Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos de la Empresa Urbanizadora Municipal S.A.

Borm Nº 290, miércoles 17 de diciembre de 2025

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Murcia

Nº de Publicación:

6119

NPE: A-171225-6119

TEXTO

IV. Administración Local

Murcia

6119 Aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos de la Empresa Urbanizadora Municipal S.A.

El Pleno de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de abril de 2025, aprobó inicialmente la modificación de los artículos 1 y 2 de los estatutos sociales de la empresa Urbanizadora Municipal S.A. (URBAMUSA).

El anuncio se insertó en el BORM n.º 117 el 23 de mayo de 2025 y posteriormente se abrió un nuevo plazo para conocimiento del texto íntegro mediante anuncio publicado en el BORM n.º 167 de 22 de julio de 2025. Habiéndose presentado alegaciones, las cuales han sido resueltas procediéndose a su aprobación definitiva en sesión ordinaria de Pleno de 27 de noviembre de 2025, insertándose a continuación su texto íntegro según dispone el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del siguiente día al de la publicación del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Murcia a 3 de diciembre de 2025. El Secretario General del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, Antonio Marín Pérez.


“Artículo 1. Denominación y régimen legal.

1. La sociedad “Urbanizadora Municipal, S.A,” se regirá por los presentes Estatutos, y, en cuanto en ellos no esté previsto o sea de preceptiva observancia, por lo dispuesto en la legislación de Régimen Local y cualquiera otra que sea de aplicación, así como en la Ley de Sociedades de Capital (LSC) y Reglamento del Registro Mercantil.

2. La Sociedad constituye “un medio propio” y servicio técnico de sus accionistas, Ayuntamiento de Murcia y Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y organismos autónomos dependientes de las mismas, pudiéndosele encomendar o conferir cuantas actuaciones o prestaciones se consideren oportunas en el marco de su objeto social, determinándose la imposibilidad de participar en licitaciones públicas convocadas por las Administraciones accionistas, sin perjuicio de que, cuando no concurra ningún licitador, pueda encargársele la ejecución de la prestación objeto de la misma, de conformidad con lo previsto en el art. 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Artículo 2. Objeto Social.

1. La Sociedad tendrá por objeto social la realización de estudios e instrumentos urbanísticos, actividad urbanizadora, edificación, rehabilitación urbana, proyectos y gestión de infraestructuras, así como implantación y gestión de servicios públicos, con Código CNAE principal n.º F-4110. En su caso, dichas actividades se realizarán de acuerdo con las atribuciones o encomiendas que se realicen, conforme a legislación de contratos del sector público. En particular, forman de su actividad:

a) La realización de toda clase de actuaciones relacionadas con la transformación urbanística del suelo para cualquier uso, incluyendo la edificación con destino a vivienda u otros usos, así como el desarrollo y promoción de iniciativas públicas.

b) La construcción y gestión integral de viviendas o planes de viviendas sujeta a cualquier tipo de planificación, protección o promoción pública. La gestión de cooperativas u otro tipo de entidades, destinadas al uso residencial con destino a sus socios o integrantes.

c) La gestión y promoción de todo tipo de aparcamientos, públicos o privados, en superficie o subterráneos, zonas de estacionamiento limitado y, en general, cualquier otro medio de gestión y control del estacionamiento de vehículos que contribuya a los fines de la mejora de la movilidad urbana.

d) Actuaciones en materia de movilidad sostenible, tales como gestión, implantación y promoción de todo tipo de vehículos o medios de transporte que proporcionen mejora del medio ambiente o de la calidad urbana.

e) La gestión y explotación de los modos de transporte urbano que les sean encomendados por la administración en el marco de sus competencias.

f) La redacción de estudios de movilidad en todo su alcance: viabilidad técnica, económica y jurídica; planes de movilidad; estudios de tráfico; estudios sobre reordenación del espacio que afecte a vehículos y peatones, estudios medioambientales y cualquier otro que tenga incidencia en la movilidad

g) Redacción de proyectos y de ejecución de obras para cualquier tipo de infraestructura relacionada con la movilidad.

h) La realización de actuaciones de rehabilitación de inmuebles y, en particular, del patrimonio histórico o artístico.

i) La prestación de servicios de consultoría y asistencia técnica en los ámbitos del objeto social de la empresa.

j) La gestión integral de proyectos de interés general derivados de planes, proyectos, programas, actuaciones estructurantes o urbanísticas. Su actividad comprenderá igualmente la financiación, gestión y explotación de las obras y los servicios resultantes de la actividad urbanizadora.

2. Para la realización de su objeto social, la Sociedad podrá:

a) Adquirir, transmitir, constituir, modificar y extinguir toda clase de derechos sobre bienes muebles o inmuebles, así como concertar operaciones de financiación y, en general, ejecutar las operaciones auxiliares, complementarias o derivadas que requieran las actividades de su objeto social.

b) Celebrar contratos o convenios con organismos públicos o privados, así como participar en asociaciones, consorcios, uniones o agrupaciones de todo tipo que al efecto puedan constituirse.

c) Recibir y aceptar encomiendas, encargos o suscribir convenios de colaboración que resulten oportunos, incluso en su faceta de poder adjudicador, según las normas aplicables en materia de contratación pública.”

NPE: A-171225-6119