Administración Local
Molina de Segura
792
NPE: A-180112-792
IV. Administración Local
Molina de Segura
792 | Corrección de errores en edicto relativo a aprobación definitiva de modificación de Ordenanzas Fiscales. |
Advertido error en el anuncio número 19890 publicado en la página número 48887 del Boletín Oficial de la Región de Murcia núm. 298, del día 28 de diciembre de 2011, en concreto en el texto publicado de las modificaciones aprobadas definitivamente de la ORDENANZA III.5 “ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS”, se procede a su subsanación:
En las modificaciones del Artículo 6. Cuota tributaria, apartado 4, en el EPÍGRAFE TERCERO: DOCUMENTOS Y EXPEDIENTES RELATIVOS A SERVICIOS DE URBANISMO, en su apartado 14, donde pone:
“14. Por cada certificado de inexistencia de infracción urbanística que implique demolición, a efectos de declaración de obra nueva de edificaciones sin licencia, 550 €”,
Debe poner:
“14. Por cada certificado de inexistencia de infracción urbanística que implique demolición, a efectos de declaración de obra nueva de edificaciones sin licencia, 50 €”,
En el EPÍGRAFE CUARTO: DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR EL SERVICIO DE RENTAS:
Donde pone:
EPÍGRAFE CUARTO: DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR EL SERVICIO DE RENTAS
1. Certificado con informe de la Unidad de Inspección sobre cierre de local comercial/industrial | 20,00 € |
2. Diligencia, certificado o informe de no sujeción o exención del Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de Naturaleza Urbana. Por cada expediente |
35,00 € |
2. Certificados acreditativos de exención en otros tributos locales o de figurar de alta en padrones fiscales | 3,00 € |
3. Por cada liquidación que se practique del Impuesto sobre el Incremento de Terrenos de Naturaleza Urbana que afecte a la transmisión de un terreno o cualquier derecho real de goce limitativo de dominio se establecerá una cuota mínima de 31,32 €, que en el caso de ser superior quedará absorbida por la cuota que pueda corresponder al mencionado impuesto. |
35,00 € |
Debe poner:
EPÍGRAFE CUARTO: DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR EL SERVICIO DE RENTAS
1. Certificado con informe de la Unidad de Inspección sobre cierre de local comercial/industrial | 20,00 € |
2. Diligencia, certificado o informe de no sujeción o exención del Impuesto sobre el Incremento de valor de los terrenos de Naturaleza Urbana. Por cada expediente |
35,00 € |
3. Certificados acreditativos de exención en otros tributos locales o de figurar de alta en padrones fiscales | 3,00 € |
4. Por cada liquidación que se practique del Impuesto sobre el Incremento de Terrenos de Naturaleza Urbana que afecte a la transmisión de un terreno o cualquier derecho real de goce limitativo de dominio se establecerá una cuota mínima de 35,00 €, que en el caso de ser superior quedará absorbida por la cuota que pueda corresponder al mencionado impuesto. |
35,00 € |
En Molina de Segura, 10 de enero de 2012.—La Concejal Delegada de Hacienda, Victoria E. Gómez Alcázar
NPE: A-180112-792