Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal.

Borm Nº 58, martes 10 de marzo de 2020

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Molina de Segura

Nº de Publicación:

1494

NPE: A-100320-1494

TEXTO

IV. Administración Local

Molina de Segura

1494 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal.

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional de Pleno de 23 de diciembre de 2019, relativo a la modificación de la “Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones Instalaciones y Obras” Expediente (000506/2019-4605) a que se refiere el Edicto publicado en el BORM de 16 de enero de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el mismo, al no haberse presentado reclamación alguna.

Las modificaciones aprobadas entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del mencionado Real Decreto Legislativo 2/2004, contra los acuerdos definitivos, las personas legitimadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto.

A continuación se hace público el texto de las modificaciones aprobadas y elevadas a definitivas, en cumplimiento del art. 17.4 del mismo texto legal:

Modificaciones de la Ordenanza II.4 reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:

Única: Se modifica el apartado 1 del Artículo 7. Bonificaciones por construcciones, instalaciones u obras de especial interés o utilidad municipal, incluyendo nuevo apartado E), manteniendo el resto de la redacción de dicho apartado 1:

“E) Construcciones, instalaciones y obras destinadas a reparar daños ocasionados en los inmuebles por situaciones climatológicas extremas, como Depresión aislada de Niveles Altos (DANA) o “gota fría” u otros hechos que provoquen la declaración de “zona afectada gravemente por emergencias de protección civil”.”

En Molina de Segura, a 6 de marzo de 2020. La Alcaldesa.

NPE: A-100320-1494