Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación del Reglamento de Régimen Interno para el desarrollo del Estatuto de Participación Ciudadana.

Borm Nº 9, jueves 12 de enero de 2012

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Molina de Segura

Nº de Publicación:

518

Análisis:

NPE: A-120112-518

TEXTO

IV. Administración Local

Molina de Segura

518 Aprobación definitiva de la modificación del reglamento de régimen interno para el desarrollo del estatuto de participación ciudadana.

El Pleno del Ayuntamiento de Molina de Segura en la sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2011 aprobó con carácter inicial la modificación del Estatuto de Participación Ciudadana.

Sometido el expediente a un periodo de información pública por un plazo de treinta días, mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 15 de noviembre de 2011, número 263, no se han presentado reclamaciones ni sugerencias, por lo que se entiende definitivamente aprobada la modificación del citado Estatuto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra la aprobación definitiva se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto.

A continuación se hace público el texto de la modificación del Estatuto, de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local:

Nueva redacción del párrafo quinto del artículo 57:

- Vocales: Vecinos/as de la Zona Territorial en representación de los grupos políticos de la Corporación, en número proporcional a su presencia en el Ayuntamiento. Estos vocales no tendrán cargo en la Corporación municipal.

Nueva redacción del párrafo primero del artículo 58:

- Previa a la constitución de la Junta de Zona, y al objeto de elegir su representante en la misma, se abrirá un proceso electoral entre las asociaciones, en función de lo expresado al respecto y con detalle en el artículo anterior.

Molina de Segura, 3 de enero de 2012.—El Alcalde, Eduardo Contreras Linares



NPE: A-120112-518