Administración Local
Mula
6061
NPE: A-170412-6061
IV. Administración Local
Mula
6061 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicio de cementerio municipal. |
Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 21 de febrero de 2012, de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Prestación de Servicio de Cementerio Municipal, y no habiéndose presentado reclamación alguna, se entiende aprobada definitivamente dicha modificación, de modo que las cuotas quedan fijadas como sigue:
a) Por uso de sacos de plástico: 4,20 euros.
b) Por el uso de sudarios: 12,60 euros
c) C) por exhumación: 68,20 euros.
d) Por inhumación: 31,50 euros.
e) Asignación de terrenos para panteones, por cada metro cuadrado de terreno: 52,50 euros.
Artículo 51:
(…)
a) Por las transmisiones directas entre padres e hijos se pagará el 10,50% del valor actual de lo transmitido.
b) Por las transmisiones directas entre familiares de segundo grado de parentesco por consanguinidad, se devengará el 21% sobre el valor de lo transmitido.
c) Por las transmisiones de familiares con parentesco del tercer y cuarto grado de consanguinidad, se devengará el 31,5 y el 42 por cien, respectivamente, del valor de lo transmitido.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.
Mula, 10 de abril de 2012.—El Alcalde-Presidente, José Iborra Ibáñez
NPE: A-170412-6061