Región de Murcia

Corrección de errores de la publicación de la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las tarifas por prestación de los servicios de abastecimiento domiciliario de agua, alcantarillado y saneamiento y demás servicios y actividades prestadas en relación con el ciclo integral del agua en el municipio de Murcia.

Borm Nº 212, viernes 13 de septiembre de 2019

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Murcia

Nº de Publicación:

5589

Análisis:

NPE: A-130919-5589

TEXTO

IV. Administración Local

Murcia

5589 Corrección de errores de la publicación de la aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de las tarifas por prestación de los servicios de abastecimiento domiciliario de agua, alcantarillado y saneamiento y demás servicios y actividades prestadas en relación con el ciclo integral del agua en el municipio de Murcia.

Advertido error en el anuncio del referido acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Murcia a 31 de julio de 2019, de aprobación definitiva de la Ordenanza, publicado en el BORM número 185 de 12 de agosto de 2019, se procede a efectuar la oportuna rectificación:

Página 25.111.- Donde dice “disposición adicional primera de la Ley 58/2013…” debe decir “disposición final primera de la Ley 58/2013…”

Página 25116.- En el artículo 7. “Aprobación y modificación de tarifas.”, en el apartado 2. “Revisión automática”, donde dice: “Mediante Decreto municipal se aplicará a la misma, a propuesta o previo informe del Consejo de Administración modificando los Anexos a esta Ordenanza que contienen las tarifas y procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial.”, debe decir: “La empresa formulará un nuevo Anexo con el resultado de la actualización tarifaria que remitirá a la Concejalía competente del Excmo. Ayuntamiento de Murcia para que por Decreto municipal se aplique la misma, procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial.”

Página 25120.- En el cuadro final, en “diámetro contador, donde dice < debe decir ? 15mm.

Página 25121.- En el cuadro “diámetro de contador 80 mm”, donde se determina el bloque m³/mm donde dice de 0 a 1.275, debe decir de 0 a 1.375.

Página 25.121.- En la última fila de la tabla, en Diámetro contador, donde dice “Contadores de unos comunitarios…”, debe decir “contadores de usos comunitarios…”

Página 25121.- Diámetro de contador 150 donde dice: > 150 mm, debe decir ? 150mm.

Página 25121.- Al final de la página, la numeración del apartado a) familias con todos sus miembros en situación de desempleo, donde dice 1. El solicitante…. Y 1. Que todos los miembros en edad de trabajar…., Debe decir 1. y 2, arrastrándose el error de numeración hasta el número 5 en la página 25122.

Página 25122.- Apartado b) Familias con personas con discapacidad a su cargo, se repite numeración 1, y debe llevar la secuencia 1, 2, 3, 4.

Página 25122.- Apartado c) Víctimas de violencia de género, se repite numeración 1, y debe llevar la secuencia 1, 2, 3, 4.

Página 25123.- Diámetro de contador 15, donde dice < 15 mm, debe decir ? 15mm.

Página 25123 apartado 2.3, en todos los diámetros de contador donde dice: > 15 mm, debe decir ? 15 mm. La secuencia alfabética de la tarifa por miembros de familia, repite la letra d, cuando la secuencia debe ser: e, f.

Página 25124.- En el apartado 2.4 (Tarifa de Pensionistas), donde dice > 15 m, debe decir ? 15 mm.

Página 25126.- Se repite en la relación alfabética la letra D, cuando debe ser E.

Página 25127.- En los requisitos para acceder a la Tarifa Especial de Fugas, la secuencia alfabética, a partir de la C, debe ser D, E, F, G, H, I.

Página 25127.- En el apartado J, debe añadirse, en su última línea, después de “Consumo Medio a Tarifa”: General del 5.º tramo”.

Página 25128.- En el apartado 2.7 (Tarifa Social), en el diámetro de contador donde dice > 15 mm, debe decir ? 15 mm.

Página 25128.- En Unidad Familiar 1 Miembro, la cuota de servicio Euros/mes, donde dice 3,8000, debe decir 3,48000.

Página 25128.- En el apartado b) Unidad Familiar 2 Miembros, en la cuota de servicios Euros/mes, donde dice 3,80000, debe decir 3,48000 y en precios m³/euros, donde dice 0,114117, debe decir 1,114117.

Página 25.128.- En el apartado C) Unidad Familiar de 3 Miembros, en precio m³/euros, donde dice 0,114117, debe decir 1,114117.

Página 25.129.- Diámetro de Contador 15 mm, donde dice > 15 mm, debe decir ? 15 mm.

Página 25.132.- En 3) Derechos de Alta, en contador 15 mm, donde dice < 15 mm, debe decir ? 15 mm y en contador 150 mm, donde dice > 150 mm, debe decir ? 150 mm.

Página 25.132.- Repite la numeración del Apartado 3 cuando (Propuesta de “Fórmula Polinómica”), no debe llevar numeración.

Página 25.134.- En el Epígrafe 1, cuota fija, diámetro de contador, donde dice < 15 mm, debe decir ? 15 mm y en contador 150 mm, donde dice > 150 debe decir ? 150.

Página 25.134.- Epígrafe 2, la secuencia alfabética de la Tarifa Doméstica, debe ser b).

Página 25.136.- Tarifa Social, diámetro de contador donde dice > 15 mm, debe decir “para todos los grupos de tarifa social, de unidad familiar ? 15mm. La secuencia alfabética repite la letra g, cuando debe ser h, i, j.

Página 25.137.- Epígrafe III. Derechos de Alta, en diámetro de contador donde dice < 15 mm, debe decir ? 15 mm y en diámetro de contador 150, donde dice > 150, debe decir ? 150. Apartado Tarifa Contadores 2019, en diámetro de contador donde dice > 13, debe decir ? 13 y en diámetro 15 donde dice 15 mm, debe decir ? 15 mm. En diámetro 150, donde dice > 150, debe decir ? 150.

La presente corrección de errores no altera la fecha de entrada en vigor de la Ordenanza.

Murcia, a 4 de septiembre de 2019.—El Secretario General del Pleno, Antonio Marín Pérez

NPE: A-130919-5589