Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tasa del uso de las instalaciones deportivas municipales.

Borm Nº 157, martes 9 de julio de 2013

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mula

Nº de Publicación:

10782

NPE: A-090713-10782

TEXTO

IV. Administración Local

Mula

10782 Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tasa del uso de las instalaciones deportivas municipales.

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 2 de mayo de 2013, de aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal reguladora del uso de las instalaciones deportivas municipales, y no habiéndose presentado reclamación alguna, se entiende aprobada definitivamente, modificándose las tarifas como se indica a continuación, e incluyendo un nuevo apartado para la utilización del Carné Joven:

- Tasa por utilización de la pista de pádel municipal: Se deroga la siguiente tarifa: Con luz artificial: 5,20 euros/hora.

- Pista polideportiva exterior: 3,60 euros

- Pabellones: 10,20 euros

- Luz: 1 euro, aplicable a cualquier instalación deportiva.

- Se deroga el precio por fracción de pista.

El Carné Joven se regirá por las siguientes normas:

1.- Implicará una reducción de las tarifas generales del 18% para las siguientes instalaciones:

Tenis, frontenis, pista polideportiva, pabellón y pádel.

2.- No supondrá reducción para las tarifas de “luz”.

3. La cuota resultante de su aplicación se redondeará a los diez céntimos, conforme a estas reglas:

- En caso de resultar la unidad de céntimos en la siguiente cantidad: 0, 1, 2, 3, 4 o 5, se redondeará a 0. Por ejemplo: Pádel: 4,20-18%=3,44 Redondeo: 3,40

- En caso de resultar la unidad de céntimos en la siguiente cantidad: 6, 7, 8 y 9, se redondeará al siguiente decimal. Por ejemplo: Pabellón: 10,20-18%=8,36 Redondeo: 8,40

4.- En caso de deportes colectivos para poder aplicar la bonificación del carné joven será necesario que al menos el 50% de los usuarios acrediten su posesión.

Mula, 24 de junio de 2013.—El Alcalde-Presidente, José Iborra Ibáñez



NPE: A-090713-10782