Región de Murcia

Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal de Unidades Territoriales de Molina de Segura para facilitar la Participación Ciudadana.

Borm Nº 271, jueves 22 de noviembre de 2012

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Molina de Segura

Nº de Publicación:

16934

NPE: A-221112-16934

TEXTO

IV. Administración Local

Molina de Segura

16934 Aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal de Unidades Territoriales de Molina de Segura para facilitar la Participación Ciudadana.

El Pleno del Ayuntamiento de Molina de Segura en la sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2012, aprobó con carácter inicial la “Ordenanza Municipal de Unidades Territoriales de Molina de Segura para facilitar la Participación Ciudadana”.

Sometido el expediente a un periodo de información pública por un plazo de treinta días, mediante edicto publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 159, de 11 de julio de 2012, no se han presentado reclamaciones ni sugerencias, por lo que se entiende definitivamente aprobada la citada Ordenanza, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra la aprobación definitiva se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el siguiente a la publicación del presente Edicto.

A continuación se hace público el texto de la Ordenanza, de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Molina de Segura, 16 noviembre de 2012.—El Alcalde, Eduardo Contreras Linares.

ORDENANZA MUNICIPAL DE UNIDADES TERRITORIALES DE MOLINA DE SEGURA PARA FACILITAR LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

Es propósito del Ayuntamiento que las personas que habitan en nuestro término municipal tengan derecho al disfrute pleno de la ciudad en sus diferentes modalidades de hábitat (urbano, rural, huerta, urbanizaciones) y de sus espacios naturales públicos, así como que la planificación territorial y la creación y puesta en marcha de servicios básicos comunes, se produzca bajo los parámetros de crecimiento sostenido y sostenible, equidad y cohesión social entre las diferentes culturas que configuran tejido social de la ciudadanía de Molina de Segura.

Entre sus objetivos está el establecer el equilibrio entre la calidad de vida de las personas que viven en el casco urbano, las de las pedanías (rurales y de la huerta) y urbanizaciones, de modo que entre lo urbano, lo rural y la huerta se minimicen las diferencias en la calidad de vida de su ciudadanía, para garantizar el derecho a un hábitat seguro y saludable, estableciendo el equilibrio y la descentralización de los servicios, en cada ámbito territorial, para garantizar la accesibilidad a los mismos de la ciudadanía.

El crecimiento y desarrollo urbanístico de nuestra localidad hace necesaria la ordenación territorial del casco urbano, urbanizaciones y pedanías, de modo que la planificación urbanística y la gestión responsable de las infraestructuras básicas debe contar con el concurso y la participación ciudadana organizada, por lo que la Concejalía de Participación Ciudadana propone, para su aprobación por el Pleno Municipal, una Ordenanza Municipal que regule y reglamente los límites de la zona de influencia de cada unidad territorial, cuyo detalle se especifica a continuación.

Artículo 1. Objeto.

Es objeto de la presente norma:

1. Ordenar las zonas de influencia de barrios, pedanías y urbanizaciones estableciendo los límites correspondientes, para:

a) Establecer una distribución equilibrada de infraestructuras y servicios a disposición de la ciudadanía.

b) Mejorar la gestión participativa de la planificación y mantenimiento de sus infraestructuras.

c) Encauzar el crecimiento, desarrollo y evolución de cada unidad territorial de modo que proporcione espacios de vida de calidad para toda la ciudadanía independiente mente de su origen social, cultural o del lugar donde residan.

d) Poner en marcha las medidas compensatorias que sea preciso acometer para conseguir el equilibrio en la calidad de vida de las personas de las diversas y distintas unidades territoriales.

e) Servir de útil instrumento administrativo, censal, geográfico, urbanístico, social y cultural, mostrándose como una herramienta eficaz a la hora de utilizarse en los diferentes servicios públicos o privados.

2. Favorecer la organización de la participación ciudadana en lo relativo a la planificación urbanística y a la puesta en marcha y mantenimiento de infraestructuras y servicios.

3. Aunar y regularizar todos los esfuerzos personales y materiales para la consecución de la mejor calidad de vida de la ciudadanía, en cada unidad territorial, evitando duplicidades y pérdidas de energías en pos del incremento de un óptimo estado del bienestar para todo el municipio.

4. Informar convenientemente a todos los habitantes de Molina de Segura de la unidad territorial a la que pertenecen, a los efectos de aplicación de la presente ordenanza.

5. Servir de división y partición administrativa de cara al Consistorio municipal en materia de subvenciones económicas o de otra índole, en lo relativo a la participación ciudadana.

Artículo 2. Criterios para la distribución territorial.

1. Se consideran unidades territoriales las zonas, barrios del casco urbano, las pedanías del campo y de la huerta, y las urbanizaciones de todo el término municipal, independientemente de su situación urbanística, antigüedad o nivel de servicios.

2. Es objeto de la presente ordenanza desarrollar la distribución zonal, regulando los límites de las zonas territoriales, barrios del casco urbano, las pedanías del campo y de la huerta y las urbanizaciones.

3. Las asociaciones vecinales, que tienen que regular en sus estatutos su ámbito de influencia, deberán adaptarlo a lo establecido en la presente ordenanza.

4. La distribución territorial que se propone tiene vocación de permanencia en el tiempo, salvo en los momentos en que se considere necesaria su modificación, de oficio o a instancia de parte, previa audiencia de la Federación de Asociaciones de Vecinos Interbarrios, por el mismo procedimiento que la estableció, en base al crecimiento urbanístico o desarrollo específico de una unidad territorial determinada. Cualquier Asociación de Vecinos, Zona Territorial, la Federación de Asociaciones de Vecinos Interbarrios o grupo de vecinos que al menos represente un tercio del total de integrantes de la unidad territorial podrán elevar las correspondientes proposiciones en tal sentido.

5. Salvando el derecho de asociación de las personas de cada unidad territorial, se establecerán, de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto de Participación Ciudadana y su Reglamento de Régimen Interno, los cauces de interlocución operativos con las entidades representativas de la ciudadanía y con la administración municipal.

6. Las unidades territoriales se dividen a través de los ejes de los viales, carreteras, caminos o avenidas existentes o previstas, preferentemente por medio de avenidas principales por su calidad de separación física natural de los barrios. También podrán ser divididos por accidentes naturales válidamente fijados y documentados como ramblas, Río Segura, acequias, grandes canalizaciones, macizos montañosos o cualquier otra barrera natural tipificada.

7. Algunos viales pueden ser objeto de división para una o más unidades territoriales, ya sea por su eje longitudinal separando números pares e impares, o bien de manera transversal en cualquier punto de su recorrido.

8. Los equipamientos municipales públicos o privados, centros educativos, sanitarios, religiosos, culturales, deportivos, sociales, comerciales, verdes, o de cualquier índole, serán encuadrados dentro de su unidad territorial, pero se considerarán de uso público compartido entre todas las unidades territoriales y completamente municipal, no pudiendo ser objeto de apropiaciones indebidas, ni físicas, ni morales por parte de nadie.

9. La delimitación de cada una de las zonas, de los barrios, pedanías y urbanizaciones queda definida en la presente ordenanza por los límites que se establecen en la distribución territorial que se establece en esta norma.

Artículo 3. Zonas territoriales.

El Término Municipal está dividido en zonas territoriales en su denominación de barrios, pedanías y urbanizaciones, incluidos aquellos núcleos de población en proceso de desarrollo urbanístico, que presentan la siguiente distribución, atendiendo al artículo 55 del Estatuto de Participación Ciudadana:

1. ZONA 1 OESTE: Comprende los barrios de Fátima, Punta del Lugar, Santa Bárbara, Barrio Centro, Barrio El Castillo, Barrio de San Roque, Barrio de Santa Rita o Balsa del Lino y Barrio de la Ermita delimitada esta zona desde la Ctra. Nacional 301, Río Segura, Avenida la Industria, otra vez Ctra. Nacional 301 hasta con calle la Piña bajando por Avda. Menéndez Pidal, Avda. del Panderón, Avda. Gutiérrez Mellado, Calle San Juan, Calle Triunfo, un poco con Calvario, Calle San Marcos hasta Rambla de los Calderones y Avda. La Industria.

2. ZONA 2 ESTE: Comprende los barrios y núcleos de población de El Panderón, el Sifón, Barrio San José-Los Ángeles, Cañada de las Eras, San Antonio, San Miguel, Sagrado Corazón, El Carmen, Casa Ros, La Molineta, Los Vientos, siendo rodeada esta Zona desde Avda. Casa Ros con variante noroeste de Murcia, Ctra. Nacional 301, Rambla Los Calderones, Rambla de las Canteras, Autovía A 30 Madrid-Cartagena, Avda. Gutiérrez Mellado, Avda. Menéndez Pidal y Avda. del Panderon de nuevo Avda. Gutiérrez Mellado hasta Calle Triunfo.

3. ZONA 3 URBANIZACIONES. El Chorrico, Altorreal, La Alcayna, Montepríncipe, Los Conejos, La Quinta/Tierra Cálida, Los Olivos, El Pino, Finca Maximino y Mirador de Agridulce II, a las que se incorporarán las que resulten del desarrollo y ejecución del planeamiento urbanístico.

4, ZONA 4 PEDANÍAS. De la Huerta: El Llano, La Torrealta y La Ribera. Del Campo: El Fenazar, Los Valientes, El Romeral, La Hornera, Comala, El Rellano, Campotéjar Alta, Campotéjar Baja, La Hurona, La Espada y La Albarda.

Artículo 4. Barrio de Los Vientos.

1. Este barrio queda comprendido entre la Carretera de Madrid N-301a, Autovía variante Noroeste de Murcia, Avenida de las Yeseras y Avenida Santa Cruz. Comprende la antigua unidad urbanística Urbanización Los Vientos.

2. En su interior los viales adjudicados son: Avenida Virgen de los Vientos, Calle Sauces, Pompeya, Siroco, Las Brisas, Los Chopos, Los Álamos, Las Flores, Los Tilos, Las Malvinas, Las Rosas, Las Acacias, Los Alisios y Mistral, parte de Avenida Santa Cruz, Avenida del Oeste y Calle Génova.

Artículo 5. Barrios de La Molineta.

1. Este barrio queda comprendido entre la Rambla de los Calderones, la Autovía variante Noroeste de Murcia, la Avenida de las Yeseras, la Avenida Santa Cruz, la Carretera de Madrid N-301a. Comprende las unidades urbanísticas de La Molineta, Las Yeseras y La Barceloneta.

2. En su interior los viales adjudicados son: Avenida Francisco Martínez Campillo, Avenida París, Avenida Dublín, Avenida Florencia, Avenida Milán, Avenida de la Barceloneta, Don Quijote, Dulcinea, Azorín, Velázquez, Gaudí, Viena, Lisboa, Londres, Roma, Atenas, San Marino, Bolonia, Marsella, Berlín, Praga, Varsovia, Estocolmo, Palermo, Montecarlo, Nápoles, Vaticano, Turín, El Roble, Cuesta del Puente, Paseo Oporto y Pasaje Moscú. Igualmente parte de Avenida Santa Cruz, Avenida de Las Yeseras, Avenida del Oeste, Calle Gran Capitán y Génova.

Artículo 6. Núcleo de población Casa Ros.

1. Queda comprendido entre la Avda. de las Yeseras, Rambla de las Canteras, con Avda. Casa Ros y Autovía Variante Noroeste de Murcia.

2. En su interior las calles adjudicadas son calle Sol (calle pequeña sin salida sólo a rambla), Mercurio, Saturno, Júpiter, Venus, Plutón, Marte, Luna, Neptuno, Urano y Vía Láctea.

Artículo 7. Barrio de El Castillo.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Calle Ibn Arabí, Calle Pensionista, Plaza de la Iglesia, Calle Juan Antonio Prieto, Calle Antonio Lacárcel y Calle Nuestra Señora de la Consolación. Comprende el casco histórico medieval del siglo XI de la ciudad de Molina de Segura.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza de la Iglesia, Plaza de Cristo Rey, Plaza de la Muralla, Calle del Castillo, Jarama, Capitán Cortés, Virgen de la Cabeza, San Vicente Ferrer, Benavente, San Antonio, Honda, Cid Campeador, Juan Sandoval, Cristo, Licenciado Cascales, Vázquez de Mella, Navarra, Padre Tarín, San Ignacio de Loyola, Melchor de Luzón y Marqués de los Vélez. Igualmente parte de Calle Ibn Arabí, Pensionista, Juan Antonio Prieto, Antonio Lacárcel, Cultura, Nuestra Señora de la Consolación y Plaza de la Iglesia.

Artículo 8. Barrio de La Ermita.

1. Este barrio queda comprendido entre Río Segura, Rambla de los Calderones, Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a) y Acequia Mayor de Molina. Comprende la zona denominada como Ermita de la Consolación y Cabezo de la Hormiga.

2. En su interior los viales adjudicados son: Avenida de la Ermita, Calle Tirso de Molina, Matadero, Jaén, Málaga, Vicente Medina y Molino del Cubo. Igualmente parte de Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a).

Artículo 9. Barrio de Santa Rita.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Acequia Mayor de Molina, Río Segura y Carretera de Alguazas. Comprende la unidad urbanística Balsa del Lino y los parajes de La Arboleja y La Hijuela.

2. En su interior los viales adjudicados son: Avenida del Río Segura, Avenida de la Huerta, Calle Benamor, Río Turia, Esmeraldo Cano, Hermanos Pinzón, Infantas, Beato Andrés Hibernón, Martínez Soriano y Muñoz Seca. Igualmente parte de Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a).

Artículo 10. Barrio de San Roque.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Rambla de los Calderones, Calle Gran Capitán, Avenida Luis Buñuel, Calle San Marcos, Calle Ancha, Calle Antonio Lacárcel y Calle Nuestra Señora de la Consolación. Comprende la unidad urbanística San Roque, segundo barrio de la ciudad por antigüedad.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza Inmaculada, Plaza San Roque, Calle Colón, Santo Sepulcro, Ancha, Pizarro, Carmen Puche Meseguer, Alfonso X El Sabio, Peñón de Gibraltar, Enrique Bernal Capel, San León, San José, Félix Rodríguez de la Fuente, Atenza, Goya, El Niño, Sancho Panza, La Rambla, Mediodía, Vista Alegre, Murcia, Oriente, Ángel y Aire. Igualmente parte de Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Avenida Luis Buñuel, Calle Mayor, Gran Capitán, San Marcos, Ancha, Antonio Lacárcel, Nuestra Señora de la Consolación, Calvario, Isaac Peral y Juan de la Cierva.

Artículo 11. Barrio Centro.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Calle Ibn Arabí, Calle Pensionista, Plaza de la Iglesia, Calle Juan Antonio Prieto, Calle Antonio Lacárcel, Calle Ancha, Calle San Marcos, Calle Calvario, Calle Bailén, Calle Triunfo, Calle Viriato, Calle Triunfo, Calle San Juan, Calle Mayor, Calle Jesuíta José Hernández Pérez y Calle Profesor Joaquín Abellán. Comprende el centro urbano comercial y financiero más directo de la ciudad de Molina.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza de la Molinera, Plaza del Pensionista, Plaza de la Libertad, Plaza Eduardo Linares, Plaza del Teatro, Plaza de la Región Murciana, Paseo Rosales, Pasaje Doyca, Pasaje de la Molinera, Avenida de la Estación, Callejón de la Luna, Calle Molina de Aragón, La Radio, Garrucha, San Vicente Mártir, Mateo Masegosa, Santa Teresa, Jara Carrillo, Ramón y Cajal, Escultor Gil Riquelme, Rosario, Diario La Verdad, Misionera Fuensanta Bernal, Coros y Danzas, Rubén Darío, Francisco Martínez Bernal, Alcalde Juan García Bernal, Cervantes, Antonio Carrasco Oliva, San Pedro y San Cristóbal. Igualmente parte de Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Plaza de la Iglesia, Calle San Juan, Calle Ibn Arabí, Pensionista, Juan Antonio Prieto, Antonio Lacárcel, Ancha, San Marcos, San Francisco de Asís, Menéndez Pelayo, San Esteban, Cultura, Saavedra Fajardo, Calvario, Asunción, Sagrado Corazón, Bailén, Los Pasos, Nueva, Bailén, Viriato, Triunfo, Mayor, Jesuita José Hernández Pérez y Profesor Joaquín Abellán.

Artículo 12. Barrio Punta del Lugar.

1. Comprendido entre la Avda. Gutierrez Mellado, C/ San Juan con C/ mayor y C/ Serrerías.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza de Europa, Plaza Vicente López Gómez, Calle Tres de Abril, Manolete, Sureste, Sierra Espuña, Eduardo Linares, Donantes de Sangre, Severo Ochoa y Murillo. Igualmente parte de Calle Serrerías, Avenida de Madrid, Calle San Juan, Avenida Gutiérrez Mellado, Calle Asunción y Triunfo.

Artículo 13. Barrio de Santa Bárbara.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Calle Profesor Joaquín Abellán, Calle Jesuita José Hernández Pérez, Calle Mayor, Avenida de Madrid, Calle Serrerías y Avenida de Granada. Comprende la unidad urbanística Santa Bárbara y el Parque de la Compañía.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza del Ayuntamiento, Plaza Santa Bárbara, Avenida de la Noria, Avenida del Parque, Pasaje Latino, Pasaje Santa Cecilia, Calle Infanta Elena, Reino de Murcia, La Música, Las Violetas. Igualmente parte de Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Avenida de Madrid, Calle Serrerías, Avenida de Granada, Calle Profesor Joaquín Abellán, Jesuita José Hernández Pérez y Mayor.

Artículo 14. Barrio de San Antonio.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida Gutiérrez Mellado, Avenida del Chorrico, Autovía de Madrid A-30, Ronda Este, Avenida del Norte, Calle Hermanos Álvarez Quintero y Avenida Menéndez Pidal. Comprende las unidades urbanísticas San Antonio, Casas de la Molinera y Cañada de las Eras Margen Derecha y parte sur de Cañada de las Eras II.

2. En su interior los viales adjudicados son: Pasaje Mosquitos, Calle Canónigo Moreno, San Carlos, Almería, Alonso Vega, El pequeño, Don Juan de Borbón, Fe, Esperanza, Caridad, San Isidro, Miguel Ángel Asturias, Miguel Hernández, Gregorio Miñano, Cardenal Belluga, Luis de Góngora, Conserveros Molinenses, Cañada de las Eras, Cañada de Morcillo, Cañada de Mendoza, Rambla de las Monjas, Rambla del Chorro, Santo Ángel, Santo Tomás, Nerpio, Huéscar, Marqués de Molina, Solidaridad, Párroco José Escámez, Hojalateros, Talabarteros, Confiteros, Esquiladores, Esparteros, Arrieros, Jornaleros, Hortelanos y Alpargateros. Igualmente parte de Autovía de Madrid A-30, Ronda Este, Avenida Gutiérrez Mellado, Avenida del Chorrico, Avenida del Norte, Avenida Menéndez Pidal, Calle de Europa, Avenida Doctor Vicente Campillo, Avenida Doctor Antonio García, Calle Manuel Machado, Calle Hermanos Álvarez Quintero, San Felipe, Paz, La Cruz, Adolfo Suárez y Pablo Neruda.

Artículo 15. Barrio de El Carmen.

1. Este barrio queda comprendido entre Calle Gran Capitán, Calle Luis Buñuel, Calle San Marcos, Calle Calvario, Calle Nueva, Calle Isaac Peral, Calle Juan de Austria, Calle Sevilla, Calle Picasso y Calle Baleares. Comprende la unidad urbanística El Carmen.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza Pedro Écija, Calle Pedro de Écija, Bécquer, Hernán Cortés, Beethoven, Felipe II, Ortega y Gasset, Albéniz, Obispo Mérida, Obispo Cavero Tormo, Polo de Medina, Gabriel y Galán, Sol Naciente, Rosalía de Castro, Enrique Riquelme y Era de Paco Dios. Igualmente parte de Calle Luis Buñuel, Calle Picasso, Calle Baleares, Calle Gran Capitán, San Marcos, Calvario, Nueva, Isaac Peral, Juan de Austria, Sevilla, Cartagena, Reyes Católicos, Bailén, Lope de Vega, Salzillo, Unamuno, Virgen de Las Mercedes, Valle Inclán, Fulgencio Benito, Campoamor, Burgos, Granados y Antonio Machado.

Artículo 16. Barrio de Sagrado Corazón.

1.. Este barrio queda comprendido entre Avenida del Chorrico, Calle San Juan, Calle Triunfo, Calle Viriato, Calle Bailén, Calle Calvario, Calle Nueva, Calle Juan de Austria, Calle Sevilla y Calle Picasso. Comprende la unidad urbanística Sagrado Corazón.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza de los Grifos, Plaza Pío XII, Calle Imprenta, Plaza Hermanas de la Caridad, Paseo de Levante, Calle Gran Vía, Calle Bailen, Príncipe de Asturias, José Selgas, Raimundo de los Reyes, Padre Martínez García, Doctor Fleming, Obispo Frutos Valiente, Sor Matilde, Miguel Ángel, Quevedo, General Varela, Calderón de la Barca, Carteros y La Vaguada. Igualmente parte de Avenida del Chorrico, Calle San Juan, Calle Picasso, Calle Triunfo, Viriato, Bailén, Calvario, Nueva, Juan de Austria, Sevilla, Los Pasos, Sagrado Corazón, Saavedra Fajardo, Viriato, Nueva, Triunfo, Menéndez Pelayo, San Esteban, San Francisco de Asís, La Paz, La Cruz, Cartagena, Antonio Machado, Salzillo, Unamuno, Lope de Vega, Juan de Austria e Isaac Peral.

Artículo 17. Barrio de San Miguel.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida del Chorrico, Avenida Picasso, Avenida Baleares, Rambla de los Calderones, Rambla de las Canteras y Autovía de Madrid A-30. Comprende las unidades urbanísticas San Miguel, Cañada de las Eras Margen Izquierda, La Rambla y Los Juncos.

2. En su interior los viales adjudicados son: Avenida Manuel Arnaldos Pérez, Calle los Romeros, Calle Jade, Calle Fulgencio Miñano, Gerardo Diego, Galicia, Pikio, Los Peneques, Caracol, Zirconita, Ámbar, Zafiro, Turquesa, Aguamarina, Amatista, Ágata, Perla, Diamante, Azabache, Coral, Norte, San Miguel, San Gabriel, Juan Navarro, Amistad, Instituto, Ríos Martínez, Ambrosia, Las Toscas, Zaragoza, Sergio, Jardín, Canónigo Franco, Zurbarán, Doctor Villena, Doctor Guillén, Leonardo Da Vinci, La Unión, Hispanidad, Abad Pierre, Mellizo, Los Ciruelos, Paco Sánchez, La Cañada, La Aurora y Andalucía. Igualmente parte de Autovía de Madrid A-30, Rambla de los Calderones, Rambla de las Canteras, Ronda Este, Avenida del Chorrico, Calle Picasso, Calle Baleares, Avenida de Europa, Calle Burgos, Granados, Virgen de las Mercedes, Cartagena, Campoamor, Reyes Católicos, Sevilla, Valle Inclán y Fulgencio Benito.

Artículo 18. Barrio de San José-Los Ángeles.

1. Este barrio queda comprendido entre Avenida Gutiérrez Mellado, Avenida Menéndez Pidal, Calle Hermanos Álvarez Quintero, Avenida del Norte, Ronda Este y Autovía de Madrid A-30. Comprende las unidades urbanísticas San José, Los Ángeles y parte norte de Cañada de las Eras II.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza San José Obrero, Plaza Pedro Gómez Palazón, Calle Dos de Mayo, Doctor Marañón, Pintor Sorolla, Martínez Miñarro, Salar, Las Palmeras, Ruiz y López, Palazón, José Antonio Vidal Serrano, Practicantes de Molina, Voluntariado, San José Obrero, Plaza San José Obrero, Luciano García Puche, Juan XXIII, Fuensanta, Santiago, Tarragona, San Andrés, San Mateo, San Rafael, Francisco Hernández Vidal, Pedro Manuel y El Pilar. Igualmente parte de Autovía de Madrid A-30, Ronda Este, Avenida Gutiérrez Mellado, Avenida Menéndez Pidal, Avenida del Norte, Avenida Conchita la Comadrona, Calle Manuel Machado, Avenida de Europa, Calle Hermanos Álvarez Quintero, Adolfo Suárez, Pablo Neruda y San Felipe.

Artículo 19. Barrio de El Panderón.

1. Este barrio queda comprendido entre Camino del Panderón, Avenida Gutiérrez Mellado, Autovía de Madrid A-30, avenida sin nombrar, Avenida Juan Pablo II y Avenida Capitán Carbonell. Comprende las unidades urbanísticas El Panderón y El Panderón II.

2. En su interior los viales adjudicados son: Avenida Doctor Jesús Marín López, Pasaje Chipre, Pasaje Andorra, Pasaje Georgia., Pasaje Malta, Calle Cardenal Cisneros, Bélgica, Portugal, Alemania, Madre Teresa de Calcuta, Profesor Juan Ruiz, Reino Unido, Holanda, Luxemburgo e Irlanda. Igualmente parte de Autovía de Madrid A-30, Avenida del Panderón, Avenida Gutiérrez Mellado, Avenida Juan Pablo II y Avenida Capitán Carbonell.

Artículo 20. Barrio de Fátima – Sifón.

1. Este barrio queda comprendido entre: Avenida Juan Pablo II, Avenida Capitán Carbonell, Avenida del Panderón, Avenida Gutiérrez Mellado, Avenida Serrerías, Avenida de Granada, Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Carretera de Madrid N-301a y Calle La Piña. Comprende las unidades urbanísticas Fátima, El Sifón, Huerto Capote y Ciudad Parque.

2. En su interior los viales adjudicados son: Plaza San Vicente Mártir, Plaza Primero de Mayo, Plaza de la Cerámica, Calle de las Nieves, Avenida García Lorca, Calle Guadalajara, Avenida Gabriel Cárceles, Fulgencio Pérez, Badajoz, Buen Amigo, Azor, Halcón, Águila, Morera, Asociación, Pablo Iglesias, Pablo Casals, Olimpiada, El Gladiador, Ángelo, Agustín García, Pi y Margall, Barcelona, Pío Baroja, José Cantero, Vicente Cánovas Albaladejo, Canarias, Cuba, San Martín de Porres, Albacete, Alicante, El Greco, Blasco Ibáñez, Agricultor, Che Guevara, Mijail Gorvachov, Maestro Navillo, Guernica, Progreso, Mujer Trabajadora, Nicaragua, Concordia, Caminante, La Luz, Luchador, Martín Luther King, Compositor Antonio López Almagro, Antoñete Gálvez, Álava, Reivindicación, Democracia, Calle Doctor Ricardo Cano, Mediterráneo, Entremares, Mar Menor, Palmeral, Oasis, Eucalipto, Faro, Amparo, Córdoba, El Salvador, Oscar Romero, Ernesto Cardenal, Mar de Cristal, La Pitusa y Correal. Igualmente parte de Carretera de Madrid N-301a, Avenida de la Industria (Carretera de Madrid N-301a), Avenida Juan Pablo II, Avenida Capitán Carbonell, Avenida del Panderón, Avenida Gutiérrez Mellado, Calle Serrerías, Avenida de Granada, Avenida José Cremades, Avenida de Valencia, Avenida de Madrid y Calle La Piña.

Artículo 21. Pedanías.

En función del plano del término municipal, que consta en el Plan General de Ordenación Urbana (BORM nº 173, de viernes 28 de julio de 2006), son las siguientes: De la Huerta: El Llano, La Torrealta y La Ribera. Del Campo: El Fenazar, Los Valientes, El Romeral, La Hornera, Comala, El Rellano, Campotéjar Alta, Campotéjar Baja, La Hurona, La Espada y La Albarda.

Artículo 22. Urbanizaciones.

En función del plano del término municipal, que consta en el Plan General de Ordenación Urbana (BORM n.º 173, de viernes 28 de julio de 2006), son las siguientes: El Chorrico, Altorreal, La Alcayna, Montepríncipe, Los Conejos, La Quinta/Tierra Cálida, Los Olivos, El Pino, Casa de Maximino y Mirador de Agridulce II, a las que se incorporarán las que resulten del desarrollo y ejecución del planeamiento urbanístico.

Disposición final única. Entrada en vigor.

De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local, la presente Ordenanza entrará en vigor una vez publicado su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65 del mismo texto legal.

Molina de Segura, junio de 2012



NPE: A-221112-16934