Región de Murcia

Aprobación definitiva ordenanza.

Borm Nº 31, viernes 7 de febrero de 2025

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mula

Nº de Publicación:

578

NPE: A-070225-578

TEXTO

IV. Administración Local

Mula

578 Aprobación definitiva ordenanza.

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 3 de octubre de 2024, de aprobación inicial del expediente GRAL/1897/2024 que sigue la MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR RETIRADA DE VEHÍCULOS DE LA VÍA PÚBLICA, de conformidad con lo dispuesto en el art. 49 de la LBRL, se entiende definitivamente aprobada, al no haberse presentado reclamación alguna.

A continuación, se hace público el texto íntegro de la modificación aprobada:

Se incorporan los siguientes cambios en su articulado:


EPÍGRAFE I. RECOGIDA DE VEHÍCULOS:

Tarifas turismos, furgonetas y análogos:

TASA ORDINARIA DIURNA: 120 Euros.

TASA NOCTURNA Y FESTIVA 140 Euros. (Nocturna de 22:00 a 06:00 horas) Festivos se considerarán todos los sábados y domingos, además de los festivos nacionales y locales).

Tarifas por estancia en depósito: 10 euros/día

Tarifas ciclomotores, motocicletas, quads y análogos:

TASA ORDINARIA DIURNA: 60 euros.

TASA NOCTURNA Y FESTIVA 70 euros. (Nocturna de 22:00 a 06:00 horas) Festivos se considerarán todos los sábados y domingos, además de los festivos naciones y locales).

Tarifas por estancia en depósito: 10 euros/día.


EPÍGRAFE II. ENGANCHE:

Se considerará esta circunstancia cuando se haya dado aviso para iniciar el servicio de recogida del vehículo y no se pueda consumar el mismo como consecuencia de haberse personado el usuario del vehículo, exprese su voluntad de retirarlo inmediatamente del lugar donde se encuentra estacionado, además de abonar en el acto los gastos generados.

Tarifa por enganche:

50 euros Tarifa Ordinaria.

60 euros nocturna y/o festiva.

Segundo.- Disponer un plazo de información pública por treinta días hábiles mediante inserción de anuncio en el BORM. Una vez finalizado el período de exposición pública si no hubiere alegaciones se entenderá aprobada definitivamente la modificación de la ordenanza. Si las hubiere el pleno, en plazo de un mes, resolverá lo que proceda.


Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Mula, 2 de diciembre de 2024. El Alcalde-Presidente, Juan Jesús Moreno García.

NPE: A-070225-578