Festival.

Décima.- Aceptación de las condiciones de la convocatoria

La participación en el Festival IBAFF supone la aceptación de las presentes bases en todas sus condiciones, así como la resolución por parte de la organización de cualquier eventualidad no prevista en estas bases.

Decimoprimera.- Otras Disposiciones

Las películas premiadas deberán mencionar el premio obtenido en el IBAFF en todos los materiales promocionales y títulos de crédito de todas las copias destinadas a su exhibición en salas comerciales, en otros Festivales o Certámenes nacionales o internacionales, así como en formato doméstico.

La organización podrá grabar audio y video, así como fotografiar todas las actividades que generen dentro del Festival. Los participantes en este festival aceptan que la Concejalía de Cultura, Turismo y Deportes del Excmo. Ayuntamiento de Murcia se reserve con fines no comerciales, tanto los derechos de imagen y reproducción de las actividades como de los trabajos presentados.

Decimosegunda.- Protección de datos

Responsable del tratamiento: Ayuntamiento de Murcia.

Finalidad: Tramitar y gestionar la solicitud de participación en la XIIª Edición del Festival Internacional de Cine de Murcia organizada por el Ayuntamiento a través de la Concejalía de Cultura, Turismo y Deportes.

Legitimación: El tratamiento se basa en el artículo 6.1.e) del RGPD: cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD 2016/679 del Parlamento Europeo), y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Plazos de conservación: Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.

Destinatarios: No están previstas comunicaciones a terceros ni transferencias internacionales de datos, salvo obligación legal.

Derechos: Puede acceder, rectificar y suprimir los datos, así como otros derechos, cuando procedan, ante Ayuntamiento de Murcia - Glorieta de España, 1. 30004 Murcia.


Anexo I

FICHA DE INSCRIPCION

FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE IBAFF 2022


DATOS DE CONTACTO

Persona contacto:

En calidad de:

Dirección:

Teléfono:

E-mail:

FICHA TÉCNICA

Título original:

Título en inglés:

Idioma original:

Idioma subtítulos:

Categoría competición:

Ópera prima:

Formatos disponibles: Duración:

Fecha de primera:

País:

Imagen: Ratio:

Estreno en España antes de Marzo 2020:

Sinopsis:

Enlace visionado:

Clave de acceso:

FICHA ARTÍSTICA

Guión:

Biofilmografía: Productora:

Dirección Productora:

Teléfono Productora:

E-mail Productora:

Imagen: Montaje: Sonido: Reparto:

OTROS

Festivales: Festivales España:

Cómo conocí IBAFF:

Acepto las bases y condiciones del IBAFF 2022

Soy acreedor de todos los derechos

Fecha y firma:

NPE: A-060522-2214