Región de Murcia

Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora del régimen de infracciones a la normativa de tráfico.

Borm Nº 211, sábado 11 de septiembre de 2010

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mula

Nº de Publicación:

15401

NPE: A-110910-15401

TEXTO

IV. Administración Local

Mula

15401 Aprobación definitiva modificación Ordenanza reguladora del régimen de infracciones a la normativa de tráfico.

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo de aprobación inicial adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 1 de junio de 2010, de la modificación de la Ordenanza reguladora del régimen de infracciones a la normativa de tráfico, y no habiéndose presentado reclamación alguna, se entiende aprobada definitivamente dicha modificación, en los extremos que a continuación se señalan:

Artículo 66.1: el primer párrafo desde su inicio hasta el tercer punto y seguido, queda redactado como se indica a continuación, permaneciendo el resto con la misma redacción:

Artículo 66.- Sanciones.

1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de 80 Euros, las graves con multa de 200 Euros y las muy graves con multa de 500 Euros. En el caso de infracciones graves o muy graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo establecido por parte de la autoridad estatal competente en dicha materia. Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas con una reducción del 50% sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente en el boletín de denuncia por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de dicha denuncia realizada por el instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 20 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación.

Artículo 81.1: el primer párrafo desde su inicio hasta el primer punto y seguido queda como se indica a continuación, permaneciendo el resto con la misma redacción:

Artículo 81. Prescripción.

1. El plazo de prescripción de las infracciones previstas en esta Ley será de tres meses para las infracciones leves y seis meses para las infracciones graves y muy graves.

Se introduce la siguiente Disposición Adicional Primera:

Cuadro de infracciones:

Las denuncias formuladas por los agentes de la Policía Local por infracciones al Reglamento General de Circulación se adaptarán a la relación codificada establecida por la Dirección General de Tráfico.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Mula, 31 de julio de 2010.—El Alcalde-Presidente, Diego Cervantes Díaz.



NPE: A-110910-15401