Región de Murcia

Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de 21 de junio de 2021, se aprueban las bases de convocatoria para proveer, mediante promoción interna, una plaza de Agente de Desarrollo Local, incluida en la oferta de empleo público complementaria de 2021.

Borm Nº 152, lunes 5 de julio de 2021

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mula

Nº de Publicación:

4622

NPE: A-050721-4622

TEXTO

IV. Administración Local

Mula

4622 Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia de 21 de junio de 2021, se aprueban las bases de convocatoria para proveer, mediante promoción interna, una plaza de Agente de Desarrollo Local, incluida en la oferta de empleo público complementaria de 2021.

Primera.- Plaza objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la sel?ección, por el procedimiento de Concurso-Oposición, de una plaza de Agente de Desarrollo Local, reservada al turno de promoción interna, vacante en la Plantilla de este Ayuntamiento.

Esta plaza está incluida en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Superior, Grupo A, dotada con los emolumentos correspondientes al Subgrupo de clasificación “A1”, del artículo 76 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; y demás que correspondan de conformidad con la normativa vigente.

Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en las Pruebas Selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias:

a) Estar en posesión de una licenciatura, grado universitario o equivalente.

b) Estar ocupando plaza como funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Mula y estar encuadrado en el Subgrupo A2, con una antigüedad mínima de dos años como funcionario de carrera en el Grupo, Escala o Categoría a que pertenece.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) Haber satisfecho la tasa por derechos de examen que queda fijada en 60 € y se ingresarán en la c/c núm. IBAN ES62 2038 3018 6664 0000 1806, de BANKIA-CAIXABANK, indicando “Pruebas selectivas Agente de Desarrollo Local”. El justificante del ingreso se adjuntará a la instancia.

Tercera.- Instancias.

I.- Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda e irán dirigidas al Sr. Alcalde Presidente y serán presentadas en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Mula, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A la solicitud se acompañará:

- Fotocopia compulsada del documento Nacional de Identidad.

- Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria.

- Documentos justificativos originales o en copias compulsadas de los méritos alegados para el concurso, salvo de los que ya disponga el Ayuntamiento de Mula que bastará con que se identifiquen y se relacionen en la instancia.

- Justificante de ingreso de los derechos de examen.

II.- Las Bases de la Convocatoria y Anexos a la misma se publicarán en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la web del Ayuntamiento de Mula.

Cuarta.- Admisión de candidatos.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde Presidente dictará Resolución declarando aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose un plazo de diez días hábiles a efectos de reclamaciones.

De no existir reclamaciones, la mencionada Resolución se considerará elevada automáticamente a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

Las sucesivas publicaciones se realizarán a través de la página web del Ayuntamiento.

Asimismo, se determinará la composición del Tribunal, con indicación del lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y orden de actuación de los aspirantes.

Quinta.- El tribunal calificador.

I. El Tribunal Calificador estará integrado por cinco miembros, funcionarios de carrera, de los cuales uno será el presidente, tres actuarán como vocales y otro como secretario y deberán tener un nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza convocada.

La designación del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se hará pública en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la web municipal

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

El Tribunal podrá contar con el asesoramiento de especialistas para todas o algunas pruebas, nombrados por el Sr. Alcalde Presidente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra entre ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, debiéndolo notificar a la autoridad convocante.

II. El Tribunal Calificador estará facultado para resolver cualquier duda o incidencia que pudiera surgir durante la celebración de las pruebas selectivas, y para tomar acuerdos y dictar cuantas normas sean precisas para el buen orden y resultado de las mismas.

III. A efectos de percepción de asistencias por los miembros del Tribunal se fijan las establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y Resolución de 2 de diciembre de 2015 que revisa el importe de las mismas o, en su caso, disposición posterior que modifique las anteriores.

Sexta.- Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección constará de las siguientes fases: Concurso y Oposición.

I.- Fase de Concurso.- Los méritos, que el Tribunal Calificador valorará, deberán ser alegados y debidamente justificados, mediante original o copia compulsada, por los aspirantes al Concurso-Oposición, en el tiempo otorgado al efecto. No obstante, si dicha documentación ya constase en su expediente personal, sólo será necesario citarla en la solicitud, sin que tengan que aportarse los documentos correspondientes; en el bien entendido que todo aquello que el concursante no mencione, no se tendrá en cuenta. Los méritos se computarán conforme se señala a continuación:

a) Antigüedad.- Por servicios prestados en cualquier Administración Pública relacionados con el servicio de desarrollo local 0´3 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 6 puntos. El tiempo de servicios computables se puntuará por años completos salvo casos de empate a la finalización del proceso selectivo. No se puntuará como antigüedad el tiempo de servicios a que se refiere la base segunda, apartado b) exigido como requisito para poder optar a la promoción interna.

Para valorar la antigüedad se presentará documento oficial expedido al efecto por Administración competente.

b) Por estar en posesión de diplomas o certificados, como asistente a Cursos de Formación o Perfeccionamiento. Se valorarán, hasta un máximo de 4 puntos, los Cursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan relación directa y específica con las tareas y cometidos propios de la plaza y que hubieren sido convocados u organizados por este Ayuntamiento, así como por Institutos y Escuelas Oficiales de formación de Funcionarios y personal al servicio de la Administración, Organizaciones Sindicales dentro de los planes de formación en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, Universidades, SEPE, Comunidad Autónoma de la Región de Murcia u otras administraciones y entes públicos y Colegios Profesionales.

No se valorará, tanto los cursos que no acrediten las horas de duración, como los inferiores a 20 horas lectivas ni las asignaturas pertenecientes a una carrera universitaria.

La valoración de cada curso se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:

- De 20 o más horas. 0’30 puntos.

- De 50 o más horas. 0’40 puntos.

- De 100 o más horas. 0’60 puntos.

- De 200 o más horas, 1 punto.

Serán méritos puntuables en cada concursante, los contraídos hasta el día de publicación del anuncio-extracto de la convocatoria en el BORM.

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición, por lo que solamente se procederá a puntuar el concurso en el caso de haber superado el nivel de aptitud establecido para todos y cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio de la fase de oposición.

II.- Fase de Oposición: Estará compuesta por dos ejercicios:

Primer ejercicio: Prueba Teórica. - De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito, durante un plazo máximo de sesenta minutos, una prueba propuesta por el Tribunal Calificador consistente en responder 20 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las que sólo una es correcta. Las preguntas en blanco y erróneas no penalizarán.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Prueba Práctica. - De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en la resolución de un supuesto teórico-práctico, entre dos a elegir, que propondrá el Tribunal Calificador, durante un tiempo fijado a su prudente arbitrio, y que no podrá exceder de tres horas, en condiciones de igualdad para todos los aspirantes, relativas a las tareas y cometidos propios de las plazas. Dicho ejercicio se realizará por escrito, incluso en un ordenador, relacionado con los temas del Temario que figura en el Anexo a esta convocatoria.

Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal Calificador podrá determinar que se proceda a la lectura pública del ejercicio, pudiendo solicitar las aclaraciones sobre las materias tratadas y pedir cualesquiera otras explicaciones complementarias. También podrá corregir la prueba directamente.

Séptima.- Desarrollo de las pruebas.

En la Resolución a que se refiere la Base Cuarta, y que se publicará en el BORM, se anunciará, asimismo, el día, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la Fase de Oposición y los sucesivos anuncios de la presente convocatoria se publicarán en la página web del Ayuntamiento.

Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales. No obstante, se podrán reducir los plazos indicados en el párrafo anterior si lo propusiera el Tribunal Calificador y aceptarán todos los aspirantes o fuera solicitado por éstos unánimemente.

El Tribunal deberá garantizar, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes en la realización de los ejercicios escritos, salvo que solo se presente un único candidato.

Una vez baremados los méritos y corregidos los ejercicios, el Tribunal expondrá al público la lista de aspirantes con las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición, concediéndoles un plazo de cinco días naturales para que formulen las alegaciones y/o reclamaciones que estimen pertinentes.

Resueltas las posibles alegaciones y/o reclamaciones, el Tribunal Calificador publicará la relación definitiva de aspirantes aprobados por su orden de puntuación.

Los aspirantes podrán renunciar a los plazos anteriormente indicados si así lo solicitan expresamente.

Octava.- Calificaciones

La calificación definitiva de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la Fase de Concurso y en la Fase de Oposición.

Novena.- Relación de aprobados y propuesta de nombramiento.

Realizada la calificación definitiva de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, y elevará al Sr. Alcalde-Presidente propuesta de nombramiento del candidato que haya obtenido la máxima puntuación, sin que pueda hacer propuesta a favor de más aspirantes que número de plazas hubiese en la convocatoria.

No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan al propuesto, para su posible nombramiento como funcionario de carrera.

Décima.- Presentación de documentos.

I.- En el plazo de 20 días naturales, a contar desde la publicación de los aspirantes aprobados, a que se refieren la Base anterior, el aspirante que figure en ella deberá presentar los documentos acreditativos de capacidad y requisitos exigidos en la Base Segunda. No obstante, al tratarse de una promoción interna, los aspirantes ya tienen la condición de funcionario de esta Administración, por lo que estarán exentos de justificar las condiciones y los requisitos ya exigidos cuando obtuvieron su anterior nombramiento. Por ello, con carácter general sólo deberán presentar:

1) Copia autenticada o fotocopia (acompañada del original para su cotejo) de la titulación exigida en la convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que expiró el plazo de presentación de instancias, se deberá justificar el momento en que concluyó los estudios.

2) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, así como de no hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica, conforme a la normativa vigente.

Todo ello, sin perjuicio de tener que acreditar aquellos que se exigen en la indicada Base Segunda y no consten en su expediente personal.

II.- Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Undécima.- Nombramiento y toma de posesión.

Cumplimentado por los aspirantes propuestos lo establecido en la Base anterior y realizados los trámites administrativos pertinentes, el órgano competente propondrá al órgano que corresponda en función del régimen de delegaciones el nombramiento correspondiente, debiendo el interesado tomar posesión de su cargo en el plazo reglamentario. Si no tomara posesión en el citado plazo, sin causa justificada, decaerán en su derecho, por caducidad del nombramiento.

Duodécima.- Incompatibilidades.

Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.

Decimotercera.- Protección de datos de carácter personal.

En la gestión del concurso-oposición, el tratamiento de los datos personales se realizará en el fichero del Servicio de Personal, siendo el órgano administrativo responsable del fichero el propio Servicio.

Decimocuarta.- Referencias genéricas.

Toda referencia hecha al género masculino en las presentes bases incluye necesariamente su homónimo en femenino. Los géneros han sido empleados conforme a la práctica y uso generalmente admitidos en aras a la agilidad lingüística.

Decimoquinta.- Normativa.

En todo lo no previsto en las presentes Bases, en lo que no se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se estará a lo dispuesto en:

· La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

· Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

· La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

· El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas. y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección.

· El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

· El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

· Y demás disposiciones aplicables y concordantes.

Decimosexta.- Impugnación.

Contra la presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos sean dictados en su desarrollo, salvo las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados legitimados, mediante la interposición del Recurso potestativo de Reposición, ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de estas bases en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien, interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de este orden de Murcia o bien a su elección, el de la circunscripción de su domicilio si lo tuviera fuera de Murcia, en el plazo de dos meses, a tenor de lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa advirtiéndole que tales recursos no tienen efecto suspensivo, y ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

Mula, 22 de junio de 2021. El Alcalde-Presidente, Juan Jesús Moreno García.



Anexo I

Materias comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y Principios Fundamentales, Derechos y Deberes: Garantía y Suspensión. Principios rectores de la política social y económica. La Corona.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos. Su garantía y suspensión.

Tema 3. La Cortes Generales. Composición y Funcionamiento. Elaboración de Leyes. Leyes Estatales y Autonómicas: relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos.

Tema 4. El Gobierno y la Administración. Principios Constitucionales de la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Órganos de Control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

Tema 5. Organización Territorial del Estado. Principios Generales. La Administración del Estado: Organización Central y Periférica. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias.

Tema 6. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia. Estructura y Principios Fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y su desarrollo normativo.

Tema 7. El Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público: clases de Personal; Derechos y deberes de los empleados públicos. Régimen disciplinario.

Tema 8. La gestión de calidad. Las herramientas de calidad. La calidad en la Administración Pública.

Tema 9. La prevención de riesgos laborales en la Administración: objeto y ámbito de aplicación. Nociones básicas de seguridad e higiene en el trabajo. Derechos y obligaciones. Consulta y Participación de los trabajadores.

Tema 10. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y normas reguladoras. La iniciación del procedimiento. Los registros administrativos. Términos y plazos. Ordenación del procedimiento. Instrucción. Finalización del procedimiento. Resolución. Contenido de la resolución expresa. La falta de resolución expresa. El desistimiento y la renuncia. La caducidad.

Tema 11. Recursos administrativos. Principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos. Clases de recursos.

Tema 12. La contratación en el sector público: régimen jurídico aplicable. Fundamentos. Naturaleza. Normas específicas de contratación en las entidades locales. Clases de contratos. Elementos de los contratos: partes del contrato, objeto, precio, y cuantía de los contratos. Garantías.

Tema 13. Adjudicación del contrato. Procedimientos. Formalización del contrato. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Ejecución: principios y prerrogativas.

Tema 14. Los principios presupuestarios. Presupuestos de las entidades locales: concepto y contenidos. Elaboración, tramitación y aprobación del presupuesto. Ejecución del presupuesto.

Tema 15. Las subvenciones en la administración pública. Concepto, objeto y ámbito de aplicación subjetivo. Régimen público en las subvenciones. Procedimientos de concesión.

Tema 16. Gestión y justificación de la subvención pública. Reintegro y control financiero. Infracciones y sanciones en las subvenciones públicas.

Tema 17. Unión Europea: origen y evolución. Instituciones y órganos de la UE. La unión económica y monetaria. El derecho de la Unión Europea. Formación y caracteres: el proceso de toma de decisiones en la UE. Tratados y derecho derivado. Las directivas y reglamentos comunitarios. Las decisiones, recomendaciones y dictámenes.

Tema 18. Derecho europeo y derecho de los países miembros. Relaciones con las Comunidades autónomas y las entidades locales.

Tema 19. Proyectos y programas europeos. Ayudas y subvenciones de la UE. Tipos y gestión de Fondos Europeos.

Tema 20. La ley de Transparencia. Obligaciones y retos para la administración local.

Materias específicas

Tema 21. Bases para la planificación y el desarrollo territorial en la Región de Murcia. Instrumentos y planes para el desarrollo regional, comarcal y local.

Tema 22. Concepto de desarrollo local y territorial. Agencias de desarrollo local. Origen y evolución. Funciones y servicios de la Agencia.

Tema 23. Servicios que presta la Oficina de Empleo y Desarrollo Local de Mula. Estructura y función.

Tema 24. El Agente de empleo y desarrollo local. Perfil y funciones. Normativa reguladora.

Tema 25. Análisis económico del mercado de trabajo, indicadores territoriales y fuentes estadísticas a nivel local. Puntos débiles y puntos fuertes del ámbito socioeconómico de Mula.

Tema 26. Técnicas y herramientas de Diagnóstico social, medioambiental y económico (sectores productivos).

Tema 27. Acciones para el desarrollo local y su evaluación

Tema 28. La estrategia del desarrollo local. El desarrollo endógeno.

Tema 29. El proceso de planificación estratégica

Tema 30. El diagnóstico territorial: concepto y justificación de la perspectiva territorial en el desarrollo socio-económico orientado al empleo.

Tema 31. La configuración de las redes: Pactos Territoriales por el empleo y el desarrollo local

Tema 32. Gobernanza y Participación ciudadana: Técnica y herramientas. El papel de la gobernanza en el desarrollo de planes y programas.

Tema 33. Los presupuestos participativos. Diseño, desarrollo y evaluación de los procesos participativos. Participación ciudadana en la formulación, desarrollo y evaluación de las políticas públicas.

Tema 34. Investigación, acciones y metodologías para la participación: construcción colectiva del conocimiento.

Tema 35. Planes comunitarios y proyectos integrales.

Tema 36. Procesos participativos y de desarrollo comunitario, y dinamización de los mismos.

Tema 37. Participación ciudadana y financiación europea. Acceso a los fondos FEDER.

Tema 38. Tipos de asociaciones y la resolución de conflictos como herramienta para el desarrollo de las asociaciones a largo plazo.

Tema 39. El tejido asociativo del municipio de Mula: asociaciones, comunidad educativa, jóvenes, servicios. Regulación autonómica y local

Tema 40. La Ley estatal de subvenciones.

Tema 41. La Ley regional de subvenciones.

Tema 42. Programa operativo del Fondo Social Europeo de la Región de Murcia. Objetivos. Prioridades. Participación del SEF.

Tema 43. El autoempleo. Trabajo por cuenta propia. Obligaciones fiscales y laborales. Ayudas públicas al autónomo.

Tema 44.- El emprendedor. Análisis de la idea empresarial. Motivación para emprender. El Plan de empresa. El plan económico y financiero en el plan de empresa. Elección de la forma jurídica. Trámites y procedimientos para la creación de una empresa.

Tema 45. Programas de financiación, ayudas y subvenciones a emprendedores en la Región de Murcia.

Tema 46. Programas de microcréditos. El papel de la banca ética en el desarrollo local.

Tema 47. Ayudas a las PYMES. Solicitud de ayudas. Medidas de apoyo económico: préstamos, subvenciones y capital riesgo.

Tema 48. La economía social. Empresas de Economía Social: sociedades cooperativas, sociedades laborales y organizaciones empresariales. Subvenciones para el Fomento de la Economía Social en la Región de Murcia.

Tema 49. La formación como factor clave para el desarrollo. La formación ocupacional y continua. Los talleres de formación e inserción laboral. Los centros de recursos de formación.

Tema 50. Los programas mixtos de empleo y formación. Requisitos y elaboración. Proyectos de entidades sin ánimo de lucro. Proyectos de entidades locales. Proyectos para beneficiarios del sistema nacional de Garantía Juvenil.

Tema 51. La formación profesional para el empleo. Planificación y gestión. Solicitud y justificación de subvenciones

Tema 52. La gestión de demandantes de formación y/o empleo en el municipio de Mula.

Tema 53. La Aplicación GEFE, Gestión de Expedientes de Formación para el Empleo de las Entidades de Formación.

Tema 54. Procedimiento de homologación de aulas de formación. Requisitos. Alta de Entidades de Formación.

Tema 55. Los Certificados de Profesionalidad. Estructura, niveles, acceso de los alumnos

Tema 56. La ISO 9001. Certificación de calidad en la formación impartida por el Ayuntamiento de Mula. Requisitos y procedimientos de gestión.

Tema 57. El mercado de trabajo en España. Especial referencia a la Región de Murcia.

Tema 58. Fomento de la contratación estable. Modalidades, requisitos y cuantía de las ayudas. Beneficiarios. Colectivos cuya contratación genera derecho a la ayuda.

Tema 59. Derechos y Deberes laborales básicos.

Tema 60. Tipología de los contratos laborales y su regulación legal.

Tema 61. Contenido del contrato de trabajo: su duración, derechos y deberes del contrato, clasificación profesional y promoción en el trabajo.

Tema 62. Programas de ayudas al empleo para mujeres.

Tema 63. Empleo y discapacidad. Ayudas a la integración laboral de personas con discapacidad en la Región de Murcia. El papel de las entidades sin ánimo de lucro.

Tema 64. Técnicas de búsqueda de empleo. Orientación del ciudadano: su proyecto profesional.

Tema 65. La información al ciudadano en materia de formación y empleo. El papel de las redes sociales del Ayuntamiento de Mula.

Tema 66. La figura del Orientador ocupacional. Itinerarios de inserción laboral.

Tema 67. Las Políticas activas de empleo

Tema 68. Colectivos prioritarios en las medidas activas de empleo y actuaciones sobre estos colectivos.

Tema 69. Sistemas de protección del desempleo.

Tema 70. Programas de fomento de empleo para jóvenes. El Sistema nacional de Garantía Juvenil.

Tema 71. Programas de fomento de empleo para personas adultas. Programa de Empleo Público Local. Consejos Comarcales de Empleo.

Tema 72. El turismo y su impacto en el desarrollo local.

Tema 73. El territorio como activo turístico

Tema 74. Recursos turísticos del municipio de Mula. Patrimonio histórico, cultural y natural. Promoción del municipio y de sus productos: imagen de identificación y de calidad.

Tema 75. La planificación turística local y su implantación en el municipio de Mula

Tema 76. El turismo en Mula y comarca como sector económico para el desarrollo y el empleo. Potencialidades, puntos débiles y fuertes.

Tema 77. Las Mancomunidades turísticas en las que participa el municipio de Mula. Proyectos y productos que gestionan. El papel del Ayuntamiento de Mula.

Tema 78. Productos turísticos: Baños de Mula, Ruta del Vino de Bullas, Spubike. Oportunidades para el municipio.

Tema 79. Comercio y desarrollo local. La Asociación de comercio de Mula. El papel de comercio en la economía del municipio.

Tema 80. El sector artesanal en Mula. La asociación de artesanos y el mercadillo de artesanía. Potencialidad como sector económico en la localidad.

Tema 81. Suelo industrial del municipio de Mula.

Tema 82. Nuevos yacimientos de empleo en el ámbito municipal.

Tema 83. La Red Puntopyme. Objetivos y trayectoria. Proyectos y programas que desarrolla.

Tema 84. El Programa LEADER. Desarrollo del programa en Mula y comarca. Proyectos subvencionados. Posibilidades que ofrece al municipio de Mula. El papel desempeñado en el desarrollo del territorio.

Tema 85. El Programa URBACT de la Unión Europea. Objetivos, financiación, fases.

Tema 86. El Proyecto Kairós. Objetivos, entidades implicadas, financiación, fases de desarrollo. El rol del Ayuntamiento de Mula en la red transnacional.

Tema 87. Los Barrios históricos de Mula. Evolución y situación actual. Opciones para su revitalización económica y social. Su potencial como recurso para el desarrollo turístico de Mula. El Plan de Acción Integrado.

Tema 88. La Agenda 2030. Retos sociales, económicos y medioambientales.

Tema 89. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía de España. Líneas directrices y políticas palanca de reforma estructural para un crecimiento sostenible e inclusivo.

Tema 90. El instrumento europeo Next Generation EU. Etapas y beneficiarios.

NPE: A-050721-4622